{"id":68,"titulo":"Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato ","titulo_del_tipo":"Reforma","variable_id":null,"reformas":[{"reforma":{"descripcion_reforma":"Reforma Publicada en el Peri\u00f3dico Oficial del Gobierno del Estado n\u00famero 235, segunda parte, de fecha 25 de Noviembre de 2019. Decreto N\u00famero 105, expedido por la Sexag\u00e9sima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre Y Soberano de Guanajuato por el que se DEROGAN los art\u00edculos 33, 34, 35 Y 36.","fecha_periodico_oficial":"2019-11-25","titulo_tipo_reforma":"Reformado","no_decreto":105,"variable_id":5,"pdf_link":"","word_link":"","periodico_link":"","consecutivo":null}},{"reforma":{"descripcion_reforma":"Se REFORMAN los art\u00edculos 1, 2, fracci\u00f3n IV, 3, p\u00e1rrafo primero, 8, fracciones VI, VII Y VIII; 9, fracciones VII Y XX; 13, fracci\u00f3n I; 18, fracci\u00f3n X; 19, fracciones III, VIII Y XII; 28 p\u00e1rrafo primero y fracciones I Y V; 35; la denominaci\u00f3n del Capitulo Segundo del T\u00edtulo Quinto; 37, fracci\u00f3n III, incisos A) Y B); 38; 40, p\u00e1rrafo primero; 41; 42; 50; la denominaci\u00f3n del Capitulo Primero del Titulo Sexto; 64; 65; 66; 71, fracci\u00f3n I; 76; 77; 78; 85, fracciones IX, X, XI Y XV; 87; 88; 90, parrafos primero y segundo; Se ADICIONAN los articulos 3 con un segundo parrafo; 3 BIS; 8, fraccion IX, reubicando el contenido de la actual fraccion IX como X; 9, fracciones XXIX Y XXX, reubicando el contenido de la actual fraccion XXIX como fraccion XXXI; 13, con las fracciones XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV Y XXV, reubicando el contenido de la actual fraccion XI como XXVI; 14, con la fraccion XII, reubicando el contenido de la actual fraccion XII como fraccion XIII; 18, con un parrafo segundo; 19, con la fraccion XIV, reubicando el contenido de la actual fraccion XIV como XV; 40, con un parrafo cuarto; 46, con una fraccion V; 68, con un parrafo segundo; 71, con una fraccion VI; 74, con los parrafos segundo y cuarto, reubicandose el actual parrafo segundo como parrafo tercero; 85, fracciones XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX Y XXX; 90, con un parrafo segundo, reubicandose el actual parrafo segundo como parrafo tercero; y se DEROGAN del articulo 28, las fracciones II Y VI, todos ellos de la Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato.","fecha_periodico_oficial":"2016-05-03","titulo_tipo_reforma":"Reformado","no_decreto":85,"variable_id":2,"pdf_link":"","word_link":"","periodico_link":"","consecutivo":null}},{"reforma":{"descripcion_reforma":"SE REFORMAN los art\u00edculos 5o., fracci\u00f3n II; 8o., fracci\u00f3n I; 9o., p\u00e1rrafo primero y fracci\u00f3n I; 11; 17, fracciones V Y VI; 18, fracciones II Y XIV; 19, fracci\u00f3n VIII; 22, p\u00e1rrafo primero; 23; 25; 26; 27; 33, fracci\u00f3n III; 37, fracci\u00f3n I; 38; 40, p\u00e1rrafos primero y segundo; 41; 42; 46, p\u00e1rrafo primero; 47; 53; 55, fracci\u00f3n IV; 56; 57; 61; 65; 80; 84; Y 101, fracci\u00f3n III, de la Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato.","fecha_periodico_oficial":"2013-06-07","titulo_tipo_reforma":"Reformado","no_decreto":74,"variable_id":4,"pdf_link":"","word_link":"","periodico_link":"","consecutivo":null}},{"reforma":{"descripcion_reforma":"Se REFORMA el articulo 22 y se ADICIONA el articulo 37 en su fracci\u00f3n III con un inciso b) recorri\u00e9ndose en su orden actual inciso b) para pasar como inciso c), de la Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato.","fecha_periodico_oficial":"2012-09-11","titulo_tipo_reforma":"Reformado","no_decreto":269,"variable_id":1,"pdf_link":"","word_link":"","periodico_link":"","consecutivo":null}},{"reforma":{"descripcion_reforma":"Se