Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 571/LXVI-I

Iniciativa
Adición

Persona Diputada

LXVI
Segundo Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

Iniciativa Acto Administrativo Infracción Derechos Protección
Iniciativa formulada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA que reforma la fracción III y adiciona una fracción IV al artículo 263 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, a fin de garantizar que las personas que sean objeto de un acto administrativo, como una infracción, cuenten con la posibilidad de ejercer oportunamente los medios de defensa en protección de sus derechos, cuando la autoridad omita señalar en la boleta de infracción el recurso procedente, la autoridad ante la cual debe promoverse y el plazo para su interposición.

Informe de Turno Camioncito2

Informe de Turno
07/05/2026

- Diputada Plásida Calzada Velázquez - Muchas gracias, Presidenta, con su venia y de la mesa directiva, saludamos con mucho gusto a las personas que nos visitan en este Congreso del Estado. Sean ustedes bienvenidos, bienvenidas, y a los integrantes de esta LXVI Legislatura. El día de hoy presentamos una iniciativa que nace de una preocupación real que existe en todas y cada una de nuestras comunidades, esto es que ninguna persona debe quedarse en estado de indefensión jurídica cuando hay una omisión por parte de autoridades, la propuesta que queda hoy a consideración de este pleno busca reformar el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, con el objetivo garantizar el derecho de defensa y fortalecer la seguridad jurídica de las y los guanajuatenses. - Nuestra Constitución es clara cuando establece que toda autoridad debe actuar con estricto apego a la legalidad y respetando siempre los derechos de todas las personas. ¿Qué sucede cuando una autoridad impone una multa? o impone una sanción administrativa, pues también tiene la obligación de informar de manera clara cuál es el medio de defensa que puede proceder, ante qué autoridad pueden acudir y cuál sería el plazo para hacerlo. En la realidad, muchas veces esto no sucede, hay ciudadanas y ciudadanos que reciben boletas, por ejemplo, de infracción que van incompletas, que van ilegibles o simplemente no tienen información suficiente acerca de cómo se van a poder defender. Cuando eso sucede, las personas entran en un estado de indefensión, puesto que no saben qué hacer, a dónde acudir, o cómo proteger sus derechos, este problema afecta realmente a muchas personas, pero todavía de manera más fuerte golpea a quienes viven en condiciones de vulnerabilidad, a personas con escasos recursos económicos, personas adultas mayores, pero particularmente a integrantes de pueblos y comunidades indígenas y personas afromexicanas. - Por eso la iniciativa que el día de hoy presentamos lleva además un sentido profundo de justicia social. Quisiera compartir un caso que pinta completamente esta realidad y se trata de un ciudadano indígena otomí del municipio de Tierra Blanca el cual hace algún tiempo fue infraccionado por elementos de la Policía Estatal de Caminos, su vehículo fue enviado entonces al corralón y, de acuerdo con lo que señalan, la boleta de infracción ni siquiera contenía información sobre el medio de defensa que procedía, ni la autoridad ante la cual podía acudir y mucho menos el plazo para hacerlo. - La copia que le habían entregado prácticamente era ilegible y ya sea por desconocimiento, por falta de recursos económicos o por no contar con información clara, esta persona no pudo en su momento promover defensa legal. Hasta el día de hoy, ese vehículo continúa retenido y esto no podemos permitir que siga sucediendo. No se debe permitir que el acceso a la justicia dependa únicamente del nivel económico de una persona. - La ley es clara y debe proteger por igual a todas y a todos, pero particularmente a quienes de manera histórica enfrentan mayores obstáculos para acceder de manera plena a sus derechos. Por ello, esta iniciativa propone adicionar una fracción cuarta al artículo 263 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa del Estado para establecer que cuando la autoridad incumpla con el requisito de informar correctamente los medios de defensa, tal cual se señala en el artículo 138, en su fracción quinta, la demanda pueda presentarse en cualquier tiempo. - Es decir, que la omisión de una autoridad no termine perjudicando a la ciudadanía. Esta propuesta no es surgida de una preocupación social o una preocupación política, más bien tiene un sustento jurídico sólido. Hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha establecido mediante jurisprudencia que cuando una autoridad omite señalar el medio de defensa, la autoridad a quien debe presentarse y el plazo en que corresponde la demanda de nulidad puede presentarse en cualquier momento. Lo que nosotros el día de hoy proponemos es armonizar nuestra legislación con ese criterio y fortalecer así la protección de los derechos humanos en el Estado de Guanajuato. - Esta reforma, aun cuando no genera un impacto presupuestario, aun cuando no representa una carga administrativa adicional, de aprobarse sí podría representar una enorme diferencia para muchas personas, para muchas familias que el día de hoy enfrentan actos administrativos. Sin la información suficiente para poder defenderse. Porque legislar implica también escuchar y ver todas las realidades que suceden fuera de este congreso y una de esas realidades es que muchas veces la ciudadanía está sola y se enfrenta sola a procedimientos complejos, procedimientos sin orientación y sin herramientas jurídicas. - Por eso el día de hoy, desde el Grupo Parlamentario de Morena, proponemos una reforma con rostro humano. Una reforma que privilegia por mucho, el acceso a la justicia, la certeza jurídica y el principio pro persona, porque ninguna autoridad debe beneficiar de sus propias omisiones y porque en Guanajuato se tiene que avanzar hacia instituciones más justas, hacia instituciones más claras, pero sobre todo mucho más cercanas a las y los guanajuatenses. - Es cuanto, presidenta. Muchas gracias.


