Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 568/LXV-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno
Diputado Gerardo Fernández González ¡Muchas gracias! Presidente con el permiso de la Mesa Directiva, es un gusto saludarlas compañeras y compañeros en este nuestro último año de ejercicio de esta Legislatura y sin llorar, menos días, una felicitación a la Mesa Directiva, espero estén a la altura de este último año, presidente (Voz) diputado Presidente, igualmente diputado gracias. Eh, un gusto que nos puedan acompañar el día de hoy, en este su Congreso, bienvenidos este es su casa y a os que nos siguen por redes sociales y a los medios de comunicación que nos acompañan, este día presentamos y sometemos a consideración de esta Asamblea la iniciativa que pretende, reformar y adicionar, diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato con la finalidad de garantizar el debido desarrollo y fortalecimiento del órgano de gobierno municipal, el diccionario del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, define al municipio como la organización política administrativa que sirve, como base a la división territorial y organización política de los estados miembros de la federación. Integran la Organización Política, tripartita, del Estado Mexicano municipios, estado y federación. Los municipios son gobernados por ayuntamientos y es la Ley Orgánica Municipal, quien proporciona la organización y funcionamiento de los ayuntamientos, dicho instrumento normativo debe de poseer los mecanismos mediante los cuales los ayuntamientos, dependencias y entidades de la administración pública municipal, indefectiblemente deben estar sujetos al principio de legalidad que le es inherente para llevar a cabo el cumplimiento de sus funciones, sin invadir su autonomía municipal para autorregularse en su organización y funcionamiento de los servicios públicos, no obstante ello, para que los ayuntamientos les sea material y jurídicamente posible alcanzar sus fines y autogobernarse ,es que existe la obligatoriedad de constreñir su actuar con sujeción a la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato la cual requiere una impostergable reforma. La regulación en materia municipal no puede estar sujeta a invariabilidad pues a medida que la sociedad evoluciona es que existe un constante consistente en la exigencia que la encomienda gubernamental municipal se adapte constitucionalmente a las necesidades sociales de tal forma que el marco legal institucional constantemente se encuentra adaptado a las transformaciones sociales para que de este modo la pluralidad de los diversos actos gubernamentales en el ámbito municipal, tales como los actos colegiados de los ayuntamientos, el ejercicio de las atribuciones y obligaciones de las dependencias, unidades y entidades de la administración pública municipal, prestación de servicios y todos los actos vinculados con la administración pública municipal, apegados debidamente a la legalidad. En virtud de la responsabilidad, que le corresponde ejercer a los municipios establecida de manera enunciativa en el 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y como conocedores de los acontecimientos municipales en la actuación pública municipal relacionados con la temática pública y administrativa, es que, los diputados del partido verde, hemos gestado, la presente debido a la apremiante necesidad que se prevean dentro de la norma garante de la administración pública de los municipios, los temas relacionados con las facultades y obligaciones del órgano gubernamental que precisan una urgente inclusión en la Ley Orgánica Municipal y que contienen lo que se enuncia a continuación. 1. Establecer el medio de defensa por actos emanados por la autoridad administrativa municipal. 2. Reconocer y visibilizar a los niñas, niños y adolescentes, apartándonos termino despreciativo “menores” así como el reconocimiento de ellos cuando son pertenecientes a las comunidades afromexicanas, garantizando su derecho a participar en las consultas que incidan de manera directa en su desarrollo; 3. Legitimar a los ciudadanos para solicitar se lleven a cabo consultas sobre temas en los cuales les sean nugatorios o perjudicados sus derechos como consecuencia de la toma de decisiones del Ayuntamiento. 4. Imponer la obligación de la actualización de las categorías políticas que existen en la circunscripción territorial de los municipios del Estado de Guanajuato. 5. Garantizar que las citaciones a sesión de Ayuntamiento no dependen estrictamente de la aprobación del presidente municipal, baste cumplir con el porcentaje establecido en ley, además de garantizar la efectiva publicidad de las sesiones de Ayuntamiento; 6. Definir la obligatoriedad de abstención por parte de los integrantes del Ayuntamiento de causar perjuicios o infligir violencia puede ser tanto en detrimento de servidores públicos o ciudadanos. 7. Permitir la contratación de asesoría externa o especializada para apoyar en el trabajo de las comisiones municipales; 8. Cuando exista causa justificada, cualquier miembro del Ayuntamiento podrá solicitar la discusión y aprobación para la remoción de un servidor público; 9. Establecer la obligación tanto de síndicos y regidores, de rendir un informe anual sobre sus labores a la ciudadanía en sesión de Ayuntamiento; 10. Establecer que cada sindico y regidor del Ayuntamiento este obligado a presidir una Comisión; 11. Precisar el instrumento y la forma mediante la cual los síndicos municipales podrán delegar y revocar la representación legal del Ayuntamiento, así como la imposición de la carga del cumplimiento de los mandatos jurisdiccionales, además de establecer una alternativa de representatividad del Ayuntamiento en caso de conflicto de interés que le haga imposible el cumplimiento de su función. 12. Establecer un mecanismo claro para regular la comparecencia de titulares y funcionarios públicos en sesión de Ayuntamiento y en comisión; 13. Asegurar que todos los funcionarios que se incorporen a la administración pública municipal cuenten con capacitación constante y adecuada para el desempeño de sus funciones. 