Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 768/LXV-I

Iniciativa
Reforma

Persona Diputada

LXV
Tercer Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

  • Morena Partido_version_front_morena_s
  • Diputado_redondo_prieto_gallardo Ernesto Alejandro Prieto Gallardo
  • presupuesto órganos autónomos funciones sociedad
    Iniciativa formulada por el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar la fracción IV del artículo 136 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato. A efecto de establecer limitaciones a la disposición de los presupuestos de los órganos autónomos, evitando incida esta situación en disminuir o demeritar el cumplimiento de sus funciones esenciales, en detrimento de la sociedad.

    Presentación a Pleno Camioncito2

    Presentación a Pleno
    27/06/2024

    Diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo - Muy buenas tardes a todo el público presente ya son tardes y a todos los que nos están observando escuchando a través de las diferentes plataformas y medios de comunicación, el que suscribe diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo, con fundamento en el artículo 56, fracción II, de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 167, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo para el Estado de Guanajuato, me permito someter a la consideración de esta Asamblea para su aprobación, la presente iniciativa de reforma con proyecto de decreto por el que se reforma la base cuarta del artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, de conformidad con la siguiente: - Exposición de motivos: - Los sistemas de pensiones son fundamentales para cualquier sociedad, teniendo incidencia estos en aspectos económicos, sociales y de bienestar individual y familiar, los sistemas de pensiones proporcionan un ingreso regular a los individuos, una vez que se cumple con los requisitos que actualizan su jubilación, lo que permite mantener un nivel de vida adecuado y no depender únicamente de los ahorros personales, que en muchos casos son mínimos o inexistentes especialmente se puede señalar que los sistemas de seguridad social contribuyen a prevenir la pobreza entre las personas mayores, quienes con la disminución de capacidades físicas tienen regularmente menores oportunidades de generar ingresos por su cuenta debido a la edad o por problemas de salud, son por ende, una forma de contribuir a la estabilidad social. - Es un hecho que al tenerse una pensión las personas pueden vivir con mayor tranquilidad, sin la constante preocupación por su situación económica futura, son un mecanismo que permite a quienes se jubilan acceder a servicios y cuidados que de otro modo podrían no poder pagar mejorando su calidad de vida, al proporcionarles un ingreso a quienes se jubilan, se contribuye a la economía nacional porque existe un soporte financiero, constante que impulsa el consumo de bienes y servicios. - Los sistemas de pensiones demuestran el compromiso del gobierno con el bienestar de sus ciudadanos, lo que fortalece la confianza pública, en las instituciones, sin embargo, lamentablemente en nuestro país parece que existen dos grandes grupos de jubilaciones, por una parte las que ordinariamente han venido recibiendo el grueso de la población que mediante la reforma de 1995 que entró en vigor en el 97, modificó el sistema solidario que existía previamente, a un modelo de cuentas individuales administradas por afores, incrementándose en las semanas de cotización de 500 a 1,250, además de que la pensión ya no se estaba en función del salario, sino del ahorro de cada trabajadora o trabajador. - Esto tuvo como consecuencia, por ejemplo, que una persona que tenía un salario de 10 mil pesos, al jubilarse recibiría una pensión de 2,700 pesos, lo que afortunadamente el Gobierno Federal actual, con las reformas recientes está revirtiendo a favor de estos pensionados -que son millones de mexicanas y mexicanos-. - Por otra parte, están las jubilaciones de los altos funcionarios de los poderes públicos, como por ejemplo, el Poder Judicial de la Federación, quienes mediante la integración de fideicomisos ha sido de conocimiento público, recién de esta situación comenzaron desde hace varios años a acumular recursos para otorgarse complementos a sus pensiones, recibiendo de ese modo una pensión que iguala casi el 100% de su último sueldo, muy por encima de las pensiones a que accede la mayoría de la población. - Asimismo, en este método de usar y abusar de los recursos públicos por parte de funcionarios que tienen salarios casi iguales o superiores al del Presidente de la República, violando la Constitución, se ha replicado en órganos autónomos, el esquema de crear sistemas complementarios de pensiones, con la finalidad de que especialmente los altos funcionarios de estos accedan a pensiones que representan casi el 100% de su último sueldo. - En el caso de nuestro Estado, ya son públicos y conocidos los casos de la Universidad de Guanajuato durante la decadente gestión de Luis Felipe Guerrero Agripino, quien mediante una reforma al sistema de pensiones de la universidad aseguró especialmente para sí mismo y altos funcionarios universitarios incondicionales suyos, el pago de pensiones propias de una burocracia privilegiada y recientemente se ha conocido de la creación de un sistema complementario de seguridad social por parte de la Fiscalía General del Estado, que está, bajo la conducción del muy, muy, cuestionado Fiscal General, Carlos Zamarripa, son estos casos de abuso y privilegio los que deben evitarse en los órganos autónomos, para lo que se plantea la reforma constitucional aquí propuesta. - A efecto de satisfacer lo establecido en el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, por lo que hace; al - Impacto jurídico, se reforma la base cuarta del artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato. - Impacto administrativo, no existe. - Impacto presupuestario, el impacto presupuestal de esta iniciativa es en beneficio de un mejor uso y aprovechamiento de los recursos públicos que debe aplicarse y utilizarse esencialmente, en las funciones principales de los órganos autónomos. - Impacto social, se establecen limitaciones a la disposición de los presupuestos de los órganos autónomos, evitando incida esta situación en disminuir o demeritar el cumplimiento de sus funciones esenciales en detrimento de la sociedad. - Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a consideración este Pleno para su aprobación el siguiente: - Decreto. - Artículo único. Se reforma la base cuarta del artículo 136 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, para quedar como sigue: - Artículo 136, no podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido, no podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el presupuesto o en ley posterior. - Base cuarta. No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, ni liquidaciones por servicios prestados, como tampoco préstamos o créditos, sin que estas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo, estos conceptos no formarán parte de la remuneración. - Quedan excluidos los servicios de seguridad que requieran los servidores públicos por razón del cargo desempeñado. - Lo que pretendemos que se agregue sería lo siguiente: - Los sistemas complementarios de seguridad social o equivalentes que implementen los órganos autónomos no podrán otorgar beneficios o prestaciones que superen en más de un 25% el salario promedio de cotización, del Instituto Mexicano del Seguro Social o del Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato, ni podrán comprender. Perdón, ni podrán comprometer más de un 0.25% de su presupuesto anual, mediante la implementación de este tipo de sistemas. - Artículo transitorio. - Único el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, lo que pretende Zamarripa no se vuelva a llevar a cabo nunca en el Estado de Guanajuato. - Es cuanto muchas gracias.


