Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 717/LXV-I
Suscripción
Presentación a Pleno
Diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes - Gracias presidente con su permiso, saludo con mucho gusto a mis compañeras, compañeros, diputados, le doy la bienvenida a nuestros nuevos compañeros que hoy han tomado protesta, y de igual forma, saludo a las personas que el día de hoy nos acompañan aquí en este recinto y a las que nos ven a través de los medios digitales, acudo a esta soberanía a presentar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma la fracción IV, y se adiciona una fracción V, al artículo 23 de la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato, para establecer como hipótesis de crueldad, y maltrato hacia los animales, la matanza o sacrificio de animales para abasto en establecimientos que no cuenten con las autorizaciones, avisos o permisos necesarios, para operar o utilizar sustancias tóxicas o métodos abrasivos para producir lesiones, la muerte o deshacer los restos de animales, conforme a la siguiente: - Exposición de motivos. - A lo largo de la historia, los animales se encuentran presentes en la evolución de la humanidad, sea como alimento, transporte, apoyo en la seguridad, experimentación en la ciencia, espectáculo, deporte y compañía, la utilidad proporcionada por los animales a nuestra especie humana ha sido invaluable, por tanto, al ser seres vivos es necesaria su protección jurídica para prevenir actos de maltrato, crueldad e incluso extinción en algunas especies, hoy en día es necesario legislar sobre el cuidado de los animales y sancionar la violencia o maltrato y la crueldad que se ejerce sobre estos, esto porque se ha relacionado el maltrato animal con el comportamiento humano proclive al delito, debido a la evolución en el estudio de las personas previo al delito, y que en el siglo XXI ha avanzado en forma significativa. - Así, el maltrato animal es un comportamiento que ejerce el autor hacia su mascota, que pueda causar sufrimiento, estrés o incluso puede llevarlo a la muerte, por esto, el tema del maltrato y crueldad contra los animales, es abordado por diversas disciplinas como la psicología criminal, y la criminología, en este orden de ideas, el maltrato animal, es a la vez, un factor que predispone a la violencia social y al mismo tiempo una consecuencia de esta, por eso, es importante frenar comportamientos violentos o de crueldad sobre los animales, porque constituyen un factor de riesgo, a que produzca la violencia social, así, una persona que abusa de un animal es innegable que no sienta empatía hacia otros seres vivos y tiene mayor riesgo de generar violencia hacia otras personas, la asociación psiquiátrica americana la considera como uno de los diagnósticos para determinar desórdenes de conducta, si un niño nos habla sobre el maltrato a su animal de compañía, podría estar hablándonos también de su propio sufrimiento, también debe tomarse en cuenta que la crueldad origina violencia y la violencia delincuencia. - En un estudio, hecho en Estados Unidos, se comprobó que no todos los maltratadores de animales se convierten en asesinos en serie, pero todos los asesinos en serie tienen antecedentes de maltrato a animales, un dato revelador es que los animales son a menudo maltratados a suerte de venganza, sobre todo por parte de hombres que maltratan a sus parejas, en hogares abusivos, el 86% de mujeres que tenían un animal de compañía, un 80% refirió que sus animales eran también víctimas de malos tratos por parte de su pareja, en tal orden de pensamiento, algunas de las formas de maltrato y crueldad animal están asociadas a los golpes, lesiones, gritos en excesos, restricciones de movimientos o no darles atención veterinaria. Según especialistas en la mente humana, esta conducta podría estar asociada a los impulsos hacia alguien o algo en particular, en el cual se toma al animal como el objeto reemplazante. - Aunque sea muy triste decirlo, las secuelas físicas que se pueden ver en los animales llegan a ser profundamente indignantes, tales como fracturas, quemaduras en la piel, mutilaciones en extremidades y lesiones en cadera y columna vertebrales, entre otras, sobre este tema, México ocupa el tercer lugar mundial en maltrato animal y el primero en Latinoamérica en cuanto a animales que se encuentran en situación de calle. - Conforme a lo señalado, es por lo que esta fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, está comprometido con la protección de los animales, debido a que la violencia contra estos seres vivos y la crueldad que ejerce el ser humano sobre ellos, son focos de alarma que deben ser atendidos, prevenidos y sancionados por las legislaciones administrativa o penal, en su caso. En esta entidad, la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato, en su artículo 23, señala cuatro supuestos de crueldad y maltrato animal. -Sin embargo, existe un problema actual que se debe resolver, pues dicho precepto no contempla entre estos supuestos la matanza o sacrificio de animales de consumo o no, que se realiza fuera de regulaciones estatales o municipales, es decir, en la clandestinidad, y que por tanto no utilizan