Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 80/LXVI-PPA

Proposiciones de Punto de Acuerdo

Persona Diputada

LXVI
Primer Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

Ley para Protección a los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato
Propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar los ayuntamientos de Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Salvatierra, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Xichú, mismos que cuentan con comunidades indígenas, para que den cumplimiento al artículo 2, apartado A, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 35 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato; y consulten en todo momento a las comunidades indígenas cuando se pretendan realizar acciones u omisiones administrativas susceptibles de afectar o impactar de manera significativa en su vida, entorno y en general sus derechos, y se ciñan a lo que estipula la Ley para Protección a los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato en su artículo 12 párrafos segundo y tercero.

Informe de Turno Camioncito2

Informe de Turno
27/02/2025

- Diputada Plásida Calzada Velázquez- - Gracias Presidenta con su permiso de la Mesa Directiva, saludamos con mucho gusto, con mucho respeto al pueblo de Guanajuato, a las personas que tienen a bien acompañarnos en este recinto legislativo, sean todas y todos ustedes bienvenidos a esta su casa a los compañeros, legisladoras y legisladores integrantes de esta Sexagésima Sexta Legislatura, medios de comunicación que siempre nos hacen el favor de acompañarnos. - En casi toda la mitad del siglo XIX, la mayoría de nuestros pueblos y de nuestras comunidades indígenas, se levantaban en armas para defender sus derechos, hasta que fueron sometidos cuando se consolida el Estado Nacional y fue más o menos en 1917, cuando el Estado ya no los enfrenta como acostumbraba, sino que utiliza la vía institucional, esto es, tratar de borrar sus derechos de la Constitución Federal, no los contemplaba, no les otorgaba derechos con algún efecto jurídico que trascendiera en la vida de estos, no obstante, y como siempre se nos ha caracterizado, nuestros pueblos resistieron y resurgieron a fines del siglo XXI, específicamente el 01/01/1994, con el movimiento impulsado por el Ejército Zapatista de Liberación Nacional en Chiapas, ocupando en ese momento la escena nacional, reclamando su reconocimiento como sujetos políticos con derechos colectivos específicos, lo cual lograron de manera pírrica en la Carta Magna y en algunas leyes secundarias y fue hasta el Sexenio 2018-2024, bajo el mandato del entonces Presidente licenciado Andrés Manuel López Obrador, que se termina con la simulación de estos Gobiernos neoliberales y que de manera firme y determinante comienza a visualizarse un resultado en justicia a pueblos originarios y el pueblo afro mexicano, ya que se plantean diversas reformas y adiciones en el artículo segundo constitucional, de manera específica, hoy resaltamos el apartado a en la fracción décimo tercera, correspondiente, al derecho de nuestros pueblos y comunidades para ser consultados sobre las medidas legislativas o administrativas que se pretenden adoptar, cuando éstas pueden tener algún impacto dentro de nuestros pueblos o comunidades, llámese, la vida el entorno, y esto es, con la finalidad de obtener su consentimiento o, en su caso, llegar a algún acuerdo sobre tales medidas. - Con esta reforma, a partir del 01/10/2024, nuestros pueblos y comunidades debemos ser consultados por el Poder Legislativo y también por los ayuntamientos, siempre que estos pretendan realizar acciones o tomar medidas que puedan impactar o afectar nuestros derechos. Sin embargo, y a pesar de que existe un mandato constitucional, existen gobiernos que hacen caso omiso a este texto, aluden, por ejemplo, que no está escrito aún en la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, que no existen leyes secundarias que respeten lo que hoy se está comentando, sin embargo, comentan que no están obligados a aplicar estos preceptos en favor de nuestros pueblos y de nuestras comunidades, pero nada hay más falso que esto, porque para el caso de nuestro Estado de Guanajuato, el 08/04/2011 se publica en el Periódico Oficial, la Ley para la Protección de Pueblos y Comunidades Indígenas para el Estado de Guanajuato y hay 2 artículos, el 35 y el 12, en el 35 se garantiza a nuestras comunidades, el derecho a ser consultadas, en el décimo segundo es explícito sobre la forma y el modo en que los ayuntamientos están obligados a notificar a la autoridad indígena sobre sesiones de estos en los que se pretenda resolver algún asunto que competa de manera directa al pueblo o comunidad que esta autoridad representa. - Resulta entonces, por demás inaceptable, que a pesar que desde el 2011, se encuentra vigente la Ley para la Protección de Pueblos y Comunidades Indígenas en nuestro Estado, la cual, insisto, contempla el derecho a la consulta y que los gobiernos municipales en cuyo territorio tengan asentamientos de comunidades indígenas, únicamente se limiten a tomar decisiones con los integrantes de su cuerpo edilicio, resultando esta acción en detrimento de las comunidades, pues es violatoria de los Derechos Humanos, específicamente, el derecho a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, en virtud de todo lo anterior, y con la finalidad de que los municipios con comunidades indígenas garanticen el derecho a la consulta de las mismas, me permito formular, ante esta soberanía, la siguiente propuesta de punto de acuerdo: - Único. La Sexagésima Sexta Legislatura, del Estado de Guanajuato acuerda girar un atento exhorto a los ayuntamientos de Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, Dolores Hidalgo, Cuna de la Independencia Nacional, Salvatierra, San Luis de La Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán, Xichú, mismos que cuentan con comunidades indígenas, para que: - a) Del pleno cumplimiento al artículo segundo, apartado a, fracción decimotercera, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 35 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato y consulten en todo momento a las comunidades indígenas cuando se pretendan, realizar acciones u omisiones administrativas susceptibles de afectar o impactar de manera significativa en su vida en torno y en general, de sus derechos. - b) Los ayuntamientos de los municipios en cita, se ciñan a lo que estipula la Ley para la Protección a los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato, en su artículo décimo segundo párrafos, segundo y tercero, que a la letra señala. El ayuntamiento deberá notificar con al menos 48 horas de anticipación sobre la celebración de sesiones del ayuntamiento, en las que se ha resolverá asuntos que competan al pueblo o a la comunidad que esta autoridad representa con el fin de que pueda participar con vos en la defensa de los intereses de su pueblo o su comunidad. Los acuerdos, que competan a los pueblos y comunidades indígenas tomados en sesiones en las que no se haya cumplido con la notificación a que se refiere el párrafo anterior, serán nulos. - Es cuanto diputada, presidenta, muchas gracias.


Piden respetar el derecho a ser consultados de los pueblos y comunidades indígenas

Guanajuato, Gto.- El grupo parlamentario del Partido MORENA  presentó un punto de acuerdo para exhortar los ayuntamientos de Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Salvatierra, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Xichú para que consulten en todo momento a las comunidades indígenas, cuando se pretendan realizar acciones u omisiones administrativas susceptibles de afectar o impactar de manera significativa en su vida, entorno y en general sus derechos.

De igual manera, se ciñan a lo que estipula la Ley para Protección a los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato en cuanto a la obligación de notificar a la autoridad indígena, con al menos cuarenta y ocho horas de anticipación, sobre la celebración de sesiones del Ayuntamiento en las que se resolverá sobre asuntos que competan al pueblo o a la comunidad, con el fin de que ésta pueda participar, con voz, en defensa de los intereses de su pueblo o comunidad.

