Datos Generales del expediente Legislativo
Expediente: 589/LXV-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno
-Diputada Ruth Noemi Tiscareño Agoitia- Buenos días, les saludo con mucho gusto, compañeras y compañeros diputados, con el permiso de la presidencia, el día de hoy asumo esta tribuna con el objeto de exponer la siguiente propuesta legislativa, que además quiero agradecer a mi compañero Secretario de la Secretaría de Adultos Mayores de mi partido a Pedro Álvarez Viveros, quienes juntos vamos a presentar varias iniciativas, los derechos sociales se presentan como expectativas relacionadas a la obtención y satisfacción de necesidades básicas como el trabajo la salud, la vivienda, la educación, la asistencia social, a los adultos mayores entre muchos otros, para cada uno de los estados, el reconocimiento de estas expectativas en las constituciones y tratados internacionales les obliga a llevar acciones positivas y negativas, es decir, hacer o no hacer, encaminadas a la satisfacción de las mismas. - En este sentido, las constituciones de los estados han establecido en su contenido una serie de disposiciones de derechos fundamentales, que a partir de su estructura normativa según convenga a través de reglas o principios permitan a las autoridades el cumplimiento inmediato o mediato del contenido del derecho bajo una óptica de doctrina de Robert Alexy, los derechos sociales fundamentales pueden ser atendidos como derechos prestacionales, en el sentido estricto esto quiere decir que es la obligación que se traduce en dar un recurso o un servicio, es decir, implica un coste económico al estado para su efectiva materialización en el andamiaje de la propuesta que se somete a su consideración podrán apreciarse las críticas que se han desarrollado en contra de los derechos sociales, estas críticas van desde considerar a los derechos sociales como integrantes de una generación posterior a los derechos civiles y políticos, como considerarlos no fundamentales al señalar que no cuentan con garantías o mecanismos de protección o que incluso son derechos que cuestan dinero, mientras que los derechos civiles y políticos no son costosos, en réplica a las críticas señaladas se han desarrollado argumentos que evidentemente los vencen, de manera muy breve podemos mencionar que en estos tiempos no podemos hablar de una clasificación de los derechos pues estos son vistos como una unidad que les permite relacionarse los unos con los otros y que como todos los derechos, los derechos sociales sí cuentan con mecanismos que hacen efectiva su materialización, pues dado su reconocimiento constitucional las propias constituciones de los estados cuentan con medios de control constitucional, que permiten realizar un reclamo o instaurar una acción en contra de las autoridades ante la violación de los preceptos constitucionales que los contienen. En nuestro país, el juicio de amparo la acción de inconstitucionalidad y controversias constitucionales el juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano por mencionar algunos y sobre la crítica que considera a los derechos sociales costosos podemos señalar que todos los derechos cuestan, no solo los sociales, sino también los civiles y los políticos y basta apreciar los recursos que en este Congreso aprobamos para que se organicen las elecciones y se garantice el derecho a votar y ser votado de todas las personas. - De la misma manera resulta necesario señalar el criterio de regularidad constitucional desarrollado por la Suprema Corte dentro de la contradicción de tesis 293/2011 donde a través de este criterio se vincula a todas las autoridades sin distinguirlas en la materia que es de su competencia, a observar que toda norma o acto de autoridad se apegue a la promoción respeto garantía y protección de los derechos humanos. - Por lo anterior, uno de los derechos sociales reconocidos en la Constitución Federal, así como desarrolladas en diversas vertientes en la Constitución Local, al igual que en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato, es el que corresponde a habitar un albergue o una casa de estancia donde se cuente con personal necesario en medicina, psicología, enfermería, trabajo social, gerontología, sociología, así como áreas de cocina y comedor, dormitorios, áreas de recreo y esparcimiento, este derecho y correlativa prestación social para las personas adultas mayores resulta de vital importancia para aquellas personas que no tienen un hogar o bien no tienen una familia o cuentan con graves problemas de integración familiar y carencia de medios indispensables para su subsistencia. - En las últimas semanas, en el estado, se han escuchado noticias donde centros de asistencia para personas adultas mayores se encuentran a punto de cerrar sus puertas por falta de recursos necesarios que permitan su operación y servicio de asistencia social y ejemplo de ello es, en ciudad Manuel doblado donde en abril de este año cerró sus puertas del asilo Jesús mires misericordioso y en la capital del estado, donde el asilo Cosme Olivares Torres, cerrará de manera definitiva, el próximo 31/10/2023, el cierre de operaciones de estos centros asistenciales cuya similitud es que son operados por particulares, debe de ser motivo de atención por parte de las autoridades, del estado y de los municipios y aún más cuando existen disposiciones normativas que establecen la protección de las personas adultas mayores. - En ese sentido, la finalidad de la presente propuesta legislativa, es establecer, que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Guanajuato, deberá de llevar a cabo de manera progresiva la creación de albergues y casas de estancia en los 46 municipios del estado, ello como una vinculación que permita la creación de centros tan necesarios para las personas adultas mayores por parte del estado y los municipios, conforme al principio de progresividad de los derechos, es decir, utilizando el máximo de los recursos disponibles. Lo anterior implica una modificación o reforma al primer párrafo del artículo 46 de la ley, que si bien refiere implementar estos espacios no lo asocia a los 46 municipios del estado, ni mucho menos vincula a las autoridades a la previsión de un albergue o casa de estancia para la atención de las personas adultas mayores en su territorio, con esta nueva redefinición de la norma, el derecho al albergue o a una casa de estancia para las personas adultas mayores para pasar a ser algo más que una mera declaración normativa, es también evidente que como refiere Cass Sunstein “nada que cueste dinero puede ser absoluto” para ello, debe atenderse al principio de progresividad, es decir, a los recursos disponibles para realizar el cometido de la norma, además no pasa desapercibido que de conformidad con el artículo 28 de la Ley de los Derechos para las Personas Adultas Mayores del Estado de Guanajuato, la aplicación de la propuesta legislativa que se establece se podrá llevar a cabo a través de la suscripción de convenios con municipios del estado y sobre todo, que el artículo cuarto de la referida ley, ya mandata la previsión presupuestal y administrativa del Poder Ejecutivo y los ayuntamientos para garantizar el cumplimiento de la ley, se estima sumamente necesario que podamos distinguir dirigir nuestra mirada legislativa hacia las personas adultas mayores de nuestro estado, pues de acuerdo con los datos más recientes de Guanajuato cuenta con más de 500 mil personas adultas mayores, evidentemente todos pasaremos por esa etapa de la vida, que no para, todos, es como lo declamaba Amado Nervo, en su poema “En paz muy cerca de mi ocaso yo te bendigo vida, porque nunca me diste ni esperanza fallida ni trabajos injustos, ni pena inmerecida porque veo al final de mi rudo camino que yo fui el propio arquitecto de mi propio destino, que si extraje las mieles o la hiel de las cosas fue porque en ellas puse hiel o mieles sabrosas, cuando planté rosales, coseché siempre rosas” es decir, la vida y sus condiciones son distintas para todos, es ahí donde a quienes en el ocaso de los años y ante las dificultades de no tener un hogar o bien que de tenerlo cuentan con graves problemas de integración familiar o de todas aquellas personas que no cuentan con los medios indispensables para su subsistencia un albergue o una estancia pública en sus municipios es la opción idónea de protección de su condición humana y de su bien más fundamental su propia dignidad. - Es cuánto.
