Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 598/LXVI-I
Persona Diputada
Suscripción
Informe de Turno

- Diputado Antonio Chaurand Sorzano - Gracias, Presidenta, buenos días a todas y a todos. Es un honor tener aquí a la embajadora de Palestina y Belice, bienvenida, maestra Rashid, bienvenida a Guanajuato. Esta es su casa, diputada Rosales, bienvenida también, esta es su casa. - En México, el servicio social se instituyó en 1936 como respuesta a la escasez de médicos en zonas rurales, indígenas y campesinas. Consolidándose desde sus orígenes como un mecanismo para atender las necesidades más apremiantes de la población mediante acciones de atención a la salud dirigidas principalmente a las comunidades en marginación y pobreza. - Actualmente, la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato, en su artículo tercero, fracción decimoquinta, define al servicio social como la actividad temporal y obligatoria que ejecuten y presten los educandos beneficiados directamente por los servicios educativos de los tipos medio superior y superior a favor de la sociedad y del Estado. Las aportaciones del servicio social a la salud de las personas y a la formación de los médicos han sido incuestionables y la experiencia humana que ha representado para quienes han vivido ha dejado marcas indelebles; sin embargo, el Servicio Social ha mostrado algunos problemas que justifican las diversas discusiones que se ha tenido en relación con su permanencia o las necesidades de cambio, entre los problemas está la inseguridad, la desvinculación con sus escuelas de medicina al no poder llevar a cabo programas educativos formales ni supervisiones apropiadas y frecuentes el insuficiente monto de las becas que vuelve muy difícil para los pasantes mantenerse durante el período de servicio social y no menos importante el menor rendimiento de los pasantes que hacen su servicio en comunidades marginadas para posteriormente presentar su examen para obtener plazas de residencia para especialidad. Los pasantes suelen estar solos, sin suficientes recursos para la atención médica y ya han sido objeto de demandas y acusaciones por negligencia. - El servicio social ha propiciado que no se contraten suficientes médicos generales por parte de las instituciones de salud, dado que su función es suplida por los pasantes, que frecuentemente no están suficientemente preparados o con la experiencia necesaria para muchos de los casos que enfrentan. - Pese a que pueden llegar a realizar las mismas tareas que un médico general, muchos pasantes lamentan que su labor no sea reconocida, ni que estén considerados dentro del personal de salud de las instituciones públicas, lo que los excluye de derechos como un salario digno, como muestra los pasantes obtienen una plaza en una zona rural, reciben una beca de 3500 pesos al mes. Por trabajar ocho horas, seis días a la semana y siete de cada diez estudiantes, requirieron la ayuda de sus familiares para poder comprar comida o pagar su renta. - Con esta beca, los pasantes deben solventar sus gastos, su manutención y, en muchos casos, tienen que poner incluso de su propio dinero para que los pacientes se puedan transportar a otros lugares, a un hospital de segundo nivel, o poner de su bolsa para que los pacientes puedan comprar los medicamentos, a veces también tienen que invertir para poder acondicionar un poco más la clínica, a nivel federal. - A nivel federal, la Secretaría de Salud de México puso en marcha el acuerdo por el cual se actualiza el tabulador de becas para médicos internos de pregrado y pasantes de servicio social, este acuerdo establecen en primer lugar un incremento del 100%, dicha acción constituye una mejoría significativa, pero es totalmente insuficiente para quienes aspiran a convertirse en profesionales de la salud. - Se estima que cada año entre 120 y 200 médicos pasantes realizan su servicio social en las unidades de la Secretaría de Salud de Guanajuato, desempeñando funciones esenciales de atención médica, prevención de enfermedades y promoción de la salud, particularmente en comunidades rurales de difícil acceso y con altos niveles de marginación; sin embargo, el cumplimiento de estas actividades implica gastos de transporte, alimentación, hospedaje y materiales que, en muchos casos, son cubiertos por las mismas personas pasantes. - El otorgamiento de becas entonces constituye una medida indispensable para reconocer su contribución al sistema de salud, reducir las barreras económicas asociadas al servicio social y favorecer la permanencia de personal médico en las zonas que más lo requieran. Este apoyo debería fortalecer la prestación de servicios de salud a la población, contribuir a una distribución más equitativa de los recursos humanos, en el Estado y representar una inversión pública con beneficios directos a las comunidades guanajuatenses. - Por tales motivos se propone la adición de un artículo 48 bis a la Ley de Salud del Estado de Guanajuato. Para que las personas pasantes de medicina que realicen su servicio social en unidades del sistema estatal de salud, especialmente en zonas rurales de difícil acceso, de alta marginación tengan derecho a una beca o apoyo económico mensual, cuya cuantía condiciones se determinara en el Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato. - Ojalá se considere al menos un salario mínimo. Ni siquiera a eso llegamos, la dignidad de los médicos no sólo se reconoce en su vocación de servicio, sino también en el respeto, las condiciones justas y el valor que como sociedad damos a su labor. - Es cuanto, muchas gracias.
Recepción en Comisión
Metodologías
Iniciativa presentada por el diputado Antonio Chaurand Sorzano integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se adiciona un artículo 84 Bis a la Ley de Salud del Estado de Guanajuato. (ELD 598/LXVI-I)
Proyecciones de impacto.
• Solicitar a la Unidad de los Estudios de las Finanzas Públicas estudio de impacto presupuestal, mismo que deberá remitirse a esta Comisión dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la solicitud.
Metodología.
1. Remisión de la iniciativa para solicitar opinión por escrito a:
• Secretaría de Salud;
• Secretaría de Finanzas;
• Consejería Jurídica del Ejecutivo;
• Universidades del Estado que cuenten con escuela de medicina.
Señalando como plazo para la remisión de las opiniones, 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la solicitud.
2. Establecer un enlace en la página web del Congreso del Estado por el término de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, donde se acceda a la iniciativa para efecto de consulta y aportaciones ciudadanas.
3. Elaboración por parte de la secretaría técnica de un comparativo entre la legislación vigente y la propuesta en el que se concentren los comentarios formulados a la iniciativa, el que circulará a las diputadas y al diputado integrantes de la Comisión de Salud Pública, previo a la mesa de trabajo.
4. Mesas de trabajo para el análisis de la iniciativa y los comentarios formulados, conformada por quienes integran la Comisión, las diputadas y los diputados de esta Legislatura que deseen asistir, así como asesores; e invitar a Secretaría de Salud, Secretaría de Finanzas y Consejería Jurídica del Ejecutivo. Lo anterior previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política.
5. Análisis de la iniciativa y, en su caso, acuerdos.
6. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen.
| Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
|---|---|---|---|---|
| Secretaría de Salud | 28/07/2026 | No rendida | ||
| Consejería Jurídica del Ejecutivo | 28/07/2026 | No rendida | ||
| Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas | 28/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Secretaría de Finanzas | 29/07/2026 | No rendida | ||
| Ciudadano Bryan Valentín Rodríguez Rodríguez | 29/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión

Dictamenes / Decretos