Recepción en Comisión Camioncito2

Recepción en Comisión
05/03/2025
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Metodologías Camioncito2

Metodologías

Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
La presidenta municipal de Villagrán Ver detalle
La presidenta municipal de Apaseo el Alto Ver detalle
Actividades
Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
Dar cuenta con la propuesta 05/03/2025 10:00 Sala de la Constitución de la Biblioteca del Congreso del Estado
Análisis y acuerdos para dictaminar la propuesta de punto de acuerdo 19/03/2025 10:00 Sala de la Constitución de la Biblioteca del Congreso del Estado
Seguimiento de las acciones aprobadas para dictaminar y acuerdos 04/03/2026 09:00 Sala de la Constitución de la Biblioteca del Congreso del Estado
Seguimiento de las acciones aprobadas para dictaminar y acuerdos 18/03/2026 09:00 Sala de la Constitución de la Biblioteca del Congreso del Estado
En su caso, discusión y aprobación del proyecto de dictamen 18/03/2026 09:00 Sala de la Constitución de la Biblioteca del Congreso del Estado
Correspondencias, Minutas, Actas

En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en la Sala de la Constitución de la biblioteca del recinto oficial del Congreso del Estado se reunieron las personas diputadas que integran la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Sexagésima Sexta Legislatura para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
La secretaría pasó lista de asistencia. Se comprobó el quórum legal con la presencia de las personas diputadas Plásida Calzada Velázquez, Ana María Esquivel Arrona, Jesús Hernández Hernández, Oscar Enrique González Espinosa y David Martínez Mendizábal. - - - -
Se contó con la asistencia de la diputada Carolina León Medina. - - - - - - - - - - - - - - -
La presidencia dio la bienvenida a la diputada Carolina León Medina y al diputado Oscar Enrique González Espinosa como integrante de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Comprobado el quórum legal, se consignó la hora de inicio de la reunión a las 9:10 horas del 4 de marzo de 2026. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se dio lectura al orden del día. Mismo que al ser sometido a consideración, resultó aprobado por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Para el desahogo de los puntos II, IV y en su caso XIII del orden del día, y toda vez que se remitieron con anticipación la minuta número 45 y los proyectos de metodología y de dictamen, se aprobó por unanimidad, sin discusión, su dispensa de lectura. - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del punto II del orden del día, se aprobó por unanimidad, sin discusión, la minuta número 45, levantada con motivo de la reunión celebrada el 25 de febrero de 2026. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del III punto del orden del día, relativo a las comunicaciones y correspondencias turnadas, se dio cuenta con los escritos a través de los cuales: 1) El consejero jurídico del Ejecutivo remite opinión consolidada con la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, de la iniciativa a efecto de reformar los artículos 27-1, fracción X; 27-4 párrafo segundo; 98-1, párrafos segundo y tercero; y 98-2, fracciones IV y X; y adicionar el artículo 98-3 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 731/LXV-I). Se dictó el trámite de enterados, la respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 2) El consejero jurídico del Ejecutivo remite opinión consolidada con la Secretaría de Educación y la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, de la iniciativa a efecto de adicionar las fracciones VIII y IX al artículo 19, recorriendo en su orden la subsecuente, así como un artículo 55-1 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 751/LXV-I). Se dictó el trámite de enterados, la respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 3) El consejero jurídico del Ejecutivo remite opinión consolidada con la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, de la iniciativa a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 133B/LXVI-I). Se dictó el trámite de enterados, la respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 4) El consejero jurídico del Ejecutivo remite opinión consolidada con la Secretaría de Educación y la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, de la iniciativa a efecto de reformar y adicionar diversos artículos de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 188B/LXVI-I). Se dictó el trámite de enterados, la respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 5) Los ayuntamientos de Celaya, Doctor Mora, Irapuato, León y Uriangato remiten respuesta a la consulta de la iniciativa por la que se adiciona una fracción IV al artículo 179 c del Código Penal del Estado de Guanajuato y se adiciona un tercer párrafo, recorriendo el subsecuente al artículo 48 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 334B/LXVI-I). Se dictó el trámite de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 6) Los ayuntamientos de Celaya, Doctor Mora, Irapuato, León y Uriangato remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en el Estado de Guanajuato y de la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primer ordenamiento (ELD 401A/LXVI-I). Se dictó el trámite de enterados, las respuestas serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa; 7) El ciudadano Luis Fernando Vargas Velázquez, activista de derechos humanos LGBT remite comentarios a la iniciativa por la que se adicionan la fracción VI al artículo 3, la fracción X al artículo 4, el numeral 3 recorriéndose los subsecuentes del inciso a de la fracción I del artículo 5, y el artículo 8 Bis a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios (ELD 319/LXVI-I). Se dictó el trámite de enterados, sus comentarios serán materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del IV punto del orden del día, se dio cuenta de la iniciativa suscrita por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforma el primer párrafo del artículo 17 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato (ELD 444/LXVI-I). Por unanimidad, se acordaron las siguientes acciones para su estudio y dictamen: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Metodología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Consulta de la iniciativa a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, mediante procedimientos culturalmente adecuados, informados y de buena fe, previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
b) Solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - -
• Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Integrantes del Consejo Estatal Indígena del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - -
Señalando como fecha para la remisión de la opinión, el 14 de abril de 2026. - - - - - - - -
c) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 14 de abril de 2026. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
d) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa. Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 14 de abril de 2026. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) Análisis de la iniciativa y de los comentarios u observaciones generados en el proceso de consulta―, donde participen: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
g) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Durante el desahogo de este punto del orden del día, se registró la intervención de la diputada Plásida Calzada Velázquez, para formular la propuesta de que la iniciativa también se consulte a integrantes del Consejo Estatal Indígena del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - -
En el desahogo del V punto del orden del día, se tomó por unanimidad el siguiente acuerdo para el estudio y dictamen de la proposición de punto de acuerdo suscrita por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato para que, en el ámbito de sus atribuciones, inicie una investigación amplia e imparcial con enfoque de género e interseccional, respecto de los presuntos actos de discriminación cometidos en agravio de las personas comerciantes del grupo denominado La Josefa, derivados del operativo de desalojo del 14 de abril de 2025 y de la negativa sostenida del Gobierno Municipal de León para otorgarles espacios de venta en la temporada decembrina, considerando de manera integral las circunstancias particulares de las personas afectadas, incluidas sus condiciones económicas, sociales y laborales, así como los posibles impactos diferenciados que las decisiones de la autoridad municipal hayan generado en sus medios de vida, su acceso a oportunidades productivas y su trato frente a otros grupos de comerciantes que han sido permitidos en la misma zona (ELD 269/LXVI-PPA): solicitar información a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato y al municipio de León, sobre si existe actualmente alguna actuación o investigación en curso iniciada de oficio o a petición de parte relacionada con los hechos que se mencionan en la proposición de punto de acuerdo, otorgando un plazo de 10 días hábiles. Durante el desahogo de este punto del orden del día, se registraron las intervenciones de las personas diputadas David Martínez Mendizabal, Oscar Enrique González Espinosa ―para formular la propuesta―, Plásida Calzada Velázquez y Ana María Esquivel Arrona. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del VI punto del orden del día, por mayoría ―con el voto de las personas diputadas Ana María Esquivel Arrona, Jesús Hernández Hernández y Oscar Enrique González Espinosa― se acordó dictaminar en sentido negativo la proposición de punto de acuerdo suscrita por la diputada Carolina León Medina de la Representación Parlamentaria del Partido del Trabajo a efecto de reconocer el derecho inalienable del pueblo cubano a vivir en condiciones de dignidad, con acceso pleno a energía, alimentos y servicios básicos, conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas y los tratados internacionales en materia de derechos humanos; condenar las medidas coercitivas unilaterales impuestas por el gobierno de Estados Unidos, que han limitado el acceso de Cuba al suministro de petróleo y energía, provocando apagones masivos, escasez de transporte y afectaciones graves a la salud y alimentación de la población, tal como lo han advertido la Organización Panamericana de la Salud y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura; manifestar rechazo a toda acción que agrave la crisis humanitaria en Cuba, incluyendo el bloqueo sistemático de recursos energéticos y alimentarios, que vulnera los derechos fundamentales de millones de personas y contraviene los principios del Derecho Internacional Humanitario; y manifestar la importancia de que la comunidad internacional impulse mecanismos de cooperación energética y humanitaria hacia Cuba, exhortando al Gobierno de México a continuar brindando apoyo solidario mediante el envío de asistencia humanitaria y la promoción de acuerdos de cooperación energética, en apego a la política exterior mexicana de respeto, solidaridad y autodeterminación de los pueblos (283/LXVI-PPA). Durante el desahogo de este punto del orden del día, se registraron las intervenciones de las personas diputadas Carolina León Medina, Oscar Enrique González Espinosa ―para formular la propuesta―, David Martínez Mendizabal y