Proponen creación de albergues y estancias para los adultos mayores
Con el objetivo de crear albergues y casas de estancia en los 46 municipios del estado en beneficio de las personas de la tercera edad, el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una propuesta de reforma a la Ley de los Derechos para las Personas Adultas Mayores del Estado de Guanajuato.
Recepción en Comisión
Metodologías
Iniciativa.
Iniciativa suscrita por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para reformar el primer párrafo del artículo 46 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (ELD 589/LXV-I).
Metodología.
a) Solicitar opinión a:
• Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.
• Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Guanajuato.
• Consejo Estatal de las Personas Adultas Mayores.
• Coordinación General Jurídica.
Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 18 de diciembre de 2023.
b) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 18 de diciembre de 2023.
c) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa y a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas un estudio sobre la implicación financiera de la propuesta. Señalando como plazo para la remisión, el 18 de diciembre de 2023.
d) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica.
e) En su caso, integrar un grupo de trabajo con:
• Diputadas y diputados que deseen sumarse.
• Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.
• Un representante de la Coordinación General Jurídica.
• Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas.
• Un representante de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas.
• Asesores y asesoras de la Comisión.
• Secretaría técnica.
f) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen.
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
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Instituto de Investigaciones Legislativas de este Congreso | 18/12/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas de este Congreso | 18/12/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Procurador de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato | 18/12/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
El doctor Charles Ysaacc Da Silva Rodrigues, profesor de tiempo completo del departamento de Psicología, División de Ciencias de la Salud, campus León, de la Universidad de Guanajuato | Ver detalle |
Actividades
En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en la Sala de la Constitución del recinto oficial del Congreso del Estado se reunieron las diputadas y los diputados que integran la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Sexagésima Quinta Legislatura para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se acordó que asumiera la secretaría el diputado José Alfonso Borja Pimentel. - - - - - - -
La secretaría pasó lista de asistencia. Se comprobó el quórum legal con la presencia del diputado David Martínez Mendizábal, de manera presencial; y de la diputada Katya Cristina Soto Escamilla y de los diputados Gustavo Adolfo Alfaro Reyes y José Alfonso Borja Pimentel, a través de herramienta tecnológica. Se registró la inasistencia de la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, misma que se calificó de justificada por la presidencia en virtud del escrito remitido previamente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Comprobado el quórum legal, se consignó la hora de inicio de la reunión a las 09:12 horas del 28 de agosto del año 2024. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se dio lectura al orden del día; mismo que, al ser sometido a consideración, resultó aprobado por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del segundo punto del orden del día, previa dispensa de su lectura aprobada por unanimidad, sin discusión, se aprobaron en los mismos términos las minutas 60, 61 y 62, levantadas con motivo de las reuniones celebraras los días 5, 6 y 10 de junio del año en curso.
