Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

Inicio_whatsapp_image_2024-11-21_at_11.12.49_am

Expediente: 63/LXVI-I

Iniciativa
Reforma Adición

Persona Diputada

LXVI
Primer Año de Ejercicio Legal Primer Periodo Ordinario

Suscripción

Iniciativa mujeres violencia cosificación
Iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato. busca combatir la cosificación para abatir la discriminación y desigualdad a las mujeres

Presentación a Pleno Camioncito2

Presentación a Pleno
21/11/2024

- Diputada Maribel Aguilar González - - Hola que tal, muy buenos días, tengan todos ustedes alumnos, sean todos ustedes, bienvenidos alumnas, el Congreso del Estado de Guanajuato es su casa, con su permiso, diputado, presidente y muchas gracias también a los medios de comunicación que nos apoyan en transmitir lo que se plantee aquí en este congreso voy a tratar de ser breve, quise hacer resumen de lo que voy a presentar pero en realidad es algo muy importante que todo la ciudadanía debemos de tener conocimiento porque pues la problemática sigue y espero no romper el récord de más tiempo, en la participación aquí la tribuna, las mujeres solo por el hecho de ser mujeres, son una provocación, no hace falta tener un cuerpo limitar la forma de vestir de las mujeres en las escuelas o en las oficinas tiene que ver con esta idea. Según la cual son convertidas en distractores para los hombres. Esto además se relaciona con la falsa creencia de que los hombres tienen un deseo sexual incontrolable y que las mujeres deben de ser cautelosas para no provocarlos. Las mujeres en Guanajuato enfrentan múltiples formas de violencia de género, como las restricciones a sus derechos reproductivos, la desigualdad económica y social, las barreras institucionales para acceder a la justicia, entre muchas otras. Aunque ha habido avances en términos de legislación, así como la implementación de políticas públicas y la capacitación de las autoridades y servidores y servidoras públicas, no ha sido suficiente para garantizar a las mujeres que puedan acceder a una vida libre de violencia y discriminación. - El Estado de Guanajuato actualmente vive una crisis de derechos humanos de las mujeres, como hemos mencionado en diversas ocasiones, pues es la entidad que registra más muertes violentas de todo el país. Aunque algunos funcionarios de la oposición digan que ellos tienen otras cifras. No es verdad, seamos conscientes de lo que pasa en nuestro estado de Guanajuato. Además, de registrar un número importante también de también de lesiones dolosas contra las mujeres. Sin embargo, a pesar de ser el feminicidio la forma más extrema que existe de violencia contra las mujeres no es la única. Hay otras formas de violencia que imposibilitan o complejizan el desarrollo libre de las mujeres en la sociedad, formas que son muy comunes y más sencillas de matizar, por no implicar necesariamente un agravio físico, por lo que se suele ignorar o minimizar. Sin embargo, estas implican también un agravio a la dignidad de las mujeres que puedan derivar en delitos mayores. Por lo que, en definitiva, forman parte de todo el sistema patriarcal que sea instaurado de manera global. - La cosificación es un término que se utiliza para describir un acto de violencia que reduce a las mujeres a mercancías u objetos de deseo sexual, poniendo énfasis en sus cuerpos o partes de este, desvinculándolas, a su vez el intelectuales o de sus habilidades como seres humanos. Así pues, la cosificación sexual de las mujeres retribuye en gran medida al fortalecimiento de la misoginia interiorizada en la sociedad, pues cuando las mujeres se cosifican, se perciben y se tratan de una forma menos humana o que las hace ver como merecedoras de la igualdad de derechos y protección. - Las imágenes de mujeres cosificadas abundan, están por todas partes, en los modelos de revistas, en los tipos de calendarios de los mecánicos, dentro de los periódicos de las minas, en los videojuegos y en las películas aparecen hipersexualizadas, como mercancías dispuestas para ser contemplada deseadas y consumidas. Estas formas de discriminatorias contra las mujeres llegan también a limitar el valor de una mujer de acuerdo con su apariencia física o de acuerdo con que tanto encaje con los estándares de belleza socialmente establecidos. Produciendo estereotipos que dañan y trasmiten ideas, así pues, hemo sido testigos en múltiples ocasiones, de como por ejemplo los medios de comunicación, Así como periodistas independientes, u opinologos han normalizado la revictimización u sexualización de mujeres, reduciéndolas a su cuerpo o ha partes del mismo, así como a la propia actividad sexual, lo que a su vez produce que se les desvincule de su intelecto y de sus habilidades, así como de su dignidad. Solo por poner un ejemplo, recientemente nuestra compañera de partido y Senadora Andrea Chávez, así como nuestra compañera de partido María Luisa Alcalde, han sido víctimas de la divulgación de imágenes creadas en la finalidad de reducir sus personas a objetos sexuales. Inclusive derivado del anterior, la Senadora Andrea Chávez, emprendió acciones legales contra el agresor, que se encargó de promover la sexuación de su persona y de ministrarla como mujer política. - Casos como estos hay mucho, lo comento aquí porque pues son personas cercanas que actualmente padecieron, de este tipo de acoso, el estudio ya citado, denominado revisión de la publicidad en México, su relación con la equidad de género, las normas de género y la violencia contra las mujeres y las niñas, los hombres que participan frecuentemente en conductas de cosificación, como observar el cuerpo de una persona, hacer gestos o sonidos sexuales degradantes que enunciar el deseo o gusto sexual por el cuerpo de una persona, etcétera, tienen más posibilidad de ser reportados como perpetradores de violencia sexual, lo que resulta sumamente preocupante, además, la intelectualización de las mujeres en