Plásida Calzada Velázquez. La presidencia indicó que se procedería conforme al acuerdo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del VII punto del orden del día, por unanimidad se tomó el siguiente acuerdo para el estudio y dictamen de la proposición de punto de acuerdo suscrita por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de exhortar al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas y al Fondo de Cultura Económica para que, en el marco de la política lingüística nacional y mediante coordinación interinstitucional, refuercen la protección, difusión, uso, desarrollo y aprendizaje de las lenguas indígenas a través de la educación intercultural bilingüe, con el fin de fomentar perspectivas culturales diversas, fortalecer el orgullo identitario, desarrollar competencias comunicativas orales y escritas en las lenguas maternas del país; y promover la publicación y difusión de obras editoriales sobre lenguas indígenas nacionales, así como respecto de la realidad multicultural de la nación, mediante acciones como la generación de contenidos pedagógicos, la formación de intérpretes, la publicación y distribución de obras literarias y recursos digitales en lenguas originarias, y el fomento y publicación de obras de escritoras y escritores indígenas; contribuyendo así al rescate de saberes ancestrales, la preservación de la lengua y la garantía plena de los derechos culturales, lingüísticos y pluriculturales de los pueblos y comunidades indígenas de México ( ELD 290/LXVI-PPA): solicitar al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas y al Fondo de Cultura Económica, información sobre lo que se refiere en la proposición de punto de acuerdo, otorgando un plazo de 15 días hábiles. Durante el desahogo de este punto del orden del día, se registró la participación de la diputada Plásida Calzada Velázquez, para formular la propuesta. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del VIII punto del orden del día, relativo al seguimiento de las acciones aprobadas para el estudio y dictamen de la propuesta de punto de acuerdo suscrita por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la ahora denominada Secretaría del Nuevo Comienzo a efecto de que a la brevedad efectúe una metodología participativa que involucre a la población guanajuatense, tendiente a obtener la información relacionada con la estructura, organización y cultura de los pueblos, considerando la autoadscripción indígena y así las comunidades de Don Francisco, Ex Hacienda de Peña Blanca, San Martín de la Petaca, Tierra Blanca de Abajo, ambas de San Miguel de Allende; Fracción de Guadalupe, Peña Blanca Dos y Peña Blanca de Cieneguilla pertenecientes al municipio de Tierra Blanca; San Agustín de Comonfort; Urireo, Salvatierra y demás comunidades que se autoidentifiquen como indígenas, obtengan el reconocimiento, la constancia que permitan su inscripción en el Padrón de Pueblos y Comunidades Indígenas de esta entidad federativa (ELD 47/LXVI-PPA), se acordó por unanimidad, solicitar información y opinión a los integrantes del Consejo Estatal Indígena del Estado de Guanajuato. Durante el desahogo de este punto del orden del día, se registró la participación de la diputada Plásida Calzada Velázquez ―para formular la propuesta― y del diputado Oscar Enrique González Espinosa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del IX punto del orden del día, relativo al seguimiento de las acciones aprobadas para el estudio y dictamen de la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a los ayuntamientos de Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Salvatierra, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Xichú, mismos que cuentan con comunidades indígenas, para que den cumplimiento al artículo 2, apartado A, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 35 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato; y consulten en todo momento a las comunidades indígenas cuando se pretendan realizar acciones u omisiones administrativas susceptibles de afectar o impactar de manera significativa en su vida, entorno y en general sus derechos, y se ciñan a lo que estipula la Ley para Protección a los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato en su artículo 12 párrafos segundo y tercero (ELD 80/LXVI-PPA), por mayoría ―con el voto de las personas diputadas Ana María Esquivel Arrona, Jesús Hernández Hernández y Oscar Enrique González Espinosa― se acordó, previo a dictaminar, celebrar una mesa interna de asesores a fin de analizar los alcances de la reforma constitucional. No resultando aprobada la propuesta de la diputada Plásida Calzada Velázquez de encomendar un dictamen en sentido positivo, excluyendo a los municipios de Apaseo El Alto y Villagrán. -
En el desahogo del X punto del orden del día, relativo al seguimiento de las acciones aprobadas para el estudio y dictamen de la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y por la diputada de la Representación Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática a efecto de exhortar a la Secretaría del Bienestar para que, en el ámbito de sus atribuciones, desarrolle, coordine e implemente políticas públicas específicas que reconozcan, visibilicen y atiendan las necesidades de las personas con discapacidades ocultas, así como para que establezca protocolos de atención que contemplen ajustes razonables, campañas de sensibilización y mecanismos de detección y eliminación de barreras, asegurando un trato digno e inclusivo que fomente su plena participación en la sociedad (ELD 97/LXVI-PPA), se acordó por unanimidad solicitar a la delegación de los programas para el desarrollo del bienestar en la entidad, información sobre la materia de la proposición de punto de acuerdo, otorgando un plazo de 10 días hábiles. Durante el desahogo de este punto del orden del día, se registró la participación de la diputada Plásida Calzada Velázquez, para formular la propuesta. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del XI punto del orden del día, relativo al seguimiento de las acciones aprobadas para el estudio y dictamen de la propuesta de punto de acuerdo signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la Gobernadora del Estado Libia Dennise García Muñoz Ledo para que en el ámbito de sus atribuciones instruya en todo lo necesario a sus colaboradores para atender integralmente la problemática productiva del sector ladrillero en León, específicamente las y los titulares de la Secretaría de Economía, la Secretaría del Agua y Medio Ambiente, la Secretaría de Salud, la Secretaría del Nuevo Comienzo, el Instituto de Innovación, Ciencia y Emprendimiento para la Competitividad y Tú Puedes Guanajuato; asimismo, para que en el ámbito de sus atribuciones instruya a la Secretaría de Derechos Humanos a realizar una investigación participativa sobre las ladrilleras en el Estado de Guanajuato a fin de que se encuentren alternativas de solución a su problemática (ELD 109/LXVI-PPA), se acordó por unanimidad dictaminar en sentido positivo la propuesta de punto de acuerdo, ajustando el acuerdo en los siguientes términos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ÚNICO. La Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato acuerda girar atento y respetuoso exhorto a las autoridades que integran la Comisión Mixta para la atención del sector ladrillero en el estado de Guanajuato, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias y en el marco del trabajo que realizan en la Comisión, continúen y fortalezcan las acciones pertinentes consolidando la Estrategia de Atención Integral del Sector Ladrillero en la comunidad de “El Refugio”, incluyendo el estado que guarda cada una de sus líneas de acción —ladrillera ecológica, diversificación económica, inspección y vigilancia, infraestructura urbana e intervención social—, los compromisos asumidos, así como el cronograma actualizado para la conclusión de los hornos tecnificados de bajas emisiones y demás acciones vinculadas. Asimismo, a la Secretaría de Salud para que continúe y fortalezca sus acciones de atención en la comunidad de ladrilleras de “El Refugio”, con énfasis en la atención médica primaria, el acceso oportuno a servicios de salud, la vigilancia epidemiológica, la promoción de la salud y la prevención de enfermedades respiratorias. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Durante el desahogo de este punto del orden del día, se registró la participación de la diputada Ana María Esquivel Arrona ―para formular la propuesta― y del diputado David Martínez Mendizábal. La presidencia indicó que se procedería conforme al acuerdo. - - - - - -
En el desahogo del XII punto del orden del día, relativo al seguimiento de la metodología aprobada para el estudio y dictamen de la iniciativa suscrita por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar una fracción XI al artículo 3, recorriendo en su orden las subsecuentes, una fracción X al artículo 17, recorriendo la subsecuente, una fracción XII al artículo 19, recorriendo la subsecuente y una fracción IV al artículo 24, recorriendo la subsecuente de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato (ELD 238/LXVI-I), la presidencia informó que la secretaría técnica hizo llegar la tarjeta de seguimiento de las acciones aprobadas para el estudio y dictamen de la iniciativa, de la que se retomó que: la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas entregó el estudio de impacto presupuestal; la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato y el Instituto de Investigaciones Legislativas compartieron su opinión de la iniciativa; en el proceso de consulta, también se recibieron comentarios por parte de Verónica Espinosa Villegas y Sergio Lona García; y por parte de la secretaría técnica se entregó el documento que concentra las observaciones formuladas a la iniciativa; quedando pendiente la reunión con periodistas, personas y organizaciones defensoras de derechos humanos para escuchar sus comentarios, y la mesa de trabajo con autoridades. Asimismo, indicó que de las respuestas recibidas había elementos para dictaminar en sentido negativo. Por lo que propuso modificar la metodología para omitir la reunión con periodistas, personas y organizaciones defensoras de derechos humanos; y la mesa de trabajo con autoridades, a efecto de proceder en el siguiente punto del orden del día a la discusión del proyecto de dictamen, mismo que instruyó a elaborar en sentido negativo. Propuesta que resultó aprobada por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del XIII punto del orden del día, se aprobó por unanimidad, sin discusión, el dictamen de la iniciativa suscrita por personas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar una fracción XI al artículo 3, recorriendo en su orden las subsecuentes, una fracción X al artículo 17, recorriendo la subsecuente, una fracción XII al artículo 19, recorriendo la subsecuente y una fracción IV al artículo 24, recorriendo la subsecuente de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato (ELD 238/LXVI-I). - - - - - - - - - -
En el punto del orden del día relativo a asuntos generales, no se registraron intervenciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Agotados los asuntos listados en el orden del día la presidencia levantó la reunión a las 10:34 horas, e indicó que se citará para la siguiente por conducto de la secretaría técnica.