En el desahogo del tercer punto del orden del día relativo a la correspondencia recibida, se dio cuenta con los escritos a través de los cuales: 1) El secretario general del Congreso informa que fue presentado -el 26 de junio- ante la Junta de Gobierno y Coordinación Política, el estudio técnico-jurídico realizado respecto a los procesos de consulta previamente aprobadas por el órgano de gobierno, refiriendo que conforme a lo ahí expuesto resulta factible avanzar en los trabajos preparatorios del ejercicio, esto es la definición de las medidas objeto de consulta, así como la recopilación de información relacionada con los sujetos de las consultas, conforme a la tarjeta Informativa anexa; 2) El secretario general comunica que la Junta de Gobierno y Coordinación Política otorgó la anuencia para convocar a representantes del Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato; de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato; y de la Coordinación General Jurídica, a la reunión del grupo de trabajo que analizará 3 iniciativas de reforma a la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato; 3) El procurador de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato remite respuesta a la solicitud de información, sobre si algún integrante del Consejo Consultivo de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato es servidor público; 4) El Procurador de los Derechos Humanos del Estado y el director del Instituto de Investigaciones Legislativas remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar una fracción XIII, recorriéndose en su orden las subsecuentes, al artículo 6 de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato (ELD 725/LXV-I); 5) La coordinadora general jurídica del Gobierno del Estado remite respuesta a la consulta de tres iniciativas de reforma a la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato, identificadas con los números de expedientes: ELD 266/LXV-I, ELD 582/LXV-I y ELD 678/LXV-I; 6) El encargado del despacho de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado y el director del Instituto de Investigaciones Legislativas remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de adicionar al artículo 3 las fracciones XIX y XXI y al artículo 4 las fracciones XVII y XVIII de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 722/LXV-I); 7) El doctor Charles Ysaacc Da Silva Rodrigues, profesor de tiempo completo del departamento de Psicología, División de Ciencias de la Salud, Campus León, de la Universidad de Guanajuato, remite comentarios a 4 iniciativas de reforma a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato, identificadas con los números de expedientes: 64447, 334A/LXV-I, 589/LXV-I y 666A/LXV-I. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del cuarto punto del orden del día se dio cuenta con la iniciativa suscrita por las diputadas Dessire Angel Rocha y Yulma Rocha Aguilar a fin de reformar los artículos 66, último párrafo, y 95, segundo párrafo; y adicionar la fracción VII al artículo 85, de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; así como adicionar la fracción VIII al artículo 11 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del quinto punto del orden del día, previa dispensa de su lectura aprobada por unanimidad, sin discusión, se sometió a consideración en lo general el dictamen de las iniciativas: 1) Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, mediante la cual se adicionan diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (64447); 2) Formulada por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, a efecto de reformar, adicionar y derogar diversos artículos de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato, del Código Civil para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primer ordenamiento (ELD 334A/LXV-I); 3) Suscrita por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para reformar el primer párrafo del artículo 46 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (ELD 589/LXV-I); 4) Signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato (ELD 666A/LXV-I), en la parte correspondiente al primer ordenamiento. Se registraron las intervenciones de la diputada Katya Cristina Soto Escamilla y del diputado José Alfonso Borja Pimentel, para hablar en contra, y de este último para proponer un dictamen en sentido negativo; así como del diputado David Martínez Mendizábal para hablar a favor. Agotadas las intervenciones se recabó votación. No se aprobó el dictamen presentado, al computarse el voto a favor del diputado David Martínez Mendizábal. Se aprobó con el voto de la diputada Katya Cristina Soto Escamilla y de los diputados Gustavo Adolfo Alfaro Reyes y José Alfonso Borja Pimentel, dictaminar en sentido negativo. - - - -
En el apartado de asuntos generales no se registraron participaciones. - - - - - - - - - - - - - -
Agotados los asuntos listados en el orden del día la presidencia levantó la reunión a las 09:41 horas, e indicó que se citará para la siguiente por conducto de la secretaría técnica. - - - - - -
DAVID MARTÍNEZ MENDIZÁBAL
Diputado presidente JOSÉ ALFONSO BORJA PIMENTEL
Diputado vocal en funciones de secretario
En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en la Sala de la Constitución del recinto oficial del Congreso del Estado se reunieron las diputadas y los diputados que integran la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Sexagésima Quinta Legislatura para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
La secretaría pasó lista de asistencia. Se comprobó el quórum legal con la presencia del diputado David Martínez Mendizábal, de manera presencial; y de las diputadas Esther Hernández Contreras y Katya Cristina Soto Escamilla, y de los diputados Gustavo Adolfo Alfaro Reyes y José Alfonso Borja Pimentel, a través de herramienta tecnológica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Comprobado el quórum legal, se consignó la hora de inicio de la reunión a las 14:05 horas del 5 de junio del año 2024. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se dio lectura al orden del día; mismo que, al ser sometido a consideración, resultó aprobado por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Para el desahogo de los puntos segundo y cuarto del orden del día, y toda vez que se remitieron con anticipación la minuta número 59 y la propuesta de metodología, se aprobó por unanimidad, sin discusión, su dispensa de lectura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del segundo punto del orden del día se aprobó por unanimidad, sin discusión, la minuta número 59, levantada con motivo de la reunión celebrada el 22 de mayo del año en curso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del tercer punto del orden del día relativo a la correspondencia recibida, se dio cuenta con los escritos a través de los cuales: 1) El secretario general del Congreso comunica que la Junta de Gobierno y Coordinación Política otorgó anuencia para la consulta -de manera conjunta- de la iniciativa a efecto de adicionar una fracción XIII, recorriéndose en su orden las subsecuentes, al artículo 6 de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato (ELD 725/LXV-I). Se dictó el acuerdo de enterados; 2) El secretario general del Congreso comunica que la Junta de Gobierno y Coordinación Política acordó modificar el acuerdo relacionado con las consultas conjuntas de diversas iniciativas a las personas con discapacidad, turnadas a esta comisión legislativa y a las comisiones de Justicia y de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura. Se dictó el acuerdo de enterados; 3) El Procurador de los Derechos Humanos del Estado y el director del Instituto de Investigaciones Legislativas remiten respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de reformar los artículos 4 fracciones III y IV, 6 fracciones I y VI, 11 fracción IV, 27 fracción II, 28 fracciones III, VII y IX, y 33 fracción III; y adicionar las fracciones XVIII al artículo 4; XVI al artículo 6, recorriéndose en su orden la subsecuente; y IV al artículo 33 de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato (ELD 702/LXV-I). Se dictó el acuerdo de enterados. La respuesta será materia de análisis en el proceso de dictaminación de la iniciativa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del cuarto punto del orden del día se dio cuenta con la iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar los artículos 27-1, fracción X; 27-4 párrafo segundo; 98-1, párrafos segundo y tercero; y 98-2, fracciones IV y X; y adicionar el artículo 98-3 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 731/LXV-I). - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del quinto punto del orden del día, se dio cuenta con la iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de adicionar las fracciones VIII y IX al artículo 19, recorriendo en su orden la subsecuente, así como un artículo 55-1 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 751/LXV-I). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del sexto punto del orden del día, se aprobó por unanimidad -con las propuestas del diputado José Alfonso Borja Pimentel-, la siguiente metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de adicionar al artículo 3 las fracciones XIX y XXI y al artículo 4 las fracciones XVII y XVIII de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 722/LXV-I): - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Metodología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Consulta a niñas, niños y adolescentes, previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
b) Solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Supremo Tribunal de Justicia del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato. - - -
Sistema de Protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato.
