Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 290/LXV-PPA

Proposiciones de Punto de Acuerdo

Persona Diputada

LXV
Segundo Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

  • Morena Partido_version_front_morena_s
  • Diputado_redondo_aguilar_castillo Hades Berenice Aguilar Castillo
  • Punto de acuerdo Gobernador Libia FIDESSEG Informe
    Propuesta de punto de acuerdo suscrita por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de solicitar al Gobernador del Estado, a través de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, la comparecencia de la Secretaria de Desarrollo Social y Humano; y exhortar al órgano de vigilancia del FIDESSEG. Lenguaje ciudadano. Propone o acuerda solicitar al Gobernador del Estado, a través de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, la comparecencia de la Secretaria de Desarrollo Social y Humano, Libia Denisse García Muñoz Ledo, ante el Pleno, para que informe a esta soberanía sobre la operación y ejercicio de recursos públicos a través del FIDESSEG en el periodo comprendido de 2021 a la fecha.

    Presentación a Pleno Camioncito2

    Presentación a Pleno
    15/06/2023

    Diputada Hades Berenice Aguilar Castillo - Muchísimas gracias diputada presidenta, le saludo con cariño, con respeto, les saludo diputadas y diputados me da mucho gusto estar aquí con ustedes ¡muy buenos días! Tardes, hay que quiten esos numeritos porque luego me acelero y se me olvida que aquí no tengo límite de tiempo, les doy la bienvenida jóvenes, muchachos, muchachas que están aquí con nosotros, me da mucho gusto que cada vez, cada jueves, tengamos jóvenes y que estén interesados por lo que pasa en el estado de Guanajuato y a los no tan jovencitos también les damos la bienvenida eh bienvenidos a todos y a todos nos da mucho gusto que estén aquí, pues vamos a iniciar voy a iniciar, ¿pero están dormidos? ¡a ver los veo con una cara de apachurrados! ¿por aquel lado están dormidos? ¿tan contentos? ¿sí? ¿están escuchando todo lo que dicen las diputadas y los diputados? ¿y por acá? ah ok, entonces vamos a empezar voy a iniciar “no se puede vencer a quien no sabe rendirse” por qué la diputada empieza con las Presidente, pero también voy a citar una frase popular ¿no sé si lo han escuchado? ¡yo creo que sí! ¿a ver levanten la mano si la conocen? “ah cómo fregó un borrachito anoche” ¿lo han escuchado? -pues es una frase popular- esto es por los que ven que todos los jueves y que digan esta diputada o esta mujer se sube todos los jueves a hablar de lo mismo, y lo mismo, parece merolico, para darles claridad diputadas diputados y que ya quede claro este tema, hasta que no se me explique con bolitas y palitos, dónde quedó la bolita, dónde quedó el recurso del FIDESSEG, voy a darle carpetazo a este tema, mientras no se nos explique, voy a seguir insistiendo, insistiendo, insistiendo, en la necesidad que tenemos de transparencia y combate a la corrupción en el caso del FIDESSEG, por eso, aunque, nos nieguen la información, aunque, traten de desviar el tema, aquí voy a estar jueves, tras jueves, tras jueves, hasta que se aclare dónde quedó la bolita, entonces ya a ver habiendo explicado eso, continuamos conforme pasa el tiempo nos vamos cada vez nos vamos llenando de más y más información pero también van creciendo las dudas, las dudas se van creciendo más grande en la ciudadanía, en cuanto, a las irregularidades que existen en torno a este caso del FIDESSEG y las irregularidades, son muy claras, diputadas diputados, ciudadanos, jovencitas, jóvenes, señoras, señores, que nos acompañan, las irregularidades en torno al tema FIDESSEG es muy claro. - Uno, no cuenta con la documentación necesaria para la justificación de la creación del FIDESSEG en pocas palabras no existe un estudio técnico que avale la creación del FIDESSEG vuelvo a repetir no hay ningún estudio técnico que avale la creación del FIDESSEG, también. - Punto número dos, se han aprobado recursos muy fuertes a varias Asociaciones con conflicto de intereses, se ha presupuesto se ha aprobado presupuesto con conflicto de intereses, incluso hay posibilidades de fraude, por la falta de ejercicio de recurso público que se dio, este congreso quiero decirles a los ciudadanos que están aquí, este congreso tiene una responsabilidad de control político y también de control presupuestal que debemos asumir con firmeza y en el caso FIDESSEG tenemos motivos de sobra, motivos de sobra, para hacernos responsables del destino que tienen los recursos del pueblo, el jueves pasado, diputadas, diputados, nombre y aparezco yo de verdad ya parezco ¡supervisora de obras! me deberían de meter a la nómina, el jueves pasado, nuevamente sí se acuerdan que hace unas semanas atrás vine y les platiqué que me fui a san Miguel de Allende incluso me heche una torta por ahí, ¡sí les platiqué! ¿verdad? incluso les traje fotos, ¡mira hasta el diputado se acuerda! y está de testigo y ¡exacto! ¡pues nos volvimos a ir! a san Miguel de Allende recuerden, no con Salim, no, con diputado Salim no, nos fuimos de San Miguel de Allende con el equipo de trabajo y recordemos que ahí está Christmas, Christmas le pertenece o está involucrado el ex presidente Fox ya saben verdad y acuérdense que se le dio un recurso y la vez pasada que estuvimos allá pues lo único que encontramos tres cuartos en obra negra y ese, esa obra debió haber terminado en agosto del año pasado imagínense y eso fue lo que vine a denunciar aquí inmediatamente y no nada más tomé fotografías evidencias y no e incluso platiqué con, con las personas que estaban ahí que eran tres, caminadoras los que tenían, pues esta ocasión volvimos a ir, y qué creen, qué creen, gracias a las denuncias que hemos tenido, que hemos hecho, desde ese jueves, que estuvimos allá en Christmas que denunciamos el abuso, el cómo se burlan del pueblo el cómo se enriquecen a costillas del pueblo y como ahora soy supervisora de obra, pues ya, yo creo que me estaban esperando