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Sobre el Congreso

Secretaría General

Secretario General
Christian Javier Cruz Villegas
Secretario General del Congreso de Guanajuato
christian.cruz@congresogto.gob.mx

Atribuciones de la Secretaría General

Atribuciones de la Secretaría De conformidad al Artículo 259 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, la Secretaría General tiene las siguientes atribuciones:

  • I. Coordinar las distintas áreas o unidades administrativas de apoyo al trabajo legislativo y administrativo.
  • II. Ejecutar los acuerdos de la Junta de Gobierno y Coordinación Política;
  • III. Otorgar el apoyo necesario a los Diputados, a las Comisiones Legislativas, al Pleno y a la Diputación Permanente para que ejerzan sus atribuciones y funciones;
  • IV. Cuidar que las sesiones del Pleno y de la Diputación Permanente, así como las reuniones de Comisiones Legislativas se desarrollen con normalidad, coadyuvando en el orden de las mismas, con la Presidencia respectiva;
  • V. Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos del Pleno o de la Diputación Permanente, así como a las diversas Comisiones Legislativas, en asuntos de su competencia;
  • VI. Coadyuvar en la comunicación coordinación y colaboración con los poderes federales, estatales y los ayuntamientos; así como con entidades y personas servidoras públicas organizaciones y ciudadanía en general.
  • VII. Coordinar la logística, mediante sus áreas, de los eventos en lo que el Congreso participe y promueva;
  • VIII. Rendir los informes previos y justificados en los juicios de amparo en los que el Congreso sea señalado como parte;
  • IX. Emitir certificaciones y expedir copias certificadas de la documentación que obre en los archivos del Congreso del Estado y levantar constancias de hechos;
  • X. Cuidar que los expedientes que el Congreso hubiese tramitado, sigan su curso vigilando el cumplimiento de todos los acuerdos;
  • XI. Elaborar la agenda parlamentaria semanal a partir de los acuerdos de las comisiones y de quienes las presidan, la cual será actualizada y difundida a más tardar el último día hábil de cada semana;
  • XII. Llevar a cabo la planeación administrativa de los trabajos de las distintas áreas del Congreso del Estado;
  • XIII. Establecer los mecanismos de Seguimiento Legislativo, coordinando para tal fin a las diferentes dependencias y áreas del Poder Legislativo.
  • XIV. Llevar un registro en el que se asienten las comunicaciones y correspondencia que se dirigen al Poder Legislativo; que no correspondan de manera directa a otro órgano o unidad con autonomía técnica;
  • XV. Coordinar los servicios de la Gaceta Parlamentaria del Poder Legislativo; y
  • XVI. Las demás que le asigne el Pleno del Congreso, la Diputación Permanente y la Junta de Gobierno y Coordinación Política