Coordinación General Jurídica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Señalando como fecha para la remisión de la opinión, el 5 de julio de 2024. - - - - - - - - - - - - - - - - -
c) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 5 de julio de 2024. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
d) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa. Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 5 de julio de 2024. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) En un ejercicio de participación ciudadana, celebrar reuniones con organizaciones que compartan su visión en el tema de la iniciativa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
g) Integrar un grupo de trabajo con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Un representante del Supremo Tribunal de Justicia del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - -
Un representante de la Coordinación General Jurídica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
h) Mesa de trabajo interna de diputadas y diputados, con asesores, previo a la dictaminación. - - -
i) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del séptimo punto del orden del día, relativo al seguimiento de las iniciativas: suscrita por la diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a fin de reformar y adicionar diversos artículos de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato (ELD 266/LXV-I); formulada por la diputada Dessire Angel Rocha de la Representación Parlamentaria del Partido Movimiento Ciudadano a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato (ELD 582/LXV-I); y formulada por el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato (ELD 678/LXV-I), se acordó por unanimidad, tras haberse remitido los comparativos de las iniciativas: 1. Celebrar una reunión con periodistas, organizaciones y personas expertas en el tema de derechos humanos, relacionadas con los temas de las 3 iniciativas, tal como se planteó en las metodologías aprobadas. El registro de participantes se hará a través de un formulario que se publique en la página del Congreso, mismo que estará disponible hasta el 17 de junio. De haber registro de participantes, la reunión tendrá verificativo el 19 de junio, a las 9:00 horas, en el recinto legislativo; 2. La mesa de trabajo con autoridades, para analizar las 3 iniciativas, tendrá verificativo el 26 de junio, a las 9:00 horas. Ello previa anuencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, pues implica la presencia de representantes del Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato; de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato; y de la Coordinación General Jurídica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del octavo punto del orden del día, relativo al seguimiento de las iniciativas: 1) Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, mediante la cual se adicionan diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (64447); 2) Formulada por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, a efecto de reformar, adicionar y derogar diversos artículos de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato, del Código Civil para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primer ordenamiento (ELD 334A/LXV-I); 3) Suscrita por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para reformar el primer párrafo del artículo 46 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (ELD 589/LXV-I); 4) Signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato (ELD 666A/LXV-I), en la parte correspondiente al primer ordenamiento. Se acordó por unanimidad la celebración de una mesa interna de asesores, el 14 de junio, a las 9:00 horas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el apartado de asuntos generales no se registraron participaciones. - - - - - - - - - - - - - -
Agotados los asuntos listados en el orden del día la presidencia levantó la reunión a las 14:28 horas, e indicó que se citará para la siguiente por conducto de la secretaría técnica. - - - - - -
DAVID MARTÍNEZ MENDIZÁBAL
Diputado presidente JOSÉ ALFONSO BORJA PIMENTEL
Diputado secretario
En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en la Sala de la Constitución del recinto oficial del Congreso del Estado se reunieron las diputadas y los diputados que integran la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Sexagésima Quinta Legislatura para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
La secretaría pasó lista de asistencia. Se comprobó el quórum legal con la presencia de la diputada Esther Hernández Contreras y del diputado David Martínez Mendizábal, de manera presencial; y de la diputada Katya Cristina Soto Escamilla y de los diputados José Alfonso Borja Pimentel y Gustavo Adolfo Alfaro Reyes, a través de herramienta tecnológica. - - - - - - - - - - - - - - - -
Comprobado el quórum legal, se consignó la hora de inicio de la reunión a las 9:12 horas del 9 de mayo del año 2024. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se dio lectura al orden del día; mismo que, al ser sometido a consideración, resultó aprobado por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Para el desahogo de los puntos segundo y sexto del orden del día, y toda vez que se remitieron con anticipación la minuta número 57 y el proyecto de dictamen, se aprobó por unanimidad, sin discusión, su dispensa de lectura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del segundo punto del orden del día se aprobó por unanimidad, sin discusión, la minuta número 57, levantada con motivo de la reunión celebrada el 24 de abril del año en curso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del tercer punto del orden del día se dio cuenta con la iniciativa suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de adicionar al artículo 3 las fracciones XIX y XXI y al artículo 4 las fracciones XVII y XVIII de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 722/LXV-I). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del cuarto punto del orden del día se dio cuenta con la iniciativa suscrita por el diputado Pablo Alonso Ripoll integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar una fracción XIII, recorriéndose en su orden las subsecuentes, al artículo 6 de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato (ELD 725/LXV-I). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del quinto punto del orden del día, con relación a las iniciativas: suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, mediante la cual se adicionan diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (64447); formulada por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, a efecto de reformar, adicionar y derogar diversos artículos de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato, del Código Civil para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primer ordenamiento (ELD 334A/LXV-I); suscrita por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para reformar el primer párrafo del artículo 46 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (ELD 589/LXV-I); y signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato (ELD 666A/LXV-I), en la parte correspondiente al primer ordenamiento, se tomaron por unanimidad los siguientes acuerdos: 1) Que la mesa de trabajo con organizaciones de la sociedad civil, para el análisis de las 4 iniciativas, tenga verificativo el 22 de mayo de 2024; 2) Otorgar de plazo hasta el martes 14 de mayo de 2024, para sumar invitados a la mesa de trabajo del 22 de mayo de 2024, además de quienes previamente se aprobó invitar; 3) Explicar a las personas invitadas, con mayor puntualidad, el tipo de participación en la mesa; 4) Que la mesa de trabajo con autoridades, para el análisis de las 4 iniciativas, tenga verificativo el 29 de mayo de 2024; y 5) Sumar a la mesa de trabajo con autoridades a la Secretaría de Salud del Estado y al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del sexto punto del orden del día, se sometió a discusión en lo general el dictamen de las siguientes iniciativas: 1) Formulada por la diputada María Magdalena Rosales Cruz y los diputados Raúl Humberto Márquez Albo y Ernesto Alejandro Prieto Gallardo integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Morena ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, a fin de adicionar una fracción XXI al artículo 28 y el Capítulo XXI y los artículos 83-1 y 83-2 al Título Segundo de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (64477); 2) Suscrita por la diputada María de Jesús Eunices Reveles Conejo de la Representación Parlamentaria del Partido del Trabajo ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, a efecto de adicionar una fracción IV, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 21 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (64495); 3) A efecto de adicionar las fracciones VIII y IX recorriéndose la subsecuente del artículo 19 y un cuarto párrafo al artículo 60 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, formulada por el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena ante la Sexagésima Cuarta Legislatura (64516); 4) Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, a efecto de reformar el artículo 41, y adicionar los artículos 41-1, 41-2, 41-3, 41-4, 41-5, 41-6, 41-7 y 41-8, así como una fracción II al artículo 90-3 recorriéndose en su orden las subsecuentes, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (64596); 5) Formulada por el diputado Cuauhtémoc Becerra González y la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, mediante la cual se adiciona un párrafo tercero al artículo 8 y la fracción XXIII al artículo 27-1 recorriéndose la subsecuente de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 52/LXV-I); 6) Formulada por las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de adicionar los artículos 48-2, 48-3 y 48-4 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 55/LXV-I); 7) Suscrita por la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a fin de adicionar una fracción IV al artículo 179-c del Código Penal del Estado de Guanajuato y un tercer párrafo al artículo 48 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 127B/LXV-I); 8) Suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, mediante la cual se reforman los artículos 17 inciso a numeral 5, 27-1 fracción XXIII y 96 fracción XIX y adicionan los artículos 21-1 y 82-1 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 165/LXV-I); 9) Por la que se reforman los artículos 35 y 37 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, suscrita por la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA (ELD 172/LXV-I); 10) Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar la fracción III del artículo 19 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 190/LXV-I); 11) Formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato; el Código Civil para el Estado de Guanajuato y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al tercer ordenamiento (ELD 248C/LXV-I); 12) Por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, del Código Civil para el Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, formulada por el diputado David Martínez Mendizábal y la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, en la parte correspondiente al tercer ordenamiento (ELD 268C/LXV-I); 13) Suscrita por las diputadas Dessire Angel Rocha, Yulma Rocha Aguilar y Martha Lourdes Ortega Roque a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, del Código Civil para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al tercer ordenamiento (ELD 270B/LXV-I); 14) Suscrita por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar una fracción IV al artículo 2 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 271/LXV-I); 15) A efecto de adicionar la fracción XXI al artículo 28 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, formulada por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (ELD 276/LXV-I); 16) Signada por la diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 299B/LXV-I); 17) Por la que se adicionan diversas disposiciones a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato y a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato suscrita por diputada y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 311B/LXV-I); 18) Formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por la que se adicionan diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en materia de primera infancia (ELD 322/LXV-I); 19) Suscrita por la diputada Martha Edith Moreno Valencia, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar el segundo párrafo y adicionar las fracciones de la I a la XIII al artículo 73 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 578/LXV-I); 20) Formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato (ELD 650A/LXV-I) en la parte correspondiente al primer ordenamiento. Se registraron las participaciones de los diputados Gustavo Adolfo Alfaro Reyes y David Martínez Mendizábal para hablar a favor. Agotadas las intervenciones se recabó votación, resultando aprobado el dictamen en lo general por unanimidad. Enseguida se sometió a discusión en lo particular. Se registraron las participaciones de la diputada Katya Cristina Soto Escamilla, para proponer tres reservas. La primera relacionada con conceptos empleados en las consideraciones del dictamen, a fin de darles la denominación conforme a la Ley General en la materia y a la propia ley local: en las páginas 138 ―último párrafo― se propuso modificar los conceptos de niñeces y adolescencias por el de niñas, niños y adolescentes. En la página 139 ―tercer párrafo― se propuso modificar niñeces y adolescencias, por las niñas, niños y adolescentes. En la página 143 ―penúltimo párrafo― se propuso modificar los conceptos de niñeces y adolescencias, en los siguientes términos: …que conciben a las niñas, niños y adolescentes como personas… Lo mismo en la página 144, en los párrafos dos, tres y cuatro, que manejan el concepto de niñeces y adolescencias, se propuso modificar por niñas, niños y adolescentes. Respecto de la página 266, se propuso modificar la palabra infancias, y sustituir por niñas, niños y adolescentes. Respecto de la página 281, en el sexto párrafo, se propuso modificar así: que las niñas y niños en la infancia temprana requieren de una estrategia que les visibilice… En la página 304, en el enunciado séptimo, se propuso sustituir la palabra infancias por niñas, niños y adolescentes. En la página 306 ―último párrafo―, se propuso sustituir la palabra infancias, por niñas, niños y adolescentes. En la página 316, en el párrafo tercero, se propuso modificar en los siguientes términos: desde