reforman los art\u00edculos 1\u00ba , 2\u00ba  en sus fracciones III y VI , 4\u00ba; cuarto la denominaci\u00f3n Del Cap\u00edtulo Primero del T\u00edtulo Segundo; 5\u00ba en sus fracciones I, II, III, IV,VI, VIII y IX; 6\u00ba su fracci\u00f3n I; 7\u00ba sus fracciones I, II, III y IV; 8\u00ba Primer P\u00e1rrafo y en sus fracciones I, IV coma la actual IV pasa a ser V, se reforma la actual fracci\u00f3n V y pasa a ser VI, la actual VI pasa VII, el actual VII pasa a VIII; 9\u00ba Primer P\u00e1rrafo y sus fracciones I, III, IV, la actual fracci\u00f3n IV pasa al V, VI, las actuales fracciones VI, VII y VIII pasan a ser VII, VIII y X respectivamente, las actuales fracciones IX, X, XI como XII y XIII pasan a ser XI, XII, XIII, XIV y XV respectivamente , 16, las actuales fracciones XV, XVI y XVII pasan a ser XVII, XVIII y XIX respectivamente, XX, las actuales fracciones XIX, XX y XXI pasan a ser XXI, XXII y XXIII respectivamente, XXIV del actual XXIII pasa a ser XXIV, XXV como XXVI, el actual XXV pasa a ser XXVII; 10 primer p\u00e1rrafo en sus fracciones III, VII y VIII; 11; 12 en su fracci\u00f3n V; 13 primer p\u00e1rrafo y en sus fracciones I, III, IV, V , IX, X y XI; 14 primer p\u00e1rrafo y en sus fracciones I, II, III, IV, V, VII y X, XVI; XVII primer p\u00e1rrafo en sus fracciones V, VI y IX; 18 primer p\u00e1rrafo en sus fracciones II, III, IV, V, VII, X, XI, XII y XV la denominaci\u00f3n del Cap\u00edtulo Tercero el T\u00edtulo Segundo; 19 primer p\u00e1rrafo y en sus fracciones II y VIII; 20; 22, 23; 25; 26; 27; 28 en su fracci\u00f3n II; 29; 33 en sus fracciones II y III; 36, 37 en sus fracciones I, II, III, IV y la actual III pasa a ser V; 38; 40 en sus p\u00e1rrafos primero y segundo ; 41; 42; 46 primer p\u00e1rrafo y en su fracci\u00f3n IV; 47; 53; 55 fracci\u00f3n IV; 56; 57; 58; 61; 63; 65; 67; 68; 70; 71 primer p\u00e1rrafo en su fracci\u00f3n II, las actuales fracciones II y III pasan a ser III y IV, respectivamente; 72 en su segundo p\u00e1rrafo 70 y ; 73 en su segundo p\u00e1rrafo; 80; La denominaci\u00f3n del Cap\u00edtulo \u00danico del T\u00edtulo Octavo ; 81 primer p\u00e1rrafo; 82; el actual Cap\u00edtulo \u00danico del T\u00edtulo Noveno pasa a ser Cap\u00edtulo Primero; 84; 85 en sus fracciones I,  III; la actual V pasa a ser VI , la actual VI pasa a ser V, VIII, X, XI y XII; 87 en sus fracciones II y III; 88; 89; 90; 91; 92; 93; 94; 95; 96; 97; la denominaci\u00f3n del Cap\u00edtulo \u00danico del T\u00edtulo D\u00e9cimo.  Se deroga la fracci\u00f3n IX del art\u00edculo 14; El art\u00edculo 21; 62 y la fracci\u00f3n IV del art\u00edculo 87.  Se adiciona la fracci\u00f3n IX al art\u00edculo 8\u00ba; las fracciones XXVIII y XXIX al art\u00edculo 9\u00ba; Las fracciones IX y X al art\u00edculo 10 ; La fracci\u00f3n XI al art\u00edculo 13; Las fracciones XI y XII al art\u00edculo 14; las fracciones VI y VII  art\u00edculo 374 y coma un segundo p\u00e1rrafo del art\u00edculo 66; La fracci\u00f3n V del art\u00edculo 71 ; Un segundo p\u00e1rrafo al art\u00edculo 74; Las fracciones XIII, XIV, XV, al art\u00edculo 85; un Cap\u00edtulo Segundo al T\u00edtulo Noveno; los art\u00edculos 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104 y 105. Todos ellos de la Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato.","fecha_periodico_oficial":"2006-06-16","titulo_tipo_reforma":"Reformado","no_decreto":273,"variable_id":null,"pdf_link":"","word_link":"","periodico_link":"","consecutivo":2}},{"reforma":{"descripcion_reforma":"Se crea la Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato.","fecha_periodico_oficial":"1998-12-22","titulo_tipo_reforma":"Original","no_decreto":121,"variable_id":null,"pdf_link":"","word_link":"","periodico_link":"","consecutivo":1}}]}