y este jueves que estuve por allá este es Christmas el 4 de mayo que estuvimos allá, se le dieron 8 millones creo para que la segunda etapa de ampliación, para la segunda etapa eh, no para la primera etapa se les dieron 8 millones para la segunda etapa de ampliación y encontramos tres cuartos, en obra negra y eso lo vinimos a denunciar y hoy que fui el jueves pasado, que fue el 8 de junio, pues ya, ya se reanudó la obra ya hay gente trabajando, ya se pusieron en friega a chambearle, ya soy supervisora de obra, lástima, lástima que tenga que ir una diputada o un diputado a supervisar que el recurso realmente se utilice en lo que se les destina el recurso obviamente, qué lástima que pretendan así jugarnos el dedo en la boca, que lástima que crean otra vez lo repito aquí, el diputado de atrás le encanta repetirlo también, tonto el pueblo, no es tonto, tonto es el que piensa que el pueblo es tonto. - Seguramente reanudaron las obras, uno para evitar cualquier tipo de sanción, dos, para taparle el ojo al macho diputadas diputados ciudadanos y tres pues para hacer como que aquí no ha pasado nada termino la obra no pasa nada y que siga la fiesta no y el pueblo chiflando en la loma, fíjense, como es, cómo es, que se actúa, además quiero comentarles otro punto también importante, sí recuerdan que reservaron la información que solicité, dijeron que por tres años hasta después de las elecciones nos iban a poder decir en qué se gastó ese recurso, cuando pedí información al gobierno, pues otra vez, la información que reservaron por tres años sobre las actividades y gastos de algunas fundaciones ya se extendió ojo eh no se vayan a confundir ¿cómo se extendió? pues resulta que ahora el 26 de mayo pedimos convenios de aportación de recursos, actas de las sesiones de comité técnico, planes anuales de trabajo y los nombres de quienes han integrado el comité técnico del FIDESSEG, pero resulta que la respuesta otra vez fue reservar la información por los mismos 3 años o sea están empleando ya me quedó claro, dos cosas que me gusta hacer supervisora de obras y dos que pidamos,, lo que pidamos que toda la información que solicitamos la van a reservar por tres años, pero pues no, no, perdemos nada en seguir insistiendo ¿no? - También así es como le hace así es como le hace el gobierno para evitar que el pueblo conozca 5 cosas. - Uno el contenido del proyecto cómo se asigna los dineros, son muchos, son millones, no quieren que se den cuenta el contenido del proyecto, cómo se asigna el recurso, ¿quiénes? ¿qué personajes están involucrados? ¿qué redes de conflicto de intereses existe? y ¿a qué contratistas benefician con esto? aunque ya hemos apelado en contra de esas reservas y esto, sí es importante, por lo que viene en el punto creo que 19 ¿no? donde por la auditoría, esto es muy importante, aunque ya hemos apelado en contra de esas reservas, por supuesto que no somos tontos, corremos el riesgo de que van a maquillar o que puedan maquillar las irregularidades antes de hacer pública la información, lo mismo, lo mismo, que están haciendo en Christmas, es exactamente lo mismo, que dijeron nos ponemos a reanudar la obra y hacemos terminamos la obra y así aquí nada pasó, todos felices, todos contentos, es lo mismo que pueden hacer aquí, incluso se los digo, por lo que viene eh, me estoy adelantando, pero también me voy a subir en ese punto, incluso por más auditorías que existan, con el tiempo, suficiente y esto que le quede claro a la ciudadanía el hecho de que haya una auditoría no significa que las cosas sean transparentes, porque incluso el año pasado se solicitó una auditoría y no la rechazaron, incluso el jueves pasado, pedimos el apoyo para que nos dieran a conocer la información y no lo negaron, entonces ya no entiendo, cómo está el asunto. - Pero, aunque existan auditorías con el tiempo suficiente las actas se pueden falsificar, los convenios rehacer, y la evidencia a construirse, ¿a poco creen que no? otra vez vuelvo a repetir,, por supuesto que las actas se pueden falsificar, los convenios se pueden rehacer y la evidencia pues por supuesto que se construye, no crean que es algo del otro mundo, y por supuesto que cuando queremos tapar a un gobierno vamos a buscar todos los medios y es una posibilidad, yo no estoy diciendo que sea. - Necesitamos que este Congreso se tome en serio sus atribuciones de control lo más pronto posible la Constitución y nuestra Ley Orgánica nos permite a través de la Junta de Gobierno Solicitar la comparecencia de la Secretaria Libia Denisse García Muñoz Ledo, para que nos explique la operación y el ejercicio de recursos del FIDESSEG, ella es la titular de SEDESHU, por lo cual se supone que ella debe de conocer y evaluar sus resultados, al mismo tiempo ciudadanos, señoras, señores, diputadas, diputados, están escuchando todo lo que estoy diciendo ¡a ver! -con eso de que no tengo límite de tiempo- al mismo tiempo el FIDESSEG tiene un órgano encargado de vigilar la correcta aplicación de recursos del fideicomiso, por lo anterior hoy propongo nada más dos cosas no vengo a pedir las perlas de la virgen, nada más dos cosas, ¡ejele! pero esta ocasión no lo van a votar, ya sé que me van a votar en contra. - Uno, que esté congreso acuerde solicitar al gobernador a través de la Junta de Gobierno la comparecencia de la Secretaria de Desarrollo Social y Humano Libia Deniss para que nos informe sobre la operación y ejercicio de recursos públicos del FIDESSEG ¿ya ven que no son las perlas de la virgen? muy sencillo y número dos, que exhortemos al órgano de vigilancia del FIDESSEG para que intensifique la vigilancia sobre la aplicación de recursos en proyectos financiados entre el 2021 y lo que va del 2023 remitiendo este congreso un informe sobre las actividades de vigilancia que se llevan a cabo y no tener que andar yo diputadas diputados supervisando las obras muchísimas gracias. - Es cuánto diputada presidenta le saludo con mucho respeto y cariño.

