Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 602/LXVI-I
Persona Diputada
Suscripción
Informe de Turno

- Diputado David Martínez Mendizabal - Gracias, Compañero, muy buenos días, compañeros, compañeras, gente que nos ve a través de las ondas electromagnéticas, venimos a presentar una iniciativa de reforma a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, en concordancia con la ya modificada Reforma Federal presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y aprobada, por el constituyente permanente en materia de elección judicial, México abrió la integración del Poder Judicial al voto libre, directo y secreto de la ciudadanía, esta polémica decisión rompió inercias viejas, formas cerradas de designación, nepotismo, acuerdos internos y una concepción elitista de la justicia han sido probados estos señalamientos. En Guanajuato ya reconocemos la elección popular de personas juzgadoras, ahora toca ajustar la Constitución Local a estos ordenamientos constitucionales, para que el modelo camine conforme a las nuevas bases federales, con reglas claras, perfiles evaluados y transición ordenada hasta el 2028. - La justicia no puede estar separada del pueblo porque es en una democracia verdadera. Ningún poder público debe colocarse por encima de la voluntad popular. Durante años se aceptó que la gente eligiera diputados, diputadas, presidentes, presidentes de la República, senadores y senadoras y ante esta reforma se escucharon argumentos, como siempre, de las mentalidades conservadoras, lo mismo que se ha escuchado cuando se intentó dar el voto a la mujer, lo mismo cuando se intentó proporcionar las representaciones a las minorías, etcétera. Pero este argumento de que la gente no sabe, que la gente se confunde, que la gente no tiene a bien la información necesaria para elegir a sus representantes, esta no tiene fundamento, porque la gente sabe lo que son los procesos judiciales, y otros. - La justicia no vive sólo en expedientes, entra a su casa, a su salario, a su seguridad y a su vida en los juzgados, la gente tiene mucha experiencia de lo que funcionaba bien y lo que no funciona en el anterior proceso legislativo y judicial, la reforma judicial de la Cuarta Transformación rompió con esa idea de justicia reservada para unos cuantos ya lo he dicho aquí, las 11 o 12 veces que la palabra “pueblo” aparece en la Constitución, tiene una carga de mandato constitucional. El pueblo pone y el pueblo quita, esta frase debe también alcanzar a quienes juzgan. ¿En qué consiste, la reforma que ponemos a su disposición? Y que esperamos sea votada a favor, en su momento, se proponen ajustes para que la voluntad del pueblo se exprese con mayor claridad, certeza y mejores condiciones institucionales. - Voy a resumir en cinco puntos de lo que trata esta reforma: - Uno, actualiza las facultades del Congreso, del Ejecutivo y del Poder Judicial para que cada poder integre su comité de evaluación, designe coordinación y participe en una comisión coordinadora. Así, los perfiles no serán revisados con criterios aislados, que fue una de las críticas que se hizo en la anterior elección del año pasado. - Segundo, también reduce los listados, se tenían razón había un montón y uno se podía confundir con tantas personas, los comités seleccionarán a las cuatro personas mejor evaluadas por cargo o especialidad y mediante insaculación pública se definirán dos candidaturas, el pueblo debe elegir, sí, pero personas con conocimientos, honestidad, buena fama pública, competencia y trayectoria jurídica. Va a haber, digamos, una valoración previa. - Tres, la iniciativa incorpora Paridad desde la evaluación, insaculación y postulación. Fortalece al Tribunal de Disciplina Judicial al prever que evalúe el desempeño de las personas juzgadoras electas durante su primer año y aplique programas de capacitación. La capacitación, la formación, la educación es un proceso permanente, nadie de nosotros podemos decir que ya estamos suficientemente formados y hay un proceso también de capacitación. El voto da legitimidad, imparte justicia, existe preparación y resultados. - Cuatro, también traslada la elección judicial local del 27 al 28. Esto permite preparar la convocatoria, integrar comités, organizar la elección, prever presupuesto y renovar cargos sin afectar el servicio de la justicia, que es lo que la gente quiere: que cuando acude algún juez haya justicia pronta y expedita, además armoniza la revocación del mandato del Ejecutivo Estatal, se había presentado una propuesta de coincidencia con las elecciones próximas de los 1027, pero no se estuvo de acuerdo porque también dijeron en este sentido que la presidenta iba a aparecer en las boletas y que no era posible, hacerlo de ese modo, pues ahora no aparece y también están en contra. - Morena advirtió desde la discusión de la reforma judicial local, que había disposiciones contrarias al modelo federal, la mayoría fue advertida y aun así aprobó la regla sin compatibles con la Constitución Federal. En días pasados la Suprema Corte de Justicia de la Nación nos dio la razón y yo lo dije aquí en tribuna, vamos en lo general, pero no reservamos el derecho de judicializar el proceso. - La Corte invalidó la revisión de resoluciones del Tribunal de Disciplina Judicial por el Pleno del Primo Tribunal de Justicia, el retiro forzoso de personas juzgadoras a los 75 años, años y el requisito de 5 años de residencia en Guanajuato, cuestiones que desde Morena advertimos y ahora fueron confirmadas por el máximo tribunal constitucional del país. - Esta reforma corrige las deficiencias de la primera exploración de votación popular, la transformación de la justicia también pasa por Guanajuato, si el Poder Judicial va a abrirse al voto popular, debe hacerse con reglas claras y confianza a lo que en la Constitución llama pueblo. - Gracias, presidente.
Recepción en Comisión
Metodologías
Iniciativa formulada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, y el Decreto Legislativo número 80 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 15 de agosto de 2025.
ELD 602/LXVI-I
Tema: Armonizar en materia de elección judicial, revocación de mandato y régimen transitorio —proceso judicial 2028—.
1. Remitir vía electrónica para opinión al Supremo Tribunal de Justicia del Estado, a la Consejería Jurídica del Ejecutivo, al Instituto Electoral del Estado de Guanajuato y al Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato quienes contarán con un término de 20 días hábiles para remitir los comentarios y observaciones que estimen pertinentes.
2. Establecer un enlace en la página web del Congreso del Estado donde se acceda a la iniciativa para efecto de consulta y aportaciones ciudadanas.
3. Integrar un documento que consolidará las propuestas emitidas en la consulta por escrito o vía electrónica que se hayan remitido previamente a la Comisión para el análisis de la iniciativa. Dicho documento será con formato de comparativo.
4. Celebrar una mesa de trabajo para analizar las observaciones remitidas, a través del documento comparativo, con personas servidoras públicas consultadas dentro del marco de parlamento abierto.
5. Presentar un proyecto de dictamen para que sea analizado en reunión de la Comisión.
| Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
|---|---|---|---|---|
| Supremo Tribunal de Justicia del Estado | 09/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Consejería Jurídica del Ejecutivo | 09/07/2026 | No rendida | ||
| Instituto Electoral del Estado de Guanajuato | 09/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato | 09/07/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle |
Actividades
Dictámenes en Comisión

Dictamenes / Decretos
