Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 403/LXV-PPA

Proposiciones de Punto de Acuerdo

Persona Diputada

LXV
Tercer Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

  • PVEM Partido_version_front_pvem_s
  • Punto de acuerdo JUZGADO REGIONAL ADMINISTRATIVA REGULACIÓN
    Propuesta de punto de acuerdo suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México por el que se exhorta a diversos municipios del estado, a poseer la mínima integración de los juzgados administrativos municipales, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para que estos puedan prestar sus funciones; en su defecto, lleven a cabo la asociación y coordinación entre sí para crear un Juzgado Administrativo Regional y Defensoría de Oficio Regional en materia administrativa municipal; así como para que se lleve a cabo la regulación interna de los Juzgados Administrativos Municipales

    Presentación a Pleno Camioncito2

    Presentación a Pleno
    08/05/2024

    Diputado Juan Carlos Oliveros Sánchez Muy buenos días a todas y todos con el permiso de la Presidencia y de la Mesa Directiva, saludo con mucho gusto a mis compañeras y compañeros diputados, a los asesores, a los medios de comunicación, al equipo técnico de este congreso y a las y los ciudadanos que nos siguen por vías remotas. - Quienes suscribimos, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la Sexagésima Quinta Legislatura del Estado de Guanajuato, con fundamento en el artículo número 204, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, ponemos a su consideración de este Honorable Asamblea, el presente punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los municipios del Estado de Guanajuato a garantizar el derecho de acceso a la justicia administrativa, previsto en el artículo 117 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, al tenor de la siguiente: - Exposición de motivos: - La administración pública municipal, como sabemos, desempeña un papel fundamental en la vida de las personas y de las comunidades, pues se encuentra íntimamente relacionada con el ejercicio de derechos, la prestación de servicios públicos y el cumplimiento de obligaciones por parte de las autoridades municipales. - En ese sentido, abordar el tema de la justicia administrativa resulta una tarea de primer orden, ya que sin el conjunto de instrumentos jurídicos y procesales, que tutelen los derechos de los particulares frente de la administración pública, favorecemos la injusticia, el atraso y la ilegalidad. - La reforma constitucional al artículo 115 de diciembre de 1999, enunció que, en las leyes en materia municipal expedidas por las legislaturas locales, se deben incluir los medios de impugnación y los órganos para dirimir las controversias entre dicha administración y los particulares, con sujeción, a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad. - Acordé al texto constitucional, el marco jurídico vigente que rige a la justicia administrativa municipal en Guanajuato se encuentra fundamentado en el artículo 117 de nuestra Constitución Local, el cual establece que, la justicia administrativa en los municipios del estado se impartirá a través de un órgano jurisdiccional administrativo de control de legalidad en todos los municipios, dotado de autonomía para dictar sus fallos y cuya actuación se sujetará a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad. - Así también la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 241, establece la obligatoriedad a todos los municipios del estado, consistente en tener al menos 1 juzgado administrativo municipal y cito. - En cada municipio existirá al menos un juzgado administrativo municipal, con el personal y los recursos materiales y presupuestales adecuados y necesarios para el ejercicio de su función en los términos del presente título. - Una vez establecido lo anterior, podemos afirmar que el acceso a la justicia administrativa municipal es un derecho que se debe de garantizar tal cual lo mandata nuestro ordenamiento jurídico a través de los juzgados administrativos municipales, pero como bien sabemos, y la experiencia nos los demuestra, no basta con el reconocimiento de los derechos para hacerlos realidad. - Como muestra de ello, abordamos en esta materia particular, la realidad de nuestro Estado es que en 22 de los 46 municipios no existen juzgados administrativos municipales, mismos que son: Abasolo, Atarjea, Manuel Doblado, Comonfort, Cortazar, Doctor Mora, Dolores Hidalgo, Huanímaro, Jaral del progreso, Jerécuaro, Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Tarandacuao, Tierra Blanca, Víctoria, Villagrán, Xichú. -También existen otros casos en donde los juzgados administrativos municipales existen, pero, sin el personal y recursos suficientes que obligan las leyes, pues operación se reduce únicamente a la presencia de un juez municipal, sin que exista la estructura mínima que prevé el artículo 245 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en este supuesto figuran los municipios de Moroleón, San Diego de la Unión y San Felipe. - Otro de los matices en esta materia que presentan diversos municipios de nuestro Estado es la de no contar con regulación interna que defina la estructura administrativa y establezca con claridad las funciones de los juzgados administrativos en sus respectivas jurisdicciones, como es el caso de 19 de ellos que incumplen con su obligación constitucional reglamentaria en esta materia. - Finalmente, de los municipios que no cuentan con defensorías de oficio en materia administrativa como lo obliga el artículo 254 de la Ley Orgánica Municipal, destacamos que solo 9 de 46 municipios cuentan con esta instancia municipal, estamos pues ante una situación, en la que diversos ayuntamientos son omisos en atender lo mínimo indispensable para garantizar el acceso a la justicia administrativa de sus gobernados. - De tal forma, que el presente exhorto puede contribuir de manera importante a fortalecer el Estado de Derecho en el Estado de Guanajuato y sus municipios, y principalmente a disminuir la brecha existente entre lo que dispone el marco normativo y nuestra realidad. - Porque no puede haber crecimiento, y desarrollo sin justicia, les pedimos su apoyo de este letargo institucional a los ayuntamientos del Estado de Guanajuato. - Gracias.