las técnicas que hagan sufrir lo mínimo posible a los animales sacrificados, sino que utilizan procedimientos rudimentarios que incrementan en el sufrimiento de los animales, cuyos restos no son regulados bajo normas sanitarias y menos aún observan la regulación, reglamentación correspondiente, a efecto de no afectar la salud de los consumidores, al realizar el transporte de sus restos. - Por lo que los iniciantes consideramos, que estas conductas señaladas deben ser incorporadas como hipótesis ilegales de maltrato y crueldad animal, al carecer de permisos, autorizaciones y no cumplen con dar los avisos sanitarios, o tramitar ante las autoridades ganaderas, o municipales, sus permisos o autorizaciones, para transportar a los animales. - La presente iniciativa cumple con los requisitos establecidos por el artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato. - Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de este Honorable Congreso, el siguiente: - Decreto. - Único.- Se reforma la fracción IV, y se adiciona la fracción V, al artículo 23 de la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato, para quedar como sigue: - Artículo 23, se consideran actos de crueldad y maltrato hacia los animales. - Fracción IV, abandonar a los animales en la vía pública, o desatenderlos por periodos prolongados en bienes de propiedad de particulares, comprometiendo su bienestar; - Y fracción V, la matanza o sacrificio de animales para abasto en establecimientos que no cuentan con las regulaciones, avisos o permisos necesarios para operar o utilizar sustancias tóxicas o métodos abrasivos para producir lesiones, la muerte o deshacer los restos de animales, transitorios, artículo único, el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato. - Es cuanto Presidente.
Pretenden que se considere como crueldad animal la matanza en sitios no autorizados
Guanajuato, Gto. – Con la finalidad de considerar como actos de crueldad y maltrato hacia los animales la matanza o sacrificio para abasto en establecimientos que no cuenten con las autorizaciones, avisos o permisos necesarios para operar o utilizar sustancias tóxicas o métodos abrasivos para producir lesiones, la muerte o deshacer los restos de animales, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional formuló una iniciativa de reforma a la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato.
Recepción en Comisión
Metodologías
16 de mayo de 2024
ELD 717/LXV-I
-
Remitir para opinión la iniciativa con la intención de recibir, en su caso, observaciones y comentarios en un plazo que no exceda del 7 de junio de 2024 a:
- Los 46 ayuntamientos del Estado de Guanajuato, y
- La Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado
- Habilitar un enlace en la página web del Congreso del Estado donde se acceda a la iniciativa, para efecto de consulta ciudadana y, en su caso, la recepción de aportaciones por un plazo que no exceda del 7 de junio del 2024.
- Elaboración de un documento en el que se concentren las opiniones y comentarios con formato de comparativo con relación a la iniciativa, mismo que se circulará a las personas integrantes de la Comisión de Medio Ambiente.
- Instalación de la mesa de trabajo para el análisis de la iniciativa y los comentarios formulados, conformada por quienes integran la Comisión de Medio Ambiente, las diputadas y los diputados de esta Legislatura que deseen asistir y representantes de la Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado, así como los asesores y la secretaría técnica.
- Reunión de la Comisión de Medio Ambiente, en su caso, para acuerdos del proyecto de dictamen; y
- Reunión de la Comisión de Medio Ambiente para la discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen.
Página 1 de 1
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
---|---|---|---|---|
Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado | 07/06/2024 | No rendida | ||
46 ayuntamientos del Estado de Guanajuato Ayuntamiento de San Miguel de Allende | 07/06/2024 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Yuriria | 07/06/2024 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Centro de Control de Asistencia Animal del municipio de Silao de la Victoria | 07/06/2024 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Irapuato | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de San Francisco del Rincón | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Dirección General de Apoyo a la Función Edilicia de León | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Santiago Maravatío | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Moroleón | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Uriangato | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de San Diego de la Unión | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Celaya | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Romita | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Doctor Mora | 07/06/2024 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Abasolo | 07/06/2024 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Cortazar | 07/06/0001 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión
Dictamenes / Decretos