14. Destacar la función del cronista municipal a fin de que en cada conclusión administración pública municipal rinda el informe de sus actividades y acontecimientos históricos suscitados en dicho periodo de tiempo, así mismo dar publicidad del invaluable quehacer del cronista municipal así como dar impulso al incrementado el acervo histórico municipal. 15. Garantizar la paridad de género en las propuestas de Delegados y Subdelegados así como las restricciones a sus funciones; 16. Indicar la regulación correspondiente al vínculo laboral existente entre los empleados de la administración pública paramunicipal, además de atribuir la designación de una mayoría calificada para la designación se los organismos descentralizados. 17. Garantizar el derecho de las mujeres guanajuatenses a una vida libre de violencia, a través instrumentos de evaluación; y 18. Establecer la vigencia de los instrumentos jurídicos municipales, con el objeto de mantener una normativa actualizada y apegada a la realidad que viven los ciudadanos de los diferentes municipios. Los impactos vienen establecidos en la misma iniciativa y con esto concluyo agradeciendo a los Regidores y Presidentes Municipales del Estado que nos ayudaron a construir esta iniciativa. Es cuanto presidente
Piden fortalecer instituciones de la administración pública municipal
La diputada y diputado del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentaron una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, con el fin fomentar la participación de grupos vulnerables y ciudadanía en la toma de decisiones y fortalecer las instituciones mediante la evaluación constante de quienes encabezan la administración pública municipal.
Recepción en Comisión
Metodologías
Metodología de estudio y dictamen de la Iniciativa formulada por la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México a efecto de reformar, adicionar y derogar diversos artículos de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Expediente Legislativo (ELD 568/LXV-I).
12 de octubre de 2023
1. Habilitación de un vínculo en la página web del Congreso del Estado durante 20 días hábiles, para que se ponga a disposición de la ciudadanía y envíen sus comentarios y observaciones a la iniciativa, a esta Comisión Legislativa.
2. Solicitar al Instituto de Investigaciones Legislativas realice un estudio y opinión de viabilidad de lo propuesto en la iniciativa, y a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso del Estado realice un estudio de implicación financiera y económica de la iniciativa, entregándolos en un plazo de 20 días hábiles a esta Comisión, a través de la secretaría técnica, invitándolos a la reunión de grupo de trabajo de carácter permanente para que, en su caso, expongan los estudios.
3. Enviar vía electrónica la iniciativa para opinión a las siguientes instancias quienes contarán con un término de 20 días hábiles para remitir los comentarios y observaciones que estimen pertinentes.
- Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado.
- Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción.
- Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato.
4. Por incidir en la competencia municipal, enviar vía firma electrónica a los 46 Municipios del Estado de Guanajuato a efecto de que los ayuntamientos remitan sus observaciones en un plazo de 20 días hábiles, en los términos del artículo 56 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato.
5. Realizar consulta previa, por parte de las áreas administrativas de este Congreso, dirigida a grupos vulnerables: personas afromexicanas, de conformidad con los artículos 1º y 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las diversas sentencias de acciones de inconstitucionalidad y resoluciones que puedan aplicar al caso y a los grupos vulnerables a los que incidirá en sus derechos con lo propuesto en la iniciativa.
6. Agotados los plazos señalados en la metodología, se procederá a la elaboración y remisión por parte de la secretaría técnica de un documento de trabajo en el cual concentre las observaciones, y comentarios recibidos, integrando las aportaciones de los ciudadanos, dependencias e instituciones consultadas.
7. Realización de una reunión de grupo de trabajo permanente con diputados y asesores, y en su caso, con representantes de las instancias consultadas, a efecto de desahogar las aportaciones u observaciones recabadas de la iniciativa, y analizar el documento elaborado por la secretaría técnica.
8. Reunión de Comisión para en su caso, aprobar el proyecto de dictamen.
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
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Instituto de Investigaciones Legislativas | 10/11/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado. | 10/11/2023 | No rendida | ||
Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción. | 10/11/2023 | No rendida | ||
Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato. | 10/11/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso del Estado | 10/11/2023 | No rendida | ||
Ayuntamiento de San Diego de la Unión | 10/11/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Doctor Mora | 10/11/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Yuriria | 10/11/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Coroneo | 10/11/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Celaya | 10/11/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Uriangato | 10/11/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Tarimoro | 10/11/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Romita | 10/11/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Apoyo a la Función Edilicia de León | 10/11/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Moroleón | 10/11/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión
Dictamenes / Decretos