Datos Generales del expediente Legislativo
Expediente: 767/LXV-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno
Diputado Alejandro Arias Ávila - Con el permiso de la Presidencia, compañeras diputadas y compañeros diputados a quienes nos ven a través de medios virtuales, a quienes están aquí presentes y en especial a los alumnos y alumnas de la (UNITEC) bienvenidos, acudo a esta soberanía a presentar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IV, de la Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios, a fin de incorporar la concientización de las niñas, niños y jóvenes sobre el peligro de realizar acciones promovidas en medios cibernéticos que constituyan violencia escolar o cyberbullying y pongan en peligro su salud y su vida o la de terceros, recibir mensajes de acoso, amenazas de algún familiar, amigo, compañero, jefe, pareja e incluso un desconocido y tener miedo de que esa se cumplan, recibir insultos o agresiones físicas por mínimas que sean, constituyen el el bullying, fenómeno que está presente entre los estudiantes. - Así, dada la evolución de las tecnologías de la información y las redes sociales, el bullying ha pasado a ser una de las principales preocupaciones de quienes integran la comunidad educativa, debido a los niveles que ha alcanzado, sobre todo, la que se presenta en infancia y adolescencia, en tal sentido, maestras y profesores son figuras claves ante cualquier situación de violencia escolar, especialmente a la hora de detectarla, mediar en la resolución de conflictos y tomar medidas preventivas. - Sin embargo, esta responsabilidad no debe recaer solo en el ámbito escolar, sino en el entorno de esta, como es el seno familiar, por lo que se debe involucrar más activamente en la prevención y detención de este tipo de violencia a los padres de familia, tutores o quienes ejerzan la patria potestad. - Por eso, debe entenderse que la violencia es el uso intencional de la fuerza física o el poder contra una persona, grupo o comunidad que tiene como resultado un daño psicológico, físico y en su expresión más grave hasta la muerte, de ahí la necesidad de generar conciencia, para erradicarla. - Así, según la etapa social en que esté la persona, quienes ejecutan la violencia se diversifica, en la primera infancia, hasta los 5 años suele ser a manos de los padres o cuidadores como método de disciplina, en la edad escolar, de 6 a 11 años, puede venir del personal docente, como castigo corporal o humillaciones, y entre los estudiantes en forma de acoso o bullying y en la adolescencia, de 12 a 17 años, se da en entornos sociales como la escuela o la vía pública, pues en ambas suceden 8 de cada 10 agresiones contra niños, niñas y jóvenes, por ello, es importante la prevención de la violencia en general, mediante acciones como identificar las causas y los factores de riesgo, generar y fomentar ambientes de respeto, expresar siempre nuestra postura, escuchar y creer a los demás, sobre todo si se trata de una víctima, educar a la comunidad y a las familias, fomentar el pedir ayuda, buscar atención y servicios adecuados y reconocer las señales de violencia. - Ahora bien, en el ámbito escolar, este tipo de violencia se denomina como bullying, consistente en conductas de asedio, falta de respeto, maltrato físico o verbal que un estudiante sufre reiteradamente por parte de uno u otros compañeros, con el objetivo de Intimidarlo, excluirlo o incluso atentar contra su dignidad, en definitiva, se le priva de un ambiente escolar bueno y sano. - Así, este tipo de violencia se distingue de otras formas de maltrato porque es continua, hay un desequilibrio de poder y existe intencionalidad, sin embargo, en los últimos años, el bullying ha dado lugar a casos conocidos en todo el mundo en el que las víctimas vulneradas y humilladas hasta límites insoportables han acabado suicidándose. Pero también otra manifestación de esta violencia silenciosa como el aislamiento o vacío online, bullying online y tiene una potencialidad dañina, igual o de mayor impacto que al que el acoso directo. - Por lo anterior, en la fracción parlamentaria del PRI, estamos convencidos de la urgencia de la intervención legislativa a efecto de prevenir, la violencia escolar o bullying, así como el cyberbullying, estableciendo una prevención adicional en el artículo 29-I de la Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios, debido a la imperante necesidad de proteger a las ciber víctimas, porque las consecuencias asociadas a estas manifestaciones de violencia atentan contra la integridad, la dignidad, la salud y la vida de las niñas, niños y jóvenes, en donde el daño se traduce en ansiedad, depresión, ideación suicida, estrés, miedo, baja autoestima, ira y frustración. - Entre muchos otros, que al final disminuyen su calidad de vida en cualquier ámbito, por otra parte, los ciber agresores muestran falta de empatía, conducta agresiva y hasta delictiva, alta incidencia en el consumo de drogas lícitas o ilícitas, dependencia de las tecnologías y, entre otras, ausentismo escolar. - Por ello, es trascendental mitigar la existencia de este tipo de conductas mediante la intervención de los padres de familia, tutores o quienes ejerzan la patria potestad sobre el menor, para que lleven a cabo en el seno familiar acciones dirigidas a la concientización de los menores sobre el peligro de realizar estas conductas en medios cibernéticos como actuaciones violentas que ponen en peligro su vida, su salud, su vida o la de los demás. - Para ello proponemos que esta obligación se plasme mediante la adición de una nueva fracción IV, en el artículo 29-I de la Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar, de nuestra entidad, pues no podemos seguir siendo omisos ante los peligros que en apariencias invisibles van apagando la luz y la llama de las niñas, niños y jóvenes, a veces hasta extinguirlos. - Es cuanto muchas gracias Presidente.
Pretenden involucrar a quienes ejercen la responsabilidad parental en la prevención del peligro de las redes sociales
Guanajuato, Gto. – Con el propósito de proteger a los menores de edad para que en el uso de internet o redes sociales no realicen, ni reciban agresiones que puedan poner en riesgo su salud, su vida o la de terceros, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa de reforma a la Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar para el Estado de Guanajuato y sus Municipios.
Recepción en Comisión
Metodologías
Metodología
1. Remitir la iniciativa para efectos de su consulta, con fecha límite de respuesta el 13 de agosto del año en curso a:
• La Coordinación General Jurídica,
• La Secretaría de Educación,
• La Asociación Estatal de Padres de Familia
2. Establecer un micrositio en la página web del Congreso del Estado para consulta ciudadana de la iniciativa, hasta el día 13 de agosto del año en curso.
3. Integrar el análisis de la presente iniciativa a la metodología para el estudio de la iniciativa que crea Ley de Convivencia Escolar Pacífica en el Estado de Guanajuato (64476), por el impacto que la misma tiene sobre la Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, con la finalidad de sumarla a su dictaminación.
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
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Ejecutivo del Estado (SEG y Coord. Gral. Jca.) | 13/08/2024 | No rendida | ||
Asociación Estatal de Padres de Familia | 13/08/2024 | No rendida |
Dictámenes en Comisión
Dictamenes / Decretos