anuncios de publicidad o promoción de películas de productos de belleza, entre otras mercancías, puede producir que las mujeres, jóvenes y niñas se sientan presionadas o hacer lo necesario para encajar en los estándares de belleza, poco realista, lo que a su vez puede producir una baja autoestima o alimentar sentimientos de depresión y vergüenza. ¿Cuántas veces nosotros como mujeres? Incluso también ha habido hombres, pero es más frecuente las mujeres que suframos este tipo de comparación, lo vemos en las revistas, en las publicaciones, vemos a personas, modelos, edecanes, que las vemos hermosas y quisiéramos vernos en la misma manera. Nos queremos comparar, pero al no tener un resultado satisfactorio nos sentimos vulnerables, incluso hasta el autoestima se nos baja. - De acuerdo con el trabajo de revisión ya citado, se identificó que en los anuncios publicitarios de la televisión y de los medios digitales en México en 2019 y 2021, de forma significativa fueron malos personajes, mujeres que los hombres, quienes se mostraron cosificados asimismo, se identificó que eran malas mujeres a las que se les mostraba con ropa reveladora que los hombres dentro de los anuncios y por si no fuera poco, aunque en proporciones menores de los niños y las niñas, que fueron mostrados con ropa reveladora. Se destaca que el 0.5% eran niñas y mujeres jóvenes, mientras que no hay ningún porcentaje, caso de hombre, joven o niño. - Así pues, consideramos que estas conductas deben visibilizarse, reconocerse y nombrarse para así poder emprender acciones desde todos los ámbitos posibles para su erradicación. Con esta propuesta que presentamos hoy, buscamos un paso más adentro del largo camino que queda para la erradicación de todas las formas de violencia. En este sentido, en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, asimismo, tipos de violencia psicológica, física, patrimonial, económica, sexual, laboral, docente, obstétrica, feminicidas, política por acoso digital, institucional, simbólica, mediática, vicaria y estética. - Lo anterior ha permitido que se tenga una visión más amplia, más amplia, de lo que implica la violencia de género para las mujeres, pues se da cuenta de que básicamente en todos los ámbitos de sus vidas están vulnerables a que se ejerza algún tipo de violencia contra ellas, lo que produce diversos tipos de afectación y por lo tanto se requieren diversas formas de atención. Particularmente, entre los tipos de violencia que se reconocen se encuentra la violencia simbólica y la violencia mediática, las cuales se entiende, de acuerdo con nuestra ley en el artículo 5, como la violencia simbólica. Es la expresión, emisión o difusión por cualquier medio de discursos, mensajes, patrones estereotipados, signos, valores icónicos e ideas que transmiten, reproducen, justifican o naturalizan la subordinación, desigualdad, discriminación y violencia contra las mujeres en la sociedad. La violencia mediática es la acción u omisión realizada a través de cualquier medio de comunicación que, de manera directa o indirecta, promueve la sumisión a explotación de mujeres, estereotipos sexistas que haga apología de la violencia contra las mujeres adolescentes y las niñas, la cosificación de sus cuerpos, produzca o permita la producción y difusión de discursos de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres o contenidos que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atentan contra su autoestima, salud, integridad, dignidad, libertad o seguridad, este tipo de violencia, si bien no implican conducir a casos de violencia física de manera automática o directa, sin contribuyen a reforzar colectivamente la cultura de la discriminación, de la misoginia y del machismo normalizado, además refuerza la construcción de ciertos patrones de conducta que limitan la desigualdad de género, como es la cosificación. - De esta forma, la presente propuesta busca introducir el concepto de codificación a la definición del tipo de violencia simbólica, así como ampliar la definición de violencia mediática en lo relativo a la producción y difusión de discursos para incluir la cosificación. Así mismo, se propone incluir la definición de cosificación dentro del artículo 2, lo anterior con la finalidad de reforzar nuestra legislación en favor de las mujeres, combatiendo esta forma de perpetuar acciones o patrones estereotipadas que producen discriminación y desigualdad de las mujeres y que a su vez, impide su libre desarrollo, la presente iniciativa, en atención a lo establecido en el en el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo para el Estado de Guanajuato y para dar cumplimiento, se establecen los impactos siguientes: - Impacto Jurídico.- De aprobarse la presente propuesta se adicionará una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes, del artículo 2 y se reformarían las fracciones 14 y 15 del artículo 5 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato. - Impacto Social.- De aprobarse la presente propuesta se estaría combatiendo, la cosificación como una formar de perpetuar acciones o patrones, estereotipadas que producen discriminación y desigualdad, de las mujeres. - Por lo anterior expuesto, me permito someter a consideración de esta Soberanía lo siguiente: - Decreto - Único.- Se adiciona una fracción tercera, recorriéndose en su orden las subsecuentes del artículo 2 y se reforma la fracción 14 y 15 del artículo 5 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, para quedar en los términos siguientes: - Artículo 2.- Para los efectos de esta ley se entenderá por tercera cosificación, tratar, considerar, reducir o pensar a las mujeres, adolescentes y niñas o su cuerpo o partes de esto, como bien u objeto, y no como la persona misma, con identidad, ideas, sentimientos voluntad derechos y necesidades propias. La codificación se puede encontrar en cualquier tipo o modalidad de violencia contra las mujeres. - Es cuanto señor Presidente