Busca se garantice el derecho de defensa ante omisiones en actos administrativos

Guanajuato, Gto. –  Con el objeto de garantizar la protección de los derechos de las personas en general y reforzar tal protección a los grupos vulnerables, la diputada Plásida Calzada Velázquez, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, presentó una iniciativa de reforma al Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, que busca fortalecer la seguridad jurídica y el acceso efectivo a la justicia de las personas gobernadas.

Recepción en Comisión Camioncito2

Recepción en Comisión
03/06/2026
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Metodologías Camioncito2

Metodologías
03/06/2026

Iniciativa presentada por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA que reforma la fracción III y adiciona una fracción IV al artículo 263 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato. (ELD 571/LXVI-I)

 

 

Metodología:

 

 

1.       Remisión de la iniciativa para solicitar opinión a:

         ●Tribunal de Justicia Administrativa;

         ●Consejería Jurídica del Ejecutivo.

 

Señalando como plazo para la remisión de las opiniones, 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la solicitud.

 

2.       Consulta y participación ciudadana, a través de la página web institucional para lo cual se creará un vínculo, por el término de 15 días hábiles.

 

3.       Elaboración, por parte de la secretaría técnica, de un concentrado de las observaciones que se formulen a la iniciativa, lo que será presentado a las personas diputadas integrantes de la Comisión como insumo para el análisis de la iniciativa en mesa de trabajo con la participación de las instituciones consultadas. 

 

4.        Convocar a mesa de trabajo para el análisis de la iniciativa con la participación de las instituciones consultadas; lo anterior previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política. Y posteriormente, convocar a mesas de trabajo internas con personas diputadas, personas asesoras y secretaría técnica.

 

5.       Análisis y, en su caso, acuerdos de dictamen.

 

6.       Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen.

 

Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
Tribunal de Justicia Administrativa 29/06/2026 Rendida en tiempo Ver detalle
Consejería Jurídica del Ejecutivo 29/06/2026 No rendida
Actividades
Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
Dar cuenta de la iniciativa; determinación sobre la suficiencia de proyecciones de impactos; en su caso acuerdos de metodología de trabajo 03/06/2026 12:00 Sala 1 Usos Múltiples
Correspondencias, Minutas, Actas

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