Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 596A/LXVI-I
Persona Diputada
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Informe de Turno

- Diputado Antonio Chaurand Sorzano - Gracias nuevamente diputado, hace 15 días un compañero, me invito a analizar la situación de las pensiones y yo externe la inclusión de dos aspectos. Uno, la pensión no contributiva de las personas con discapacidad permanente. Y dos, las pensiones de los trabajadores del Estado de Guanajuato. - La presente iniciativa tiene como objetivo fortalecer el sistema estatal de protección social mediante dos medidas legislativas complementarias, nuevamente. Uno, la obligación presupuestal para garantizar la pensión no contributiva de las personas con discapacidad permanente menores de 65 años, reconocido en la Constitución Política del Estado y dos, un piso mínimo para determinadas pensiones de los trabajadores del Estado de Guanajuato reconocidas conforme a la Ley de Seguridad Social del Estado. - Ambas medidas atienden problemáticas distintas, pero comparten una misma finalidad, evitar que los derechos sociales permanezcan únicamente en el plano declarativo o formal. En el caso de las personas con discapacidad permanente, se busca que el reconocimiento constitucional de la pensión no contributiva, cuente con un respaldo presupuestal periódico. En el caso de las personas pensionadas por el Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato, se pretende que las prestaciones ya reconocidas legalmente tengan una suficiencia mínima que contribuya a proteger sus condiciones básicas de vida. - En Guanajuato, miles de personas con discapacidad permanente enfrentan barreras económicas y sociales que limitan su acceso a una vida digna al empleo y a servicios básicos. Ante esta realidad, la pensión no contributiva representa un apoyo indispensable para cumplir gastos de salud, rehabilitación, transporte, cuidados, además de reducir la dependencia económica que históricamente ha afectado a este sector. - Aunque desde 2021 el Estado asumió el compromiso de avanzar hacia la universalización de esta pensión durante años, no existieron las acciones normativas y presupuestales suficientes para garantizarla plenamente. Frente a ello, el Grupo Parlamentario de Morena impulsó diversas iniciativas legislativas para convertir este apoyo en un derecho garantizado. Gracias a estos esfuerzos, en 2025 se reformó la Ley de Inclusión. Para establecer la obligación del Estado de otorgar una pensión no contributiva a personas con discapacidad permanente menores de 65 años. Y en 2026, este derecho quedó reconocido en la Constitución Local. La propuesta actual busca asegurar recursos públicos suficientes para que este derecho no dependa de decisiones discrecionales, sino que se cumpla de manera efectiva y permanente. - En el punto dos, la información del Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato evidencia una problemática severa de insuficiencia pensionaria. - Según los datos oficiales, del tercer trimestre del 2025, más de la mitad de las personas pensionadas reciben menos de 15 mil pesos mensuales, 3,675 perciben menos de 5 mil pesos y la pensión más baja registrada es de 417 pesos al mes. Estas cantidades resultan insuficientes para garantizar condiciones mínimas de subsistencia y protección económica. La situación es especialmente preocupante en pensiones relacionadas con invalidez, riesgo de trabajo o fallecimiento de personas aseguradas, cuyos montos medianos oscilan entre 5 mil y 8 mil pesos mensuales, afectando a personas en condiciones de mayor vulnerabilidad. - Además, existe una fuerte desigualdad interna en el sistema, ya que las pensiones más altas superan en 198 veces a las más bajas. - El impacto también tiene una dimensión de género. Las mujeres representan el 59,4 % de las personas pensionadas y concentran la mayoría de quienes reciben menos de 5 mil pesos mensuales, reflejando desigualdades laborales y de cuidado acumuladas a lo largo de la vida. La dignidad de las personas no puede ni debe depender de su capacidad económica, de su edad, de una condición de discapacidad o de haber enfrentado una contingencia que disminuya sus posibilidades de obtener ingresos. Un Estado socialmente responsable, no puede limitarse a reconocer derechos en el texto constitucional debe construir las condiciones normativas presupuestales e institucionales necesarias para que estos derechos puedan ejercerse efectivamente. - La seguridad y la protección social constituyen instrumentos fundamentales para impedir que una persona quede en abandono económico frente a situaciones como la discapacidad permanente. La invalidez, la vejez, la muerte de quien sostenía económicamente el hogar o una incapacidad derivada de riesgos de trabajo. - En todos estos casos, el ingreso recibido no es una concesión graciosa de la autoridad, sino una herramienta para preservar condiciones mínimas de autonomía, bienestar y vida digna. - Esta propuesta responde a una convicción fundamental: los derechos sociales deben traducirse en condiciones materiales de vida. La política pública y la legislación deben colocarse al servicio de quienes se enfrentan mayores barreras económicas y sociales, bajo el principio de que el bienestar no puede reservarse a unos cuantos, sino que debe garantizarse prioridad para quienes más lo necesitan. - Espero que se entienda con claridad, nuestra postura es para buscar la existencia de pensiones más dignas suficientes. - Muchas gracias, es cuanto.