Buscan establecer el concepto de cosificación y considerarla como violencia

Guanajuato, Gto. – El grupo parlamentario del Partido MORENA presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato para establecer el concepto de cosificación.

Recepción en Comisión Camioncito2

Recepción en Comisión
13/12/2024

Metodologías Camioncito2

Metodologías
13/12/2024

Metodología de trabajo para el estudio y análisis, de la iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por la que se reforman las fracciones XIV y XV del artículo 5 y se adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 2 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato (ELD 63/LXVI-I).

 

Se propone la siguiente:

 

Metodología

 

1. Remisión de la iniciativa para solicitar opinión, por medio de correo electrónico, a:    

● Fiscalía General del Estado; 

● Consejería Jurídica del Ejecutivo;

● Instituto para las Mujeres Guanajuatenses; y

● Diputadas y diputados integrantes de esta LXVI Legislatura.

 

Señalando como plazo para la remisión de las opiniones, 30 días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la solicitud.

 

2. Subir la iniciativa al portal del Congreso para consulta y participación ciudadana, por el término de 30 días hábiles.

 

3. Elaboración, por parte de la secretaría técnica, de un comparativo y concentrado de observaciones que se formulen a la iniciativa.

 

4. Reunión de la Comisión para la Igualdad de Género con los entes consultados para seguimiento de la metodología de trabajo y, en su caso, acuerdos.

 

5. Reunión de la Comisión para la Igualdad de Género para discutir el proyecto de dictamen de la iniciativa y, en su caso, dejarlo a disposición para que se agende en la sesión ordinaria correspondiente.

 

Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
Fiscalía General del Estado 30/01/2025 No rendida
Consejería Jurídica del Ejecutivo 30/01/2025 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
Instituto para las Mujeres Guanajuatenses 30/01/2025 No rendida
Correspondencias, Minutas, Actas

Dictámenes en Comisión Camioncito2

Dictámenes en Comisión

Dictamenes / Decretos Camioncito2

Dictamenes / Decretos