    Llaman a establecer los Juzgados Administrativos Municipales

    Guanajuato, Gto. –  El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México formuló un punto de acuerdo para exhortar a diversos municipios del estado, a poseer la mínima integración de los juzgados administrativos municipales, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para que estos puedan prestar sus funciones; en su defecto, lleven a cabo la asociación y coordinación entre sí para crear un Juzgado Administrativo Regional y Defensoría de Oficio Regional en materia administrativa municipal; así como para que realicen la regulación interna de los Juzgados Administrativos Municipales.

    Recepción en Comisión Camioncito2

    Recepción en Comisión
    08/05/2024

    Metodologías Camioncito2

    Metodologías
    Actividades
    Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
    Se acordó el sentido del dictamen 22/01/2025 11:00 Biblioteca Constitucional del Congreso del Estado
    Correspondencias, Minutas, Actas

    Dictámenes en Comisión Camioncito2

    Dictámenes en Comisión
    25/02/2025
    PUNTO DE ACUERDO SUSCRITA POR LA DIPUTADA Y EL DIPUTADO INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MéXICO POR EL QUE SE EXHORTA A DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO, A POSEER LA MíNIMA INTEGRACIóN DE LOS JUZGADOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES, DE CONFORMIDAD CON LA LEY ORGáNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, PARA QUE ESTOS PUEDAN PRESTAR SUS FUNCIONES; EN SU DEFECTO, LLEVEN A CABO LA ASOCIACIóN Y COORDINACIóN ENTRE Sí PARA CREAR UN JUZGADO ADMINISTRATIVO REGIONAL Y DEFENSORíA DE OFICIO REGIONAL EN MATERIA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL; ASí COMO PARA QUE SE LLEVE A CABO LA REGULACIóN INTERNA DE LOS JUZGADOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES

    En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en la Biblioteca Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato se reunieron la diputada y los diputados que integran la Comisión de Asuntos Municipales de la Sexagésima Sexta Legislatura, para llevar a cabo la reunión de instalación previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La secretaría por instrucciones de la presidencia pasó lista de asistencia. Se registró la presencia de la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia y los diputados Ernesto Millan Soberanes, Juan Carlos Romero Hicks, José Salvador Tovar Vargas y Carlos Abraham Ramos Sotomayor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Comprobado el quórum legal, se consignó como hora de inicio de la reunión las once horas con diez minutos del veintidós de enero de dos mil veinticinco. - - - - - - - - - - - Acto continuo y toda vez que se remitió con anticipación el proyecto de orden del día, se dispensó su lectura y sometió a consideración el mismo, no se registraron participaciones; una vez lo cual se recabó la votación, resultando aprobado por unanimidad al computarse cuatro votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Previa aprobación de dispensa de lectura fue aprobada por unanimidad sin discusión la minuta número tres, levantada con motivo de la reunión del veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La secretaría por instrucciones de la presidencia dio cuenta con las comunicaciones y correspondencia recibidas: Único. Integrantes de los ayuntamientos de: Irapuato, San Luis de la Paz, San Francisco del Rincón, Romita y Uriangato, Guanajuato, remiten respuesta a la solicitud de información en relación a la propuesta de punto de acuerdo a efecto de exhortar a los 46 ayuntamientos y sus autoridades para que, a la brevedad, acaten y adecuen sus instrumentos normativos de acuerdo a lo establecido en la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios; acordando. Darse por enterados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La presidencia tuvo por radicadas la iniciativa y las propuestas de los puntos de acuerdo enlistadas del punto cuarto al sexto del orden del día: Iniciativa signada por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a fin de adicionar el artículo 118 Bis a la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato. (ELD 114/LXVI-I); Punto de acuerdo formulada por diputadas y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por el que se exhorta a los alcaldes y alcaldesas de Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Salvatierra, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Tierra Blanca, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán y Xichú para que, a la brevedad, realicen acciones tendientes a crear y, en su caso, adicionar o modificar la reglamentación para garantizar los derechos en favor de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, en la elección de delegados y subdelegados y a fin de contemplar la Comisión de Atención a Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. (59/LXVI-PPA); Punto de acuerdo suscrita por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano a efecto de exhortar a los 46 municipios del Estado de Guanajuato para que, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 25, fracciones I y III; incisos w, d, y e de la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios de Guanajuato, así como en lo estipulado en la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios, realicen un análisis partiendo de la economía de la ciudadanía, verificando los impactos económicos que se tendrían con un aumento a las tarifas del transporte público; así también para que, en un plazo no mayor a 90 días, informen a esta soberanía sobre la adecuación y expedición de los reglamentos y demás disposiciones para su cumplimiento, en materia de armonización con la reciente reforma a la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios. (64/LXVI-PPA). La presidencia abordó el séptimo punto del orden del día en lo referente a los incisos a y b sobre el desarrollo inmobiliario denominado La Cucursola, y propuso solicitar información a las autoridades que se pretenden exhortar hasta por un término de 10 días hábiles; con la finalidad de tener un contexto amplio y contar con la información necesaria para dictaminar estos puntos de acuerdo radicados en la comisión. De igual manera, en los términos señalados respecto al punto de acuerdo citado en el inciso c, referente al exhorto a los 46 municipios sobre conformar las comisiones municipales con pluralidad, proporcionalidad y paridad de género; solicitarles información con la misma temporalidad, con la finalidad de conocer su integración en los términos de la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato. Se registró la participación del diputado Juan Carlos Romero Hicks. Agotada la intervención, se sometió a consideración la propuesta y resultó aprobada por unanimidad. La presidencia instruyó materializar el acuerdo al secretario técnico. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En seguimiento a las metodologías de estudio y dictamen de los puntos de acuerdo. a) Formulado por el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo integrante el Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, para que en atención a sus facultades y atribuciones, inicie a la brevedad un procedimiento de revisión y análisis del estatus que guardan actualmente los avances en la implementación de los Juzgados Cívicos municipales en el Estado, a través de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública y de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración del Estado y, en consecuencia, se establezca e impulsen mecanismos de asesoría, planeación y financiamiento para generar la infraestructura necesaria en los municipios con el objetivo de que se cumpla con la implementación de la Justicia Cívica municipal; (237/LXV-PPA) y, b) Suscrito por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México por el que se exhorta a diversos municipios del estado, a poseer la mínima integración de los juzgados administrativos municipales, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para que estos puedan prestar sus funciones; en su defecto, lleven a cabo la asociación y coordinación entre sí para crear un Juzgado Administrativo Regional y Defensoría de Oficio Regional en materia administrativa municipal; así como para que se lleve a cabo la regulación interna de los Juzgados Administrativos Municipales. (403/LXV-PPA); la presidencia instruyó la elaboración del dictamen en sentido negativo ante la entrada en vigencia de la Ley para el Gobierno y Administración de los municipios. - - - - - En el punto noveno del orden del día, se analizó la propuesta del punto de acuerdo suscrita por el diputado David Martínez Mendizábal integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA por el que se exhorta al Presidente Municipal de Celaya, a efecto de que además de aceptar la Recomendación 113VG/2023 emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos por las violaciones graves a los derechos humanos contra vecinas y vecinos de la comunidad de Rincón de Tamayo de dicho Municipio, dé cumplimiento completo a la misma en el tiempo más breve posible. (318/LXV-PPA). Se registraron las intervenciones del diputado Juan Carlos Romero Hicks y Ernesto Millan Soberanes; agotadas las participaciones, la presidencia instruyó la elaboración del dictamen en sentido positivo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En el apartado correspondiente a asuntos generales, no se registraron participaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Agotados los asuntos listados en el orden del día, la presidencia levantó la reunión a las once horas con treinta y siete minutos de la fecha de su inicio y comunicó a la diputada y diputados que se les citará para la siguiente reunión por conducto de la secretaría técnica. Doy fe. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Ernesto Millán Soberanes José Salvador Tovar Vargas Diputado Presidente Diputado Secretario

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