PLÁSIDA CALZADA VELÁZQUEZ
Diputada presidenta JESÚS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Diputado secretario


 

En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en la Sala de la Constitución de la biblioteca del recinto oficial del Congreso del Estado se reunieron las diputadas y los diputados que integran la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Sexagésima Sexta Legislatura para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
La secretaría pasó lista de asistencia. Se comprobó el quórum legal con la presencia de las diputadas Plásida Calzada Velázquez y Ana María Esquivel Arrona; y de los diputados Jesús Hernández Hernández y José Salvador Tovar Vargas. Se registró la inasistencia de la diputada Miriam Reyes Carmona, misma que se calificó de justificada por la presidencia, en virtud del justificante remitido previamente en el que se expuso que la diputada se encontraba en la reunión de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, en su calidad de presidenta del Congreso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Comprobado el quórum legal, se consignó la hora de inicio de la reunión a las 10:13 horas del 19 de marzo de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se dio lectura al orden del día; mismo que resultó aprobado por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por unanimidad, sin discusión, se aprobó la dispensa de lectura de la minuta número 17, levantada con motivo de la reunión celebrada el 5 de marzo de 2025. - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo de la correspondencia, se dio cuenta con los escritos a través de los cuales: 1) El secretario general del Congreso del Estado remite, por acuerdo de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, el informe que rinde la Dirección de Asuntos Jurídicos sobre los juicios de amparo en trámite, correspondiente al mes de enero de 2025. Se dictó el acuerdo de enterados; 2) El ciudadano Juan Manuel Mesita Colorado del municipio de San Miguel de Allende, remite solicitud de reforma para garantizar la inclusión de las personas con discapacidad en los procesos electorales del 2027 y al interior de los partidos políticos en el estado de Guanajuato. Se dictó el acuerdo de enterados e informar que, conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, corresponde a la Comisión de Asuntos Electorales el conocimiento de los asuntos relacionados con la legislación electoral. Asimismo, la propuesta quedó a disposición de quienes integramos esta comisión legislativa, para el caso de que alguien desee presentar la iniciativa como se propone por el peticionario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del IV punto del orden del día, se dio cuenta con la propuesta de punto de acuerdo signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la Gobernadora del Estado, Libia Denisse García Muñoz Ledo, para que incluya la frase Kína Sahí (pásale) proveniente de la lengua originaria (chichimeca jonaz), así como también en otomí en la señalética de espacios públicos, instalaciones culturales oficiales, oficinas y en los letreros de bienvenida al Estado y cabeceras municipales; al Instituto Estatal de la Cultura, a la Secretaría de Derechos Humanos y a la Secretaría de Educación de Guanajuato para que, en el ámbito de sus competencias, mejoren las acciones de promoción, educación popular y difusión que contribuyan a la revitalización y protección del patrimonio lingüístico del Estado, tales como la visibilización de la lengua chichimeca jonaz en los diversos espacios públicos; al Instituto Estatal de la Cultura, para que, realice políticas públicas que visibilicen y sensibilicen a la población en general sobre la importancia de la preservación de las lenguas originarias que se hablan en el estado de Guanajuato; forme, capacite, actualice y profesionalice a los intérpretes de las diversas lenguas originarias que se hablan en el estado de Guanajuato; lleve a cabo convenios con diversas autoridades federales, estatales y municipales, para realizar en lo general acciones afirmativas dirigidas a la promoción, conservación y protección del patrimonio cultural intangible de los pueblos y comunidades indígenas, y en particular, el fomento y uso en los espacios públicos de las lenguas originarias que se hablan en el Estado; y a los 46 municipios del Estado para que, en caso de contar con población indígena, adopten el uso en la señalética, de la lengua de los pueblos originarios avecindados en su localidad. Asimismo, para que esta legislatura lleve a cabo las acciones necesarias para adecuar la señalética de los espacios pertinentes del Poder Legislativo del Estado, con la finalidad de incluir la lengua chichimeca jonaz y otomí (ELD 86/LXVI-PPA). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del V punto del orden del día, relativo a acuerdos sobre el sentido del dictamen de la iniciativa suscrita por las diputadas Dessire Angel Rocha y Yulma Rocha Aguilar, ante la Sexagésima Quinta Legislatura, a fin de reformar los artículos 66, último párrafo, y 95, segundo párrafo; y adicionar la fracción VII al artículo 85, de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; así como adicionar la fracción VIII al artículo 11 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 764B/LXV-I), se acordó por unanimidad, sin discusión, dictaminar en sentido negativo, toda vez que la propuesta que se pretende adicionar ya se encuentra contenida en la fracción VI del artículo 11 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del VI punto del orden del día, relativo al análisis y acuerdos para dictaminar la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, ante la Sexagésima Quinta Legislatura, por el que se hace un respetuoso exhorto al Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato para que en ejercicio de sus atribuciones legales tenga a bien expedir las disposiciones reglamentarias de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato (ELD 23/LXV-PPA), se acordó por unanimidad, sin discusión, dictaminar en sentido negativo, toda vez que no hay materia para realizar el análisis y seguimiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del VII punto del orden del día, relativo al análisis y acuerdos para dictaminar la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, ante la Sexagésima Quinta Legislatura, a efecto de exhortar al presidente de la República (ELD 291/LXV-PPA), se acordó por unanimidad, sin discusión, dictaminar en sentido negativo, toda vez que esta quedó sin materia debido a que las personas a quienes se pretendía exhortar ya no son parte del Gobierno de la República. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del VIII punto del orden del día, relativo al análisis y acuerdos para dictaminar la propuesta de punto de acuerdo suscrita por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la ahora denominada Secretaría del Nuevo Comienzo a efecto de que a la brevedad efectúe una metodología participativa que involucre a la población guanajuatense, tendiente a obtener la información relacionada con la estructura, organización y cultura de los pueblos, considerando la autoadscripción indígena y así las comunidades de Don Francisco, Ex Hacienda de Peña Blanca, San Martín de la Petaca, Tierra Blanca de Abajo, ambas de San Miguel de Allende; Fracción de Guadalupe, Peña Blanca Dos y Peña Blanca de Cieneguilla pertenecientes al municipio de Tierra Blanca; San Agustín de Comonfort; Urireo, Salvatierra y demás comunidades que se autoidentifiquen como indígenas, obtengan el reconocimiento, la constancia que permita su inscripción en el Padrón de Pueblos y Comunidades Indígenas de esta entidad federativa (ELD 47/LXVI-PPA), se registraron las intervenciones de las diputadas Plásida Calzada Velázquez y Ana María Esquivel Arrona, para formular propuestas. Por unanimidad se tomaron los siguientes acuerdos: 1. Solicitar a la secretaria del Nuevo Comienzo, informe de manera detallada sobre el estado que guarda el padrón de pueblos y comunidades indígenas en la entidad; la metodología que se ha utilizado para integrar a las comunidades que están pendientes; y sobre las acciones tendientes a ampliar el padrón de pueblos y comunidades del estado de Guanajuato. Información que deberá hacerse llegar en un plazo de 10 días; 2. Solicitar a la representación del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, informe cuántas comunidades se tienen registradas como indígenas en el estado de Guanajuato y qué acciones se están emprendiendo a efecto de incrementar el registro. Información que deberá hacerse llegar en un plazo de 10 días; 3. Solicitar a la secretaria de Derechos Humanos, informe cuántos de los pueblos y comunidades que se citan en la propuesta han solicitado su inscripción en el padrón de pueblos y comunidades indígenas. Ello en el marco de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el estado de Guanajuato. Información que deberá hacerse llegar en un plazo de 10 días. - - - - -
En el desahogo del IX punto del orden del día relativo al análisis y acuerdos para dictaminar la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a los ayuntamientos de Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Salvatierra, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Xichú, mismos que cuentan con comunidades indígenas, para que den cumplimiento al artículo 2, apartado A, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 35 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato; y consulten en todo momento a las comunidades indígenas cuando se pretendan realizar acciones u omisiones administrativas susceptibles de afectar o impactar de manera significativa en su vida, entorno y en general sus derechos, y se ciñan a lo que estipula la Ley para la Protección a los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato en su artículo 12 párrafos segundo y tercero (ELD 80/LXVI-PPA), se registraron las intervenciones de la diputada Plásida Calzada Velázquez y del diputado Jesús Hernández Hernández, para formular propuestas. Por unanimidad se acordó solicitar a los 13 ayuntamientos que se pretende exhortar, información sobre las acciones que han realizado para que efectivamente se tome en cuenta la participación de los pueblos y comunidades indígenas a través de sus representantes, en las sesiones de Ayuntamiento. Toda vez que, si bien no cuentan con voto, si tienen derecho a voz. Y se acompañe la evidencia de que se les ha tomado en cuenta en los asuntos que les competen. Información que deberá hacerse llegar en un plazo de 10 días. - - - - - - - - - - - - - - -
No se registraron participaciones en el punto del orden del día relativo a asuntos generales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Agotados los asuntos listados en el orden del día la presidencia levantó la reunión a las 10:54 horas, e indicó que se citaría para la siguiente por conducto de la secretaría técnica.


