Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 331/LXVI-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno

- Diputada Luz Itzel Mendo González - - Muchas gracias, diputado, Presidente, con el permiso de la Presidencia, compañeras y compañeros, diputados, asesores, medios de comunicación y ciudadanía que nos sigue a través de medios digitales y presenciales. - Subo a esta tribuna para hablar de una realidad incómoda, dolorosa y grotesca que ha sido ignorada en nuestro marco jurídico estatal, hoy presentamos la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que tiene por objeto adicionar 2 artículos al Código Penal para el Estado de Guanajuato, con el objeto de tipificar el delito de la zooerastia. - El trato de una que una sociedad le da a sus animales es el reflejo directo de su calidad ética y moral. El respeto hacia ellos es un indicador infalible de una sociedad civilizada y es también el motor fundamental para el desarrollo de la empatía y la compasión entre los seres humanos. - Diversos estudios biológicos y neurológicos han demostrado que los animales poseen capacidades cognitivas y emocionales complejas, lo que demuestra que no son cosas, son seres que experimentan dolor, que sienten placer, que conocen el miedo y que desarrollan apego - Mientras que, por su parte, la crueldad animal es un síntoma de un entorno social disfuncional y violento. Históricamente, la violencia contra los animales ha sido un fenómeno normalizado y minimizado. Dentro de ese universo de actos violentos existe uno en particular que ha sido sistemáticamente in visibilizado por el tabú, por la vergüenza social y por el desconocimiento, me refiero actos sexuales contra los animales conocidos técnicamente como zoofilia, soerastía, o bestialismo. - Este comportamiento constituye una forma de abuso brutal, implica la imposición de la voluntad del ser humano sobre un ser vivo que es incapaz de consentir y que por tanto, comete una agresión sexual contra un ser sintiente, la soerastía, es cometida tanto por tanto por hombres como por mujeres, si bien estos actos pueden provocar lesiones brutales, desgarres o incluso la muerte, muchas veces el daño físico no es visible a simple vista. Sin embargo, debemos entender que la ausencia de heridas externas no significa que la violencia no exista, la agresión es real, se vea o no. - A nivel nacional, de los 32 Estados de la República, 22 tienen tipificados los actos de soerastía, en sus códigos penales como delito. Tristemente, Guanajuato no forma parte de estos, con frecuencia, quienes abusan de animales los consideran las víctimas perfectas, no hablan, no pueden ir a la fiscalía, denunciar no puede gritar, no pueden pedir auxilio a menos que el daño físico sea evidente o que sean grabados en vídeo, estos delitos quedan en la sombra. - Al ser un tema incómodo para muchos, no se estudia, no se atiende y lo más grave, no se persigue, en noviembre de este año, en el municipio de Celaya, Grupos de rescatistas denunciaron un caso documentado de múltiples ataques sexuales contra animales, ejecutado de un paseador y cuidador de perros. Y este caso se denunció con pruebas testimoniales y ven bibliográficas. ¿Y cuál fue el resultado? Ninguno, no se pudo iniciar una carpeta de investigación, por lo que no se pudo sancionar al perpetrador debido a los vacíos de nuestra ley, colectivos como salmantinos, unidos por el respeto y bienestar animal, han mencionado que cuentan con pruebas en vídeo de este tipo de actos, con los cuales han denunciado ante la Fiscalía, pero lamentablemente no proceden, finalmente, porque la soerastía, no está tipificada como delito en Guanajuato. - Es por todo esto, que, desde el Partido Verde y como Congreso no podemos ser indiferentes a esta violencia ejercida, a seres sintientes a los que tenemos la obligación constitucional de proteger, por lo que nuestra propuesta es la penalización firme de la agresión sexual hacia los animales. - Es cuanto Presidente, muchas gracias.
Buscan tipificar el delito de zooerastia
Guanajuato, Gto. – Con el objeto de tipificar el delito de zooerastia, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentó una iniciativa de reforma al Código Penal.
Recepción en Comisión
Metodologías
Metodología
1. Remisión de la iniciativa para solicitar opinión a:
●Supremo Tribunal de Justicia;
● Fiscalía General;
●Consejería Jurídica del Ejecutivo;
•Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.
Señalando como plazo para la remisión de las opiniones, 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la solicitud.
2. Consulta y participación ciudadana, a través de la página web institucional para lo cual se creará un vínculo, por el término de 15 días hábiles.
3. Elaboración, por parte de la secretaría técnica, de un concentrado de las observaciones que se formulen a la iniciativa, lo que será presentado a las personas diputadas integrantes de la Comisión como insumo para el análisis de la iniciativa en mesa de trabajo con la participación de las instituciones consultadas.
4. Convocar a mesa de trabajo para el análisis de la iniciativa con la participación de las instituciones consultadas; lo anterior previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política. Y posteriormente, convocar a mesas de trabajo internas con personas diputadas, personas asesoras y secretaría técnica.
5. Análisis y, en su caso, acuerdos de dictamen.
6. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen.
| Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
|---|---|---|---|---|
| Supremo Tribunal | 13/02/2026 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
| Fiscalía General | 13/02/2026 | No rendida | ||
| Consejería Jurídica | 13/02/2026 | No rendida | ||
| Procuraduría de los Derechos Humanos | 13/02/2026 | Rendida en tiempo | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión

Dictamenes / Decretos