    Proponen iniciativa para evitar altas pensiones de funcionarios de órganos autónomos

    Guanajuato, Gto. – El diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, con la finalidad de evitar casos de abuso y privilegio por parte de altos funcionarios de los órganos autónomos en materia de pensiones.

    Recepción en Comisión Camioncito2

    Recepción en Comisión
    16/07/2024

    Metodologías Camioncito2

    Metodologías
    16/07/2024

    Metodología de análisis y estudio de la iniciativa formulada por el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar la fracción IV del artículo 136 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato.
    ELD 768/LXV-I


    1. Se remitirá vía electrónica para opinión a la Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado, al Poder Judicial, a los organismos autónomos reconocidos por la Constitución y por ley, a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato y a los 46 ayuntamientos quienes contarán con un término de 20 días hábiles, para remitir los comentarios y observaciones que estimen pertinentes
    .
    2. Se establecerá un enlace en la página web del Congreso del Estado donde se acceda a la iniciativa para efecto de consulta y aportaciones ciudadanas.

    3. Se integrará un documento que consolidará todas las propuestas emitidas en las consultas por escrito o vía electrónica que se hayan remitido previamente a la Comisión para el análisis de la iniciativa. Dicho documento será con formato de comparativo.

    4. Se celebrará una mesa de trabajo para analizar las observaciones remitidas, a través del documento comparativo.

    5. Se presentará un proyecto de dictamen para que sea analizado en reunión de la Comisión.

    Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
    Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado 14/08/2024 No rendida
    Poder Judicial (Supremo Tribunal de Justicia del Estado) 14/08/2024 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Organismos autónomos reconocidos por la Constitución y por ley: Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato 14/08/2024 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Instituto Electoral del Estado de Guanajuato 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Fiscalía General del Estado de Guanajuato 14/08/2024 No rendida
    Universidad de Guanajuato 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Auditoría Superior del Estado de Guanajuato 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    46 ayuntamientos: Ayuntamiento de San Diego de la Unión 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Doctor Mora 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Yuriria 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Santiago Maravatío 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Apoyo a la Función Edilicia de León 14/08/2024 Rendida en tiempo Ver detalle
    Ayuntamiento de Coroneo 14/08/2024 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de San Francisco del Rincón 14/08/2024 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Irapuato 14/08/2024 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Celaya 14/08/2024 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Ayuntamiento de Romita 14/08/2024 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Actividades
    Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
    Reunión de la Comisión para radicar y aprobar metodología de estudio y dictamen. 16/07/2024 11:00 VIDEOCONFERENCIA
    Correspondencias, Minutas, Actas

    Dictámenes en Comisión Camioncito2

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    Dictamenes / Decretos Camioncito2

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