PLÁSIDA CALZADA VELÁZQUEZ
Diputada presidenta JESÚS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Diputado secretario

 

En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en la Sala de la Constitución de la biblioteca del recinto oficial del Congreso del Estado se reunieron las diputadas y los diputados que integran la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Sexagésima Sexta Legislatura para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
La secretaría pasó lista de asistencia. Se comprobó el quórum legal con la presencia de las diputadas Plásida Calzada Velázquez, Ana María Esquivel Arrona y Miriam Reyes Carmona; y de los diputados Jesús Hernández Hernández y José Salvador Tovar Vargas. - - -
Se contó con la presencia de la diputada Yesenia Rojas Cervantes. - - - - - - - - - - - - - -
Comprobado el quórum legal, se consignó la hora de inicio de la reunión a las 10:16 horas del 5 de marzo de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se dio lectura al orden del día; mismo que resultó aprobado por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por unanimidad, sin discusión, se aprobó la dispensa de lectura de las minutas 15 y 16 y de los proyectos de metodología ―entregados para desahogar los puntos II y del VI al XI del orden del día―, en virtud de haberse remitido con anticipación. - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del segundo punto del orden del día, se aprobaron por unanimidad, sin discusión, las minutas 15 y 16, levantadas con motivo de las reuniones celebradas los días 19 y 24, y 21 de febrero de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo de la correspondencia, se dio cuenta con los escritos a través de los cuales: 1) El encargado del despacho de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar las fracciones XXXIV y XXXV al artículo 8 de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato (ELD 19/LXVI-I). Se dictó el acuerdo de enterados; 2) El secretario General del Congreso comunica que la Junta de Gobierno y Coordinación Política acordó solicitar a las comisiones legislativas informen sobre las consultas pendientes y las próximas a solicitarse, a efecto de realizar una calendarización. Se dictó el acuerdo de enterados; la presidencia indicó que se informará que mediante oficios de fecha 30 de octubre de 2024, solicitamos anuencia del órgano de gobierno para consultar a infancias y adolescencias las iniciativas de reformas y adiciones a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato identificadas con los números de expediente: (ELD 731/LXV-I), (ELD 751/LXV-I) y (ELD 9/LXVI-I). Así como, en su caso, sobre las consultas que acordemos más adelante en esta reunión. También, se informará que la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Legislatura pasada solicitó anuencia para la consulta a infancias y adolescencias de la iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de adicionar al artículo 3 las fracciones XIX y XXI y al artículo 4 las fracciones XVII y XVIII de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 722/LXV-I); 3) El licenciado Cristian Mendoza Vázquez de Enlace del Movimiento PcD región Celaya remite opinión de las siguientes: iniciativa a efecto de reformar diversos artículos de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato y de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato (ELD 18/LXV-I); iniciativa a efecto de adicionar una fracción III al artículo 21, recorriéndose en su orden las subsecuentes, de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato (ELD 119/LXVI); iniciativa a efecto de reformar los artículos 4 fracciones III y IV, 6 fracciones I y VI, 11 fracción IV, 27 fracción II, 28 fracciones III, VII y IX, y 33 fracción III; y adicionar las fracciones XVIII al artículo 4; XVI al artículo 6, recorriéndose en su orden la subsecuente; y IV al artículo 33 de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato (ELD 702/LXV-I); iniciativa a efecto de adicionar una fracción XIII, recorriéndose en su orden las subsecuentes, al artículo 6 de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato (ELD 725/LXV-I). Se dictó el acuerdo de enterados; 4) El licenciado Sergio Antonio Zavala Rangel del municipio de Romita, solicita a la Gobernadora del Estado apoyo para pavimentar la calle Vicente Guerrero de la Comunidad Las Libres, la cual no está contemplada en las obras anunciadas por el presidente Municipal de dicha localidad. Se dictó el acuerdo de enterados; 5) El profesor investigador de tiempo completo adscrito al Departamento de Educación de la Universidad de Guanajuato remite opinión en relación a la iniciativa a efecto de reformar los artículos 4 fracciones III y IV, 6 fracciones I y VI, 11 fracción IV, 27 fracción II, 28 fracciones III, VII y IX, y 33 fracción III; y adicionar las fracciones XVIII al artículo 4; XVI al artículo 6, recorriéndose en su orden la subsecuente; y IV al artículo 33 de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato. Se dictó el acuerdo de enterados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del cuarto punto del orden del día, se dio cuenta con la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la titular del Poder Ejecutivo del Estado, Libia Dennise García Muñoz Ledo, para que inicie y realice las acciones de coordinación con el gobierno federal, a fin de formalizar los instrumentos jurídicos necesarios en materia de colaboración que garanticen la universalidad y los derechos constitucionales de las personas con discapacidad permanente en la entidad, asegurando la asignación de recursos estatales suficientes para su implementación y cumplimiento progresivo (ELD 77/LXVI-PPA). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del quinto punto del orden del día, se dio cuenta con la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a los ayuntamientos de Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Salvatierra, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Xichú, mismos que cuentan con comunidades indígenas, para que den cumplimiento al artículo 2, apartado A, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 35 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato; y consulten en todo momento a las comunidades indígenas cuando se pretendan realizar acciones u omisiones administrativas susceptibles de afectar o impactar de manera significativa en su vida, entorno y en general sus derechos, y se ciñan a lo que estipula la Ley para Protección a los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato en su artículo 12 párrafos segundo y tercero (ELD 80/LXVI-PPA). - - - -
En el desahogo del sexto punto del orden del día, se aprobó por unanimidad ―con la propuesta formulada por el diputado Jesús Hernández Hernández―, la siguiente metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar un párrafo decimonoveno al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y reformar y adicionar diversas disposiciones a la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 16B/LXVI-I): - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Metodología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Implementación de un mecanismo de consulta a las personas con discapacidad y organizaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
b) Solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Ayuntamientos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría de Derechos Humanos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Señalando como fecha para la remisión de la opinión, el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - -
c) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
d) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa, y a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas un análisis sobre la implicación financiera de la propuesta. Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 10 de abril de 2025.
e) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) Integrar un grupo de trabajo ―para el análisis de la iniciativa y los comentarios u observaciones generados en el proceso de consulta― con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Personas con discapacidad, conforme al mecanismo que se apruebe en fecha posterior.
• Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Secretaría de Derechos Humanos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas. - - - - - - - - - - - - - - -
• Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se celebrarán las mesas de trabajo necesarias con la participación de personas con discapacidad y organizaciones, así como una mesa de análisis para evaluar posibles adiciones o modificaciones al proyecto de dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
g) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen por la Comisión. Donde se considere la participación de las personas con discapacidad y organizaciones. - - - - - - - - -
En el desahogo del séptimo punto del orden del día, se aprobó por unanimidad ―con la propuesta formulada por el diputado Jesús Hernández Hernández―, la siguiente metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de reformar su denominación, así como reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato (ELD 31/LXVI-I): - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Metodología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Consulta previa de la iniciativa a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, mediante procedimientos culturalmente adecuados, informados y de buena fe. - - - - - - - -
b) Solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Ayuntamientos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Consejo Estatal Indígena del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría de Derechos Humanos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Señalando como fecha para la remisión de la opinión, el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - -
c) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
d) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa y a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas un estudio sobre la implicación financiera de la propuesta. Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 10 de abril de 2025.
e) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) Integrar un grupo de trabajo ―para el análisis de la iniciativa y los comentarios u observaciones generados en el proceso de consulta― con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, conforme al mecanismo que se apruebe en fecha posterior. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Consejo Estatal Indígena del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Secretaría de Derechos Humanos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas. - - - - - - - - - - - - - - -
• Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se celebrarán las mesas de trabajo necesarias con la participación de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como una mesa de análisis para evaluar posibles adiciones o modificaciones al proyecto de dictamen. - - -
g) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen por la Comisión. Donde se considere la participación de las personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del octavo punto del orden del día, se aprobó por unanimidad, sin discusión, la siguiente metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar los artículos 11, primer párrafo, fracciones III, IV y V y 12 y adicionar un tercer párrafo al artículo 13 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato (ELD 41/LXVI-I): - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Metodología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Solicitar opinión a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. Señalando como fecha para la remisión de la opinión, el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - -
b) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
c) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa. Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
d) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Integrar un grupo de trabajo ―para el análisis de la iniciativa y los comentarios u observaciones generados en el proceso de consulta― con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del noveno punto del orden del día, se aprobó por unanimidad, sin discusión, la siguiente metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa formulada por la diputada María Eugenia García Oliveros integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII al artículo 8 de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato (ELD 61/LXVI-I): - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Metodología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Presidencia del Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría de Derechos Humanos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Señalando como fecha para la remisión de la opinión, el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - -
b) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
c) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa. Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
d) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Integrar un grupo de trabajo ―para el análisis de la iniciativa y los comentarios u observaciones generados en el proceso de consulta― con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Secretaría de Derechos Humanos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del décimo punto del orden del día, se aprobó por unanimidad ―con la propuesta formulada por el diputado José Salvador Tovar Vargas―, la siguiente metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa formulada por la Gobernadora del Estado a fin de reformar, adicionar y derogar diversos artículos del Código Penal del Estado de Guanajuato, de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato y de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 121B/LXVI-I): - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Metodología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Periodistas, personas y organizaciones defensoras de derechos humanos, a través del vínculo que se habilite en la página del Congreso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - -
• Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Señalando como fecha para la remisión de la opinión, 10 días a partir de la aprobación. -
b) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible por 10 días a partir de la aprobación. - - - - - - - - - - - -
c) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa. Señalando como plazo para la remisión de la opinión, 10 días a partir de la aprobación. - - - - - - - - - -
d) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Integrar un grupo de trabajo ―para el análisis de la iniciativa y los comentarios u observaciones generados en el proceso de consulta― con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del décimo primer punto del orden del día, se aprobó por unanimidad, sin discusión, la siguiente metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa signada por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 133B/LXVI-I): - - - - -
Metodología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Consulta a niñas, niños y adolescentes, previa autorización de la Junta de Gobierno y Coordinación Política. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
b) Solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Ayuntamientos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Fiscalía General del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - -
• Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la promoción, defensa y respeto de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, a través del portal del Congreso. - - -
Señalando como fecha para la remisión de la opinión, el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - -
c) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
d) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa; y a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas un estudio sobre la implicación financiera de la propuesta. Señalando como plazo para la remisión de la opinión y del estudio, el 10 de abril de 2025. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) En su caso, integrar un grupo de trabajo con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Fiscalía General del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Consejería Jurídica del Ejecutivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• La Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Un representante de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas. - - - - - - - - - - - - - - -
• Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
• Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
g) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del décimo segundo punto del orden del día, en seguimiento de la metodología aprobada para el estudio y dictamen de la iniciativa a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato y de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, suscrita por la diputada Irma Leticia González Sánchez integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, ante la Sexagésima Quinta Legislatura, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 278B/LXV-I), la presidencia señaló que se remitió por correo electrónico una tarjeta sobre el cumplimiento de las acciones acordadas en la metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa, así como el comparativo que recoge los comentarios recibidos. Asimismo, y toda vez que la iniciativa pretende garantizar a las personas con discapacidad el derecho a recibir un apoyo económico permanente, y en la metodología aprobada en la Legislatura pasada se acordó realizar, en su caso, un foro de consulta de la iniciativa, propuso consultar a las personas con discapacidad ―previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política―. Se recabó votación de la propuesta de la presidencia, la cual resultó aprobada por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
No se registraron participaciones en el punto del orden del día relativo a asuntos generales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Agotados los asuntos listados en el orden del día la presidencia levantó la reunión a las 10:47 horas, e indicó que se citaría para la siguiente por conducto de la secretaría técnica.


PLÁSIDA CALZADA VELÁZQUEZ
Diputada presidenta JESÚS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Diputado secretario

 

Dictámenes en Comisión Camioncito2

Dictámenes en Comisión
18/03/2026
DICTAMEN QUE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES PRESENTA AL PLENO DEL CONGRESO, DE LA PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO FORMULADA POR DIPUTADAS Y DIPUTADO INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO MORENA A EFECTO DE EXHORTAR A LOS AYUNTAMIENTOS DE APASEO EL ALTO, ATARJEA, COMONFORT, DOLORES HIDALGO CUNA DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, SALVATIERRA, SAN LUIS DE LA PAZ, SAN MIGUEL DE ALLENDE, SANTA CATARINA, TIERRA BLANCA, VALLE DE SANTIAGO, VICTORIA, VILLAGRÁN Y XICHÚ, MISMOS QUE CUENTAN CON COMUNIDADES INDÍGENAS, PARA QUE DEN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 2, APARTADO A, FRACCIÓN XIII DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y ARTÍCULO 35 DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS EN EL ESTADO DE GUANAJUATO; Y CONSULTEN EN TODO MOMENTO A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS CUANDO SE PRETENDAN REALIZAR ACCIONES U OMISIONES ADMINISTRATIVAS SUSCEPTIBLES DE AFECTAR O IMPACTAR DE MANERA SIGNIFICATIVA EN SU VIDA, ENTORNO Y EN GENERAL SUS DERECHOS, Y SE CIÑAN A LO QUE ESTIPULA LA LEY PARA PROTECCIÓN A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS EN EL ESTADO DE GUANAJUATO EN SU ARTÍCULO 12 PÁRRAFOS SEGUNDO Y TERCERO (ELD 80/LXVI-PPA).