la visión de las niñas, niños y adolescentes, la materia de esta iniciativa es una prioridad importante. En la página 331, en el párrafo cinco se propuso modificar la redacción para precisar lo siguiente: Desde la visión de las niñas, niños y adolescentes, saber que quienes se encuentran en orfandad pueden contar con cuidados y el amor de una familia, es una prioridad importante. En la página 363 se propuso modificar un párrafo para quedar de la siguiente manera: sobre el trato respetuoso que también fue referido por las niñas, niños y adolescentes consultados, tenemos disposiciones que ya lo abordan. En la página 400 ―en el párrafo segundo del rubro de consideraciones de las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión―, se propuso que la referencia de las infancias fuera modificada por: atendiendo al interés superior de la niñez. En la página 436 ―en el tercer párrafo―, que contempla los conceptos de niñeces y adolescencias, se propuso la modificación a niñas, niños y adolescentes. Reserva que se aprobó por mayoría ―al computarse el voto a favor de las diputadas Esther Hernández Contreras y Katya Cristina Soto Escamilla, y de los diputados José Alfonso Borja Pimentel y Gustavo Adolfo Alfaro Reyes; y el voto en contra del diputado David Martínez Mendizábal―. La segunda reserva en la fracción XVIII-2 del artículo 28, a fin de modificar abuso mental por psicológico, para ser coincidentes con lo señalado en el artículo 47, fracción I, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que precisa el abuso psicológico. Reserva que se aprobó por mayoría ―al computarse el voto a favor de las diputadas Esther Hernández Contreras y Katya Cristina Soto Escamilla, y de los diputados José Alfonso Borja Pimentel y Gustavo Adolfo Alfaro Reyes; y el voto en contra del diputado David Martínez Mendizábal―. Y la tercer reserva, para eliminar el artículo 48-3, y evitar una sobre regulación, debido a que en el artículo 48 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado ya se hace referencia al derecho a una vida libre de violencia, y de igual manera en el artículo 86, dentro de las obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela y guarda o custodia de niñas, niños y adolescentes está la de abstenerse de cualquier tipo de violencia en contra de niñas, niños y adolescentes y el evitar conductas que puedan vulnerar el ambiente de respeto y generar violencia o rechazo en las relaciones entre niñas, niños y adolescentes, y de estos con quienes ejercen la patria potestad, tutela, guarda o custodia, así como con los demás miembros de su familia. Reserva que se aprobó por mayoría ―al computarse el voto a favor de las diputadas Esther Hernández Contreras y Katya Cristina Soto Escamilla, y de los diputados José Alfonso Borja Pimentel y Gustavo Adolfo Alfaro Reyes; y el voto en contra del diputado David Martínez Mendizábal―. El diputado José Alfonso Borja Pimentel formuló dos reservas. La primera en la fracción III del artículo 41-7, para agregar al final: o ante el órgano jurisdiccional competente. Ello por ser acorde a cuando se lleva a cabo el procedimiento oral especial de adopción conforme lo establece el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato o bien conforme al procedimiento de adopción en la vía de jurisdicción voluntaria como se prevé en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que en su momento entrará en vigor en Guanajuato y en todas las entidades federativas. Reserva que se aprobó por unanimidad. La segunda reserva en el artículo 41-9, para incorporar al final: o bien por disposición de autoridad competente. Ello toda vez que tanto el Ministerio Público como los órganos jurisdiccionales pueden disponer dentro de su competencia que los centros de asistencia social reciban a niñas, niños y adolescentes en situación de indefensión o desamparo familiar. Reserva que se aprobó por unanimidad. La diputada Esther Hernández Contreras se reservó la fracción II del artículo 73, quien propuso la siguiente redacción: II. Garantizar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, en esta Ley y demás disposiciones aplicables. Ello a fin de ser acordes con lo establecido en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que precisa los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Reserva que se aprobó por unanimidad. Finalmente, la diputada Esther Hernández Contreras se reservó el artículo tercero transitorio, para incorporar que el plazo de seis meses se contará a partir del 26 de septiembre de 2024, de conformidad con el artículo 71 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato. Ello en virtud de que la presente administración pública estatal está próxima a concluir, resultando más conveniente que las estrategias sean diseñadas por la próxima administración. Reserva que se aprobó por unanimidad. El diputado David Martínez Mendizábal propuso incluir que debía diseñarse el protocolo de atención a la niñez jornalera. Lo que no resultó aprobado. Tampoco se aprobó su propuesta de modificar el segundo párrafo del artículo 8, para separar los fenómenos de situación migratoria o apátrida, e incluir la situación migratoria en cualquiera de sus manifestaciones. Durante este punto el diputado David Martínez Mendizábal razonó su voto en contra de tres reservas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del séptimo punto del orden del día, relativo a acuerdos para la devolución de resultados de la consulta realizada a niñas, niños y adolescentes; así como para la difusión del informe, se acordó por unanimidad: 1) La celebración de un foro, al que se invite por lo menos a un representante por cada grado escolar de las regiones que participaron en las consultas (San Luis de la Paz, Irapuato, Celaya, Acámbaro); ello a fin de darles a conocer los resultados de la consulta y como fueron atendidas sus observaciones. Asimismo, invitar a las autoridades participantes en la consulta; y 2) Se pida el apoyo de la Secretaría de Educación del Estado de Guanajuato, para diseñar un tríptico o material con elementos pedagógicos, que permita transmitir a las niñas, niños y adolescentes como fueron atendidas las propuestas emitidas en la consulta de las iniciativas materia del dictamen. Con la atenta sugerencia de que el Instituto de Investigaciones Legislativas nos apoye en lo operativo, pues fue dicho órgano quien, por parte de este Congreso, atendió la consulta. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el apartado de asuntos generales no se registraron participaciones. - - - - - - - - - - - - - -
Agotados los asuntos listados en el orden del día la presidencia levantó la reunión a las 10:14 horas, e indicó que se citará para la siguiente por conducto de la secretaría técnica. - - - - - -
DAVID MARTÍNEZ MENDIZÁBAL
Diputado presidente JOSÉ ALFONSO BORJA PIMENTEL
Diputado secretario
En la ciudad de Guanajuato, capital del Estado del mismo nombre, en la Sala de la Constitución de la biblioteca del recinto oficial del Congreso del Estado se reunieron las diputadas y los diputados que integran la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables de la Sexagésima Quinta Legislatura para llevar a cabo la reunión previamente convocada, misma que tuvo el siguiente desarrollo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
La secretaría pasó lista de asistencia. Se comprobó el quórum legal con la presencia de las diputadas Esther Hernández Contreras y Katya Cristina Soto Escamilla, y de los diputados José Alfonso Borja Pimentel y David Martínez Mendizábal, de manera presencial; y del diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes, a través de herramienta tecnológica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Comprobado el quórum legal, se consignó la hora de inicio de la reunión a las nueve horas con once minutos del veinticuatro de abril del año dos mil veinticuatro. - - - - - - - - - - - - - - - -
Se dio lectura al orden del día; mismo que, al ser sometido a consideración, resultó aprobado por unanimidad, sin discusión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Para el desahogo de los puntos segundo, quinto y séptimo del orden del día, y toda vez que se remitieron con anticipación la minuta número cincuenta y seis, la propuesta de metodología y el proyecto de dictamen, se aprobó por unanimidad, sin discusión, su dispensa de lectura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del segundo punto del orden del día se aprobó por unanimidad, sin discusión, la minuta número cincuenta y seis, levantada con motivo de la reunión celebrada el diez de abril del año en curso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo de la correspondencia se dio cuenta con los escritos a través de los cuales: 1) El secretario técnico del Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Guanajuato remite respuesta a la consulta de la iniciativa a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato (ELD 678/LXV-I). Se dictó el acuerdo de enterados; 2) El asesor jurídico en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno remite opinión de la iniciativa por la que se reforman los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 22, y se adicionan los artículos 14 bis, 14 ter, 18 bis, 18 ter, 18 quáter, 18 quinquies, 19 bis, 19 ter, 19 quáter, 19 quinquies, 19 sexies y 19 septies a la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato; y de reforma al artículo 4 fracción V de la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primer ordenamiento (ELD 180A/LXV-I). Se dictó el acuerdo de enterados; 3) La Fiscalía General del Estado de Guanajuato remite respuesta a la consulta de la iniciativa que adiciona los artículos 48-2, 48-3 y 48-4 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 55/LXV-I). Se dictó el acuerdo de enterados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del cuarto punto del orden del día se dio cuenta con el oficio a través del cual el secretario general del Congreso comunicó la determinación de la Junta de Gobierno y Coordinación Política sobre la consulta a las personas con discapacidad. Al respecto, se aprobó por unanimidad: 1. Responder que por parte de quienes integramos esta Comisión no existe inconveniente en que se realice una consulta para todas las iniciativas, de manera conjunta con las que tiene turnadas la Comisión de Justicia. A reserva de lo que responda esa Comisión legislativa; y 2. Que previo a la implementación del mecanismo de consulta se presenten, en reunión de Comisión, los documentos para realizar la consulta. Ello para estar informados e ir tomando los acuerdos que se requieran, pues este mecanismo de consulta es parte del proceso legislativo. Considerando la metodología y las buenas prácticas de otros procesos realizados por este Congreso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del quinto punto del orden del día, se aprobó por unanimidad―con la adición propuesta por la diputada Katya Cristina Soto Escamilla―, la siguiente metodología para el estudio y dictamen de la iniciativa formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar los artículos 4 fracciones III y IV, 6 fracciones I y VI, 11 fracción IV, 27 fracción II, 28 fracciones III, VII y IX, y 33 fracción III; y adicionar las fracciones XVIII al artículo 4; XVI al artículo 6, recorriéndose en su orden la subsecuente; y IV al artículo 33 de la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad en el Estado de Guanajuato (ELD 702/LXV-I): - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) Remisión de la iniciativa, para solicitar opinión a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Instituto Guanajuatense para las Personas con Discapacidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Coordinación General Jurídica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Señalando como plazo para la remisión de la opinión, el 28 de mayo de 2024. - - - - - - - - - - - - - - -
b) Subir la iniciativa al portal del Congreso del Estado para consulta y participación ciudadana. La cual estará disponible hasta el 28 de mayo de 2024. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
c) Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas su opinión de la iniciativa. Señalando como plazo para la remisión, el 28 de mayo de 2024. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
d) Implementación de un mecanismo de consulta a las personas con discapacidad y organizaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Elaboración de un documento que concentre las observaciones que se hayan formulado a la iniciativa. Tarea que estará a cargo de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f) Integrar un grupo de trabajo ―para el análisis de la iniciativa y los comentarios u observaciones generados en el proceso de consulta― con: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Diputadas y diputados que deseen sumarse. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Personas con discapacidad, conforme al mecanismo que se apruebe en fecha posterior. - - - - - - -
Un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. - - - - -
Un representante del Instituto Guanajuatense para las Personas con Discapacidad. - - - - - - - - - - - -
Un representante de la Coordinación General Jurídica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Un representante del Instituto de Investigaciones Legislativas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Asesores y asesoras de la Comisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
g) Mesa interna de trabajo con diputadas, diputados, asesores y asesoras, para tener claridad en la devolución de opiniones que se hagan llegar. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
