Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 567/LXVI-I
Persona Diputada
Suscripción
Informe de Turno

- Diputada Miriam Reyes Carmona - Muchas gracias, querida presidenta. Con su permiso y el de la mesa directiva, los saludo con mucho gusto a todas y todos los presentes, a mis compañeras y compañeros diputados, así como a los medios de comunicación que el día de hoy nos hacen el honor de estar aquí en este pleno eh transmitiendo esta sesión de pleno y saludo también con mucho respeto eh a las y los guanajuatenses que nos ven por las diferentes plataformas digitales. - La equidad, la equidad no es un privilegio de algunos, es derecho que debe vivirse todos los días en el trabajo y en nuestro entorno, la igualdad no puede seguir siendo una aspiración imposible debe estar en condiciones reales, medibles y exigible en el servicio público. Hoy sabemos que pese a los avances legislativos persisten brechas, así como estereotipos que limitan el desarrollo profesional. La presente iniciativa tiene por objeto fortalecer el marco normativo de igualdad sustantiva en el ámbito laboral de la administración pública, estatal y municipal, con el fin de garantizar entornos de trabajo libre de violencia y discriminación en razón de género. - La igualdad sustantiva no sólo se logra con la paridad en el acceso a puestos o a la capacitación, sino que requiere la erradicación de las barreras y prácticas nocivas, que impiden el desarrollo profesional en condiciones de dignidad y seguridad. El Estado de Guanajuato tiene el deber constitucional y convencional de garantizar a todas las personas una vida libre de violencia, lo cual se extiende a los espacios de trabajo. A nivel local, la Constitución Política del Estado de Guanajuato establece en su artículo primero la igualdad sustantiva de las mujeres, por ello resulta indispensable que los entes públicos incorporen acciones reforzadas que garanticen espacios laborales seguros, libres de acoso, hostigamiento y cualquier práctica discriminatoria, por lo anterior se propone adicionar el párrafo al artículo segundo perdón onceavo, para establecer la obligación expresa de que los entes públicos diseñen, implementen, evalúen y actualicen de manera permanente mecanismos institucionales, para garantizar la prevención, la atención, sanción y erradicación de la violencia y discriminación en relación de género en el ámbito laboral, fortaleciendo así una política pública integral y sostenida. - Esta reforma persigue los siguientes propósitos: Uno, clarificar que la igualdad sustantiva no es compatible con ninguna forma de violencia o discriminación en el trabajo. Dos, obligar a las instituciones a ir más allá de las declaraciones de buenas intenciones, exigiendo la instauración de protocolos obligatorios, sistemas de seguimiento, órganos responsables y procedimientos de denuncia claros y seguros, promover una cultura institucional activa en la prevención, por lo anterior, de conformidad con el artículo 176 fracción tercera de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, manifiesto que la siguiente iniciativa con proyecto de decreto presentada contiene los siguientes impactos: impacto jurídico esto robusteza el marco legal al exigir la creación o adaptación de instrumentos específicos para la prevención, atención y sanción de violencia y discriminación en razón de género, el impacto socioeconómico, la violencia y la discriminación son barreras que impiden a las mujeres acceder, permanecer y ascender en puestos de poder y decisión. Impacto administrativo, implica la creación y adaptación de protocolos y establecimiento o fortalecimiento de órganos internos especializados en la materia. Impacto presupuestario, no se considera este impacto. - Por esta razón, se pone a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente: - Proyecto de decreto. - Único, se adiciona un párrafo segundo al artículo onceavo de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Guanajuanajuato, para quedar eh como igualdad sustantiva y perspectiva de género en el ámbito laboral. - Artículo 11. Los Poderes públicos, organismos autónomos y ayuntamientos vigilarán que existan condiciones de igualdad sustantiva y con base en la perspectiva de género en el ingreso, permanencia, ascenso y capacitación de su personal, así mismo deberán diseñar, implementar, evaluar y actualizar mecanismos institucionales que garanticen la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia y la discriminación en razón de género en el ámbito laboral, incluyendo protocolos, procedimientos de denuncia, órganos responsables y acciones de capacitación continua con perspectiva de género. - Es momento de actuar con responsabilidad y congruencia, hagamos de nuestras instituciones espacios donde la igualdad no se proclame. - Les invito a respaldar esta iniciativa con la convicción de avanzar para la transformación y tener una igualdad sustantiva, porque no es una opción, sino una obligación de ética y de justicia. - Es cuanto, diputada presidenta, muchas gracias por su atención.
Pretenden fortalecer mecanismos para prevenir y erradicar la violencia laboral por razón de género en el sector público
Guanajuato, Gto. – Con el objetivo de fortalecer la igualdad sustantiva en los espacios laborales del sector público, la diputada Miriam Reyes Carmona, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, presentó una iniciativa de reforma a la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Guanajuato.
Recepción en Comisión
Metodologías
Metodología de trabajo para el estudio y análisis de la iniciativa firmada por la diputada Miriam Reyes Carmona integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA que adiciona un párrafo segundo al artículo 11 de Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Guanajuato (ELD 567/LXVI-I). Se propone la siguiente:
Metodología
1. Remisión de la iniciativa para solicitar opinión, por medio de correo electrónico, a:
● Consejería Jurídica del Ejecutivo;
● Secretaría de las Mujeres;
● Supremo Tribunal de Justicia;
● Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato;
● Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato;
● Instituto Electoral del Estado de Guanajuato;
● Tribunal de Justicia Administrativa;
● Fiscalía General del Estado de Guanajuato;
● Universidad de Guanajuato;
● 46 ayuntamientos del Estado; y
● Diputadas y diputados integrantes de esta LXVI Legislatura.
Señalando como plazo para la remisión de las opiniones, 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la solicitud.
2. Consulta de la iniciativa en el portal del Congreso como mecanismo de participación ciudadana, por el término de 15 días hábiles.
3. Elaboración, por parte de la secretaría técnica, de un comparativo y concentrado de observaciones que se formulen a la iniciativa.
4. Convocar a una mesa de trabajo con las personas servidoras públicas representantes de las instituciones consultadas en el marco de parlamento abierto, para analizar las observaciones remitidas, previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política.
5. Reunión de la Comisión para la Igualdad de Género para discutir y, en su caso, aprobar el proyecto de dictamen de la iniciativa y dejarlo a disposición de la presidencia de la Mesa Directiva para que se agende en la sesión ordinaria correspondiente.
| Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
|---|---|---|---|---|
| Consolidada Consejería Jurídica del Ejecutivo y Secretaría de las Mujeres | 17/06/2026 | No rendida | ||
| Supremo Tribunal de Justicia | 17/06/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato | 17/06/2026 | No rendida | ||
| Instituto Electoral del Estado de Guanajuato | 17/06/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Tribunal de Justicia Administrativa | 17/06/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Fiscalía General del Estado de Guanajuato | 17/06/2026 | No rendida | ||
| Universidad de Guanajuato | 17/06/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Santa Cruz de Juventino Rosas | 17/06/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Doctor Mora | 17/06/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de León | 17/06/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Moroleón | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de San Diego de la Unión | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Romita | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Tarimoro | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Coroneo | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Silao de la Victoria | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Uriangato | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Irapuato | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Jerécuaro | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de San Luis de la Paz | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de Cortazar | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Ayuntamiento de San Miguel de Allende | 17/06/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión

Dictamenes / Decretos