DICTAMEN QUE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES PRESENTA AL PLENO DEL CONGRESO, DE LA PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO FORMULADA POR DIPUTADAS Y DIPUTADO INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO MORENA A EFECTO DE EXHORTAR A LOS AYUNTAMIENTOS DE APASEO EL ALTO, ATARJEA, COMONFORT, DOLORES HIDALGO CUNA DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, SALVATIERRA, SAN LUIS DE LA PAZ, SAN MIGUEL DE ALLENDE, SANTA CATARINA, TIERRA BLANCA, VALLE DE SANTIAGO, VICTORIA, VILLAGRÁN Y XICHÚ, MISMOS QUE CUENTAN CON COMUNIDADES INDÍGENAS, PARA QUE DEN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 2, APARTADO A, FRACCIÓN XIII DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y ARTÍCULO 35 DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS EN EL ESTADO DE GUANAJUATO; Y CONSULTEN EN TODO MOMENTO A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS CUANDO SE PRETENDAN REALIZAR ACCIONES U OMISIONES ADMINISTRATIVAS SUSCEPTIBLES DE AFECTAR O IMPACTAR DE MANERA SIGNIFICATIVA EN SU VIDA, ENTORNO Y EN GENERAL SUS DERECHOS, Y SE CIÑAN A LO QUE ESTIPULA LA LEY PARA PROTECCIÓN A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS EN EL ESTADO DE GUANAJUATO EN SU ARTÍCULO 12 PÁRRAFOS SEGUNDO Y TERCERO (ELD 80/LXVI-PPA). A la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables le fue turnada para estudio y dictamen, la propuesta de punto de acuerdo formulada por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a los ayuntamientos de Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Salvatierra, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Xichú, mismos que cuentan con comunidades indígenas, para que den cumplimiento al artículo 2, apartado A, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 35 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato; y consulten en todo momento a las comunidades indígenas cuando se pretendan realizar acciones u omisiones administrativas susceptibles de afectar o impactar de manera significativa en su vida, entorno y en general sus derechos, y se ciñan a lo que estipula la Ley para Protección a los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato en su artículo 12 párrafos segundo y tercero. Analizada la propuesta de referencia, esta Comisión de conformidad con lo dispuesto en los artículos 92 ―fracción VI― y 186 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato rinde el dictamen, con base en las siguientes: C O N S I D E R A C I O N E S PROCESO LEGISLATIVO. En sesión ordinaria del 27 de febrero de 2025 ingresó la propuesta; misma que, con fundamento en el artículo 106 ―fracción VIII― de la abrogada Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, se turnó por parte de la presidencia de la Mesa Directiva a esta Comisión legislativa para su estudio y dictamen. La Comisión en reunión de fecha 5 de marzo de 2025 dio cuenta con la propuesta de punto de acuerdo. Propósito de la propuesta de punto de acuerdo. En las consideraciones de la propuesta se puede leer que: La invasión europea es un hecho histórico caracterizado por la crueldad con que fueron tratados y ultimados a los integrantes de los pueblos originarios, todas las acciones de los invasores tuvieron como objetivo el apropiarse de los recuros naturales y la mano de obra de los nativos para así controlar la fuerza de trabajo y el mercado de los consumidores. La colonización concluyó con las luchas independentistas donde los indígenas tuvieron una amplia participación, pues son precisamente ellos quienes fueron al frente de las luchas y como consecuencia quienes más bajas y sufrimiento padecieron; y si bien los criollos los acompañaron en dichas luchas, también fueron éstos los que se hicieron del poder y una vez en el mismo subordinaron a las poblaciones indígenas, sométiendolas a la miseria, exclusión, y a una serie de vejaciones y tratos indignos. En “casí toda la mitad del siglo XIX, la mayoría de los pueblos indígenas de México estuvieron en armas defendiendo sus derechos hasta que fueron sometidos al consolidarse el Estado Nacional, unas décadas antes de que finalizara el siglo.” Posteriormente ya consolidado el Estado nacional, esto es aproximadamente en 1917, dicho Estado ya no los enfrentó de manera abierta y mediante el uso de las armas tal y como lo venía haciendo, o almenos esa no fue la regla, sino la excepción; el método y estrategia de subrodinación de los criollos dio un giro, ahora buscaron desaparecerlos por la vía institucional, en específico sin contemplarlos en la Constituión Federal y sin otorgarles derechos con efectos jurídicos trascendentes, así como implementando políticas diseñadas para que dejaran de ser indígenas. No obstante y como ya lo habían hecho antes, los pueblos resistieron y resurgieron en las postrimerías del siglo XXI, específicamente el 1 de enero de 1994 con el movimiento armado denominado EZLN en Chiapas y ocuparon la escena nacional, reclamando su reconocimiento como sujetos políticos con derechos colectivos específicos, logrando así derechos pírricos en la Carta Magna y en leyes secundarias. No será sino hasta en el sexenio 2018 - 2024 en que el entonces Presidente de la República el Lic. Andrés Manuel López Obrador, terminó con la simulación de los gobiernos neoliberales y decidió, de manera firme y determinante, hacerle justicia a los pueblos originarios y a los afromexicanos, pues se plantearon diversas reformas y adiciones al artículo 2 de nuestra Carta Magna; así el 30 de septiembre del año 2024, fecha en la que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto presidencial, con el que se dota de una gama de derechos a nuestros hermanos y hermanas indígenas y afromexicanos , a efecto de que por fin después de cinco centurias la anhelada justicia para con ellos sea una realidad. El Decreto de reforma al artículo 2 de la Carta Magna contempla en el apartado A, en la fracción XIII el DERECHO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS A: “Ser consultados sobre las medidas legislativas o administrativas que se pretendan adoptar, cuando estas puedan causar afectaciones o impactos significativos en su vida o entorno, con la finalidad de obtener su consentimiento o, en su caso, llegar a un acuerdo sobre tales medidas.” Por lo que con esta reforma, a partir del 1° de octubre de 2024 pueblos y comunidades indígenas debemos ser consultados por el Poder Legislativo y por sus Ayuntamientos municipales, siempre que éstos pretendan realizar acciones o tomar medidas administrativas que puedan impactar o afectar nuestros derechos. Sin embargo y a pesar del mandato constitucional los gobiernos antidemócratas, amantes del poder, persisten en continuar sometiendo a los pueblos originarios, pues optan por hacer caso omiso al texto constitucional aludiendo falacias como el hecho de que la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y las leyes que de ella emanan no dicen nada respecto al derecho invocado y estipulado en el artículo 2 de la Carta Magna, que en consecuencia no están obligados a aplicar el citado precepto legal en favor de pueblos y comunidades indígenas. Pero nada hay más falso que eso, porque para el caso en particular de nuestra entidad, en fecha 8 de abril de 2011 se publicó en Periódico Oficial del Estado de Guanajuato la Ley para la protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el estado de Guanajuato , la cual en su artículo 35 señala: Derecho a ser consultados Artículo 35. Es derecho de todo pueblo y comunidad indígena ser consultado mediante procedimientos apropiados y, en particular, a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. El estado garantizará el acceso a este derecho y adoptará las medidas necesarias para hacerlo efectivo. A su vez la misma ley a la que aludimos en su artículo 12 señala: Designación de representantes Artículo 12. En los municipios con población indígena, los pueblos y las comunidades indígenas tendrán la facultad de elegir representantes ante el Ayuntamiento respectivo. El Ayuntamiento deberá notificar a la autoridad indígena, con al menos cuarenta y ocho horas de anticipación, sobre la celebración de sesiones del Ayuntamiento en las que se resolverá sobre asuntos que competan al pueblo o a la comunidad que aquella autoridad representa, con el fin de que ésta pueda participar, con voz, en defensa de los intereses de su pueblo o comunidad. Los acuerdos que competan a los pueblos y a las comunidades indígenas, tomados en sesiones en las que no se haya cumplido con la notificación a que se refiere el párrafo anterior, serán nulos. Por lo que resulta innegable que ambos preceptos legales guardan una estrecha relación, pues el artículo 35 garantiza a las comuniades indígenas el derecho