    Recepción en Comisión Camioncito2

    Recepción en Comisión
    19/06/2023
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    Metodologías Camioncito2

    Metodologías
    Actividades
    Descripción Fecha y hora Lugar Sigue la transmisión
    Reunión de la Comisión para dar cuenta y radicar la propuesta de punto de acuerdo 19/06/2023 12:22 Salones 4 y 5 de Comisiones
    Reunión de la Comisión para aprobar el dictamen 20/06/2025 10:48 Reunión a distancia a través de herramienta tecnológica
    Aprobación de dictamen en el Pleno 04/12/2025 18:40 Pleno
    Correspondencias, Minutas, Actas

    Dictámenes en Comisión Camioncito2

    Dictámenes en Comisión
    20/06/2025
    Dictamen formulado por ña Comisión de Hacienda y Fiscalización relativo a las siguientes: a) Iniciativa formulada por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, a efecto de reformar la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato (ELD 506B/LXV-I); b) Propuesta de punto de acuerdo suscrita por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de realizar una solicitud al Gobernador del Estado y exhortar al órgano de vigilancia del FIDESSEG (ELD 290/LXV-PPA); c) Propuesta de punto de acuerdo suscrita por el Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por el que se exhorta al Poder Ejecutivo para que cancele la extinción del FIDESSEG; así como instruir al Auditor Superior del Estado para que realice una adición al Programa General de Fiscalización 2024 (ELD 16/LXVI-PPA); y d) Propuesta de punto de acuerdo signada por diputados y diputada integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la Gobernadora del Estado, y a la Secretaria del Nuevo Comienzo (ELD 118/LXVI-PPA)