Buscan garantizar pensiones dignas y fortalecer apoyo a personas con discapacidad
Guanajuato, Gto. – El diputado Antonio Chaurand Sorzano, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, y el congresista Jorge Arturo Espadas Galván, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron una iniciativa de reforma a la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato y a la Ley de Seguridad Social del Estado de Guanajuato, con el propósito de fortalecer la protección social y garantizar condiciones mínimas de dignidad para personas pensionadas y personas con discapacidad permanente.
Recepción en Comisión
Metodologías
Metodología de trabajo para el análisis y dictaminación de la iniciativa signada por el diputado Antonio Chaurand Sorzano integrante del GPPMORENA a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato y de la Ley de Seguridad Social del Estado de Guanajuato, por lo que hace al primer ordenamiento –ELD 596A/LXVI-I-
Comisión de Desarrollo Económico y Social
Secretaria Técnica de la Comisión
a) Se remitirá la iniciativa para comentarios y observaciones que estimen pertinentes, con un plazo de 20 días hábiles, a:
a.1 Consejería Jurídica del Ejecutivo, Secretaría de Derechos Humanos, Secretaría del Nuevo Comienzo, Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato
a.2 Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato
a.3 Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, y
a.4 Los Ayuntamientos.
b) Difundir la iniciativa a la página web del Congreso del Estado, para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible por un plazo de 20 días hábiles.
c) Llevar a cabo proceso de consulta de personas con discapacidad.
d) Las observaciones remitidas a la secretaría técnica serán compiladas y además se elaborarán documentos con formato de comparativos que se circularán a la Comisión.
e) Llevar a cabo una mesa de trabajo, con las personas diputadas integrantes de la Comisión de Desarrollo Económico y Social que deseen participar, personal de asesoría de quienes la conforman, personas funcionarias de la Consejería Jurídica del Ejecutivo, Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas y la secretaría técnica; asimismo, las personas diputadas de esta Legislatura que deseen asistir, para discutir y analizar las observaciones remitidas.
f) La presidencia instruirá a la secretaría técnica la elaboración del proyecto de dictamen.
g) Reunión de la Comisión de Desarrollo Económico y Social para la discusión del proyecto de dictamen.
| Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
|---|---|---|---|---|
| Consejería Jurídica del Ejecutivo | 06/07/2026 | No rendida | ||
| Secretaría de Derechos Humanos | 06/07/2026 | No rendida | ||
| Secretaría del Nuevo Comienzo | 06/07/2026 | No rendida | ||
| Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato | 06/07/2026 | No rendida | ||
| Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato | 06/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas | 06/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Los Ayuntamientos | 06/07/2026 | No rendida | ||
| Ayuntamiento de Doctor Mora | 06/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Irapuato | 06/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Santa Cruz de Juventino Rosas | 06/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Uriangato | 06/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Tarimoro | 06/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de San Luis de la Paz | 06/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Silao de la Victoria | 06/07/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Jerécuaro | 06/07/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Romita | 06/07/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de San Diego de la Unión | 06/07/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Coroneo | 06/07/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de San Felipe | 06/07/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de San Miguel de Allende | 06/07/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Celaya | 06/07/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión

Dictamenes / Decretos