a SER CONSULTADAS a traves de sus instituciones representativas; es decir, sean informadas sobre toma de decisiones, medidas administrativas susceptibles de afectarles y que pretendan efectuar los Ayuntamientos; mientras que el artículo 12 es explícito en la forma y modo en que el Ayuntamiento debe notificar a la autoridad indígena sobre sesiones del mismo, en las que se pretenda resolver sobre asuntos que competan al pueblo o a la comunidad que aquella autoridad representa, a efecto de poder presentarse en sesión con voz y estar en posibilidad de defender los intereses de su comunidad. No obstante, suponiendo sin conceder que tal ley no contemplara estos derechos, resulta infundado el hecho de que los Ayuntamientos, no hagan efectivo el mismo en pro de sus comunidades indígenas, toda vez que el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual es Ley Suprema, señala en su transitorio primero que “El presente decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Federación.” Luego entonces, todos los poderes y autoridades de México, a partir del 1 de octubre de 2024, están obligados a aplicar la Constitución Federal. Para garantizar esto, el transitorio segundo señala que a partir de la entrada en vigor de este Decreto, se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en el mismo, advirtiéndose que los artículos de la ley citada no contravienen la ley suprema, sino que la complementan. Resulta por demás inaceptable que a pesar de que desde 2011 se encuentra vigente la Ley para la protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato, la cual se insiste contempla el DERECHO DE CONSULTA a favor de éstos, los gobiernos municipales en cuyo territorio se encuentran asentadas comunidades indígenas se NIEGAN A CONSULTAR A LOS INDÍGENAS CUANDO PRETEDEN REALIZAR ACCIONES O TOMAR MEDIDAS SUSCEPTIBLES DE VULNERAR NUESTROS DERECHOS, y limitarse a consensar la toma de decisiones entre los integrantes del cuerpo edilicio, resultando tal acción en detrimento de las comunidades indígenas pues es violatoria de nuestros derechos humanos, específicamente el derecho a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, con tal acción solo se fomenta la discriminación y se evidencia la necedad de seguir dominando a las poblaciones originarias. CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN. Nuestra ley orgánica señala ―en el artículo 79― que las comisiones legislativas tienen por objeto la elaboración de dictámenes, opiniones o resoluciones de los asuntos que son competencia del Congreso del Estado. Esta comisión legislativa tiene competencia para el conocimiento y dictamen de los asuntos que se refieran a la protección, desarrollo e integración social de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas (artículo 109 ―fracción VIII― de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato). Con fundamento en la fracción VIII del entonces vigente artículo 106, hoy artículo 109 fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, se turnó a esta Comisión legislativa la propuesta de punto de acuerdo. Si bien nuestra ley orgánica no define las propuestas de punto de acuerdo, el Prontuario de términos, prácticas y procedimientos más usados en el trabajo parlamentario, expedido durante la Sexagésima Cuarta Legislatura de este Congreso, apunta lo que debemos entender por estas: Resolución tomada por la mayoría de los legisladores, para establecer la postura política, económica, social o cultural del Congreso en asuntos de interés público que, por su naturaleza, no requieran sanción, promulgación ni publicación (Luna Kan, 2012, p. 3). En este sentido, es que a través del presente dictamen queremos fijar nuestra postura con relación a la materia de este exhorto. La propuesta que se dictamina tiene como propósito ―a decir de las personas diputadas proponentes―, exhortar los diversos ayuntamientos para que den cumplimiento al artículo 2, apartado A, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 35 de la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato; y consulten en todo momento a las comunidades indígenas cuando se pretendan realizar acciones u omisiones administrativas susceptibles de afectar o impactar de manera significativa en su vida, entorno y en general sus derechos, y se ciñan a lo que estipula la Ley para Protección a los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado de Guanajuato en su artículo 12 párrafos segundo y tercero. Previo a emitir pronunciamiento sobre el sentido del dictamen, en reunión de fecha 19 de marzo de 2025 acordamos por unanimidad solicitar a los 13 ayuntamientos que se pretende exhortar, información sobre las acciones que han realizado para que efectivamente se tome en cuenta la participación de los pueblos y comunidades indígenas a través de sus representantes, en las sesiones de Ayuntamiento. Y se acompañe la evidencia de que se les ha tomado en cuenta en los asuntos que les competen. Información que deberá hacerse llegar en un plazo de 10 días. Mediante oficio 567/2025, de fecha 8 de octubre de 2025, la presidenta municipal de Apaseo el Alto remitió la siguiente información: Al respecto, le comunico que hasta el momento no se han tratado temas relacionados a los Pueblos y Comunidades Indígenas ante el Pleno del H. Ayuntamiento, sin embargo se han llevado a cabo reuniones en San Luis de la Paz, Gto., el 9 de agosto de 2025, y en Tierra Blanca, Gto., el 5 de septiembre de 2025, anexo evidencia fotográfica. Mediante oficio PMV/DP/2462/2025, de fecha 10 de octubre de 2025, la presidenta municipal de Villagrán remitió la siguiente información: Por lo que me permito informarle que el Órgano Colegiado que presido, no ha celebrado Sesiones de Ayuntamiento en las que se aborden asuntos que competan al pueblo o a la comunidad indígena de nuestro municipio, ni temas que puedan derivar en la realización de acciones u omisiones administrativas que sean susceptibles de afectar o impactar de manera significativa su vida, entorno y derechos. Sin embargo aprovecho la ocasión para comentarle que la suscrita en todo momento he sido defensora de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, en particular del pueblo asentado en nuestra comunidad de Suchitlan, y bajo esta premisa he girado instrucciones al personal de la administración municipal, para que a través de sus representantes, sean invitados a participar en la celebración de eventos cívicos, como el de día de la conmemoración de la mujer –Indígena; de igual manera se coadyuvó con la elección de la nueva autoridad indígena. Y por otra parte se está participando con la aportación de recurso para el programa del FAISPAIN destinado en apoyo a los pueblos indígenas. Así, quienes integramos esta comisión legislativa revisamos la información remitida por parte de las autoridades y los argumentos que sustentan la propuesta de punto de acuerdo, por lo que determinamos no exhortar a quienes nos compartieron la información solicitada. En tal sentido, hemos determinado que resulta procedente acompañar la proposición de punto de acuerdo, ajustando la redacción para que sea acorde con el marco constitucional y legal vigente. En mérito de lo expuesto, sometemos a consideración de la Asamblea, la aprobación del siguiente: A C U E R D O Único. La Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato acuerda girar atento y respetuoso exhorto a los ayuntamientos de Atarjea, Comonfort, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Salvatierra, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria y Xichú, —municipios que cuentan con pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas—, para que, en el ejercicio de sus competencias y bajo un estricto enfoque de derechos humanos, interculturalidad, perspectiva de género y derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos y comunidades, den pleno cumplimiento al artículo 2o., apartado A, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al artículo 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato; asimismo, garanticen la notificación previa a la autoridad indígena sobre sesiones del Ayuntamiento en las que se pretendan resolver asuntos que competan a los pueblos y comunidades, a fin de garantizar sus derechos, de conformidad con la Ley para la Protección de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en el estado de Guanajuato. Guanajuato, Gto., 18 de marzo de 2026 La Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables Diputada Plásida Calzada Velázquez Presidenta Diputado Jesús Hernández Hernández Secretario Diputada Ana María Esquivel Arrona vocal Diputado David Martínez Mendizábal Vocal Diputado Oscar Enrique González Espinosa Vocal

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