    Diputada Miriam Reyes Carmona Presidenta del Congreso del Estado P r e s e n t e. A la Comisión de Hacienda y Fiscalización le fueron turnadas para su estudio y dictamen, la iniciativa formulada por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, a efecto de reformar la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato (ELD 506B/LXV-I); la propuesta de punto de acuerdo suscrita por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de realizar una solicitud al Gobernador del Estado y exhortar al órgano de vigilancia del FIDESSEG (ELD 290/LXV-PPA); la propuesta de punto de acuerdo suscrita por el Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano por el que se exhorta al Poder Ejecutivo para que cancele la extinción del FIDESSEG; así como instruir al Auditor Superior del Estado para que realice una adición al Programa General de Fiscalización 2024 (ELD 16/LXVI-PPA); y la propuesta de punto de acuerdo signada por diputados y diputada integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la Gobernadora del Estado, y a la Secretaria del Nuevo Comienzo (ELD 118/LXVI-PPA); Analizada la iniciativa de referencia, esta Comisión Legislativa de conformidad con las atribuciones que le establecen los artículos 75, 89, fracción V, 112, fracciones I y XV; y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, presentamos a la consideración de la Asamblea el siguiente: Dictamen I. Competencia La facultad de la legislatura local en materia de expedir, reformar y adicionar cuanta legislación o decretos sean conducentes, que no estén de manera exclusiva reservados a la federación, tiene su fundamento en lo dispuesto por el artículo 63, fracción II de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, asimismo el objeto de la iniciativa y las propuesta de punto de acuerdo materia del presente dictamen no contraviene lo señalado en el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece las competencias exclusivas del Congreso general, cobrando aplicación la facultad residual, a partir del enunciado jurídico constitucional del artículo 124, y por el que pragmáticamente se significa su existencia de manera negativa: lo no otorgado a las autoridades federales se entiende es facultad de los estados. El artículo 56, fracción II de la Constitución Política del Estado de Guanajuato establece la competencia de las diputadas y diputados al Congreso del estado de iniciar leyes o decretos, por lo que las personas diputadas iniciantes son competentes para iniciar el proceso legislativo de análisis y dictaminación de las propuestas objeto del presente dictamen. De conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento doce -fracciones primera y décima quinta- de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, es competencia de la Comisión de Hacienda y Fiscalización del Congreso del Estado de Guanajuato, el estudio y conocimiento de los asuntos que se refieran a las iniciativas de ley o modificaciones relacionadas con la legislación en materia hacendaria del Estado y de los municipios, supuestos que coinciden con los objetos de la iniciativa y las propuestas de punto de acuerdo materia de estudio y del presente dictamen. II. Proceso legislativo: II.1. En sesión ordinaria celebrada el 18 de mayo de 2023 se presentó la iniciativa formulada por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato y de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, en la parte correspondiente a la reforma y adición al artículo 78 Bis del segundo ordenamiento (ELD 506B/LXV-I). La presidencia del Congreso turnó la referida iniciativa a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 22 de mayo de 2023. En sesión ordinaria celebrada el 15 de junio de 2023 se presentó la propuesta de punto de acuerdo suscrita por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de solicitar al Gobernador del Estado, a través de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, la comparecencia de la Secretaria de Desarrollo Social y Humano; y exhortar al órgano de vigilancia del FIDESSEG en relación al ejercicio de los recursos públicos por parte de dicho Fideicomiso, en la parte correspondiente al punto segundo de dicho acuerdo. (ELD 290/LXV-PPA) La presidencia del Congreso turnó dicha propuesta a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 19 de junio de 2022. En sesión ordinaria celebrada el 17 de octubre de 2024, la diputada y el diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano presentaron la propuesta de punto de acuerdo, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo para que, a través de la Secretaría del Nuevo Comienzo cancele la extinción del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato (FIDESSEG) y en su lugar, lo fortalezca y mejore adecuándolo y complementándolo con las modificaciones operativas propuestas en su nuevo modelo llamado Fortalecimiento y Gestión de Recursos de Organizaciones de la Sociedad Civil, mediante la adopción de una postura de diálogo continuo y permanente con el sector empresarial así como con las Organizaciones de la Sociedad Civil, con el fin de establecer en conjