Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 242/LXVI-PPA
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno

- Diputada Angélica Casillas Martínez - Con el permiso de la Mesa Directiva diputadas, diputados, desde la Comisión de Salud Pública, hemos realizado un análisis profundo sobre la iniciativa de la Ley de Prevención y Atención al Suicidio para el Estado de Guanajuato y sus municipios, derivado de las mesas de trabajo con autoridades, quiero enfatizar algunos puntos clave que orientan nuestra postura y el acompañamiento al punto de acuerdo que nos ocupa, comienzo por señalar la urgencia del tema, el suicidio, principalmente entre los jóvenes y la problemática que representa, el aumento sostenido de casos es una cuestión de salud pública de extrema gravedad, afecta no sólo a quienes lo consuman sino que desgarra familias y comunidades enteras, generando consecuencias emocionales, sociales y económicas devastadoras, por lo que es fundamental reconocer que la atención a este fenómeno ha sido históricamente insuficiente y desarticulada. - El derecho a la salud, que comprende el más alto nivel posible de bienestar físico y mental, es un derecho humano de máxima relevancia, reconocido en nuestro marco constitucional y en tratados internacionales, esto, obliga al Estado mexicano a intensificar las acciones necesarias para garantizar la protección efectiva de este derecho, al mismo tiempo, aunque compartimos la preocupación por la crisis, es fundamental que toda propuesta legislativa respete los principios de constitucionalidad técnica, normativa y competencia material, por lo que nuestra Constitución Federal es clara, el Congreso de la Unión tiene la facultad de exclusiva para legislar en materia de salubridad general. - La ley General de Salud, que incluye la salud mental, establece las bases, modalidades y regula las acciones para la detención, atención y prevención del suicidio a nivel nacional. En consecuencia, la propuesta que analizamos desde la Comisión contradecía el marco constitucional y legal vigente al intentar legislar sobre una materia de competencia federal ya regulada; por ello, en la pasada Sesión del Pleno, esta Asamblea aprobó un dictamen de archivo con base en el análisis de competencias, sin embargo, el presente punto de acuerdo de obvia resolución representa la vía más congruente y efectiva para atender esta problemática, si la Federación tiene la facultad para legislar y establecer políticas en materia de salubridad general, corresponde entonces a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, actuar con urgencia para enfrentar la problemática del suicidio, por lo tanto, resulta fundamental el presente exhorto, para que, en el marco de sus atribuciones y en estricto cumplimiento de la Ley General de Salud, se fortalezcan, amplíen y ejecuten de manera inmediata las acciones y programas dirigidos a la detección, atención y prevención del suicidio en nuestro país. - Para ello, es imperativo que se garantice una coordinación efectiva con las entidades federativas como Guanajuato. En ese sentido, la propuesta reconoce la facultad federal, destaca la insuficiencia de la respuesta actual y exige al órgano competente cumplir su responsabilidad ante esta crisis, por esas razones acompañamos el presente punto de acuerdo de obvia resolución. - Es cuanto Presidente.
Piden al gobierno federal fortalecer la atención y prevención del suicidio
Guanajuato, Gto. – El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentó un punto de acuerdo de obvia resolución para exhortar a la persona titular de la Secretaría de Salud del Gobierno federal, para que, fortalezca, amplíe y ejecute de manera urgente las acciones y programas orientados a la detección, atención y prevención del suicidio en el país, garantizando una coordinación efectiva con las entidades federativas y la asignación de los recursos humanos y técnicos necesarios para su adecuada implementación.
Recepción en Comisión
Metodologías
Acuerdo:
Solicitar información a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, relativa a la materia del exhorto, misma que podrán remitir en un plazo que no exceda de 20 días hábiles.
| Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
|---|---|---|---|---|
| Secretaría de Salud del Gobierno Federal | 22/12/2025 | No rendida | ||
| La titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud | 22/12/2025 | Rendida en tiempo | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión

Dictamenes / Decretos