h) Análisis, acuerdos, discusión y aprobación del dictamen. Donde se considere la participación de las personas con discapacidad y organizaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del sexto punto del orden del día, en seguimiento a la metodología aprobada para el estudio y dictamen de las siguientes iniciativas: 1) Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, mediante la cual se adicionan diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (64447); 2) Formulada por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, a efecto de reformar, adicionar y derogar diversos artículos de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato, del Código Civil para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al primer ordenamiento (ELD 334A/LXV-I); 3) Suscrita por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para reformar el primer párrafo del artículo 46 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato (ELD 589/LXV-I); y 4) Signada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato (ELD 666A/LXV-I), en la parte correspondiente al primer ordenamiento. Se aprobó por unanimidad, sin discusión, no realizar los foros regionales aprobados para una de las iniciativas; así como empatar el análisis de las cuatro propuestas normativas, para elaborar un solo dictamen que retome lo mejor de cada una de las iniciativas y, ante las contradicciones, acordar lo que mejor beneficie a las personas adultas mayores. Durante este punto del orden del día se registró la intervención del diputado José Alfonso Borja Pimentel, para pronunciarse a favor de la propuesta realizada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el desahogo del séptimo punto del orden del día, relativo al seguimiento y, en su caso, discusión y aprobación del dictamen de las siguientes iniciativas: 1) Formulada por la diputada María Magdalena Rosales Cruz y los diputados Raúl Humberto Márquez Albo y Ernesto Alejandro Prieto Gallardo integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Morena ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, a fin de adicionar una fracción XXI al artículo 28 y el Capítulo XXI y los artículos 83-1 y 83-2 al Título Segundo de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (64477); 2) Suscrita por la diputada María de Jesús Eunices Reveles Conejo de la Representación Parlamentaria del Partido del Trabajo ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, a efecto de adicionar una fracción IV, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 21 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (64495); 3) A efecto de adicionar las fracciones VIII y IX recorriéndose la subsecuente del artículo 19 y un cuarto párrafo al artículo 60 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, formulada por el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena ante la Sexagésima Cuarta Legislatura (64516); 4) Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ante la Sexagésima Cuarta Legislatura, a efecto de reformar el artículo 41, y adicionar los artículos 41-1, 41-2, 41-3, 41-4, 41-5, 41-6, 41-7 y 41-8, así como una fracción II al artículo 90-3 recorriéndose en su orden las subsecuentes, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (64596); 5) Formulada por el diputado Cuauhtémoc Becerra González y la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, mediante la cual se adiciona un párrafo tercero al artículo 8 y la fracción XXIII al artículo 27-1 recorriéndose la subsecuente de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 52/LXV-I); 6) Formulada por las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de adicionar los artículos 48-2, 48-3 y 48-4 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 55/LXV-I); 7) Suscrita por la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a fin de adicionar una fracción IV al artículo 179-c del Código Penal del Estado de Guanajuato y un tercer párrafo al artículo 48 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 127B/LXV-I); 8) Suscrita por diputada y diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, mediante la cual se reforman los artículos 17 inciso a numeral 5, 27-1 fracción XXIII y 96 fracción XIX y adicionan los artículos 21-1 y 82-1 a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 165/LXV-I); 9) Por la que se reforman los artículos 35 y 37 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, suscrita por la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA (ELD 172/LXV-I); 10) Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar la fracción III del artículo 19 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 190/LXV-I); 11) Formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato; el Código Civil para el Estado de Guanajuato y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al tercer ordenamiento (ELD 248C/LXV-I); 12) Por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, del Código Civil para el Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, formulada por el diputado David Martínez Mendizábal y la diputada Martha Edith Moreno Valencia integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, en la parte correspondiente al tercer ordenamiento (ELD 268C/LXV-I); 13) Suscrita por las diputadas Dessire Angel Rocha, Yulma Rocha Aguilar y Martha Lourdes Ortega Roque a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, del Código Civil para el Estado de Guanajuato y del Código Penal del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al tercer ordenamiento (ELD 270B/LXV-I); 14) Suscrita por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de adicionar una fracción IV al artículo 2 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 271/LXV-I); 15) A efecto de adicionar la fracción XXI al artículo 28 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, formulada por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (ELD 276/LXV-I); 16) Signada por la diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Guanajuato y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 299B/LXV-I; 17) Por la que se adicionan diversas disposiciones a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato y a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato suscrita por diputada y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la parte correspondiente al segundo ordenamiento (ELD 311B/LXV-I); 18) Formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por la que se adicionan diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, en materia de primera infancia (ELD 322/LXV-I); 19) Suscrita por la diputada Martha Edith Moreno Valencia, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de reformar el segundo párrafo y adicionar las fracciones de la I a la XIII al artículo 73 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (ELD 578/LXV-I); 20) Formulada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato y de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato (ELD 650A/LXV-I) en la parte correspondiente al primer ordenamiento. La presidencia dio lectura a un resumen del contenido de las iniciativas. Se aprobó por unanimidad, sin discusión: 1. Difundir el dictamen a través de la página del Congreso ―a fin de generar un espacio para hacer comentarios―, y dictaminar en quince días; y 2) Aprobado el dictamen, acordar el mecanismo de devolución de resultados. Para lo cual se generarán propuestas. Durante este punto del orden del día se registró la intervención del diputado José Alfonso Borja Pimentel, para pronunciarse a favor de la propuesta de socializar el dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el apartado de asuntos generales se registró la intervención de la diputada Esther Hernández Contreras, con relación al día del niño. El diputado David Martínez Mendizábal intervino con relación al mismo tema. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Agotados los asuntos listados en el orden del día la presidencia levantó la reunión a las nueve horas con treinta y seis minutos, e indicó que se citará para la siguiente por conducto de la secretaría técnica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DAVID MARTÍNEZ MENDIZÁBAL
Diputado presidente JOSÉ ALFONSO BORJA PIMENTEL
Diputado secretario
Correspondencia
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Dictámenes en Comisión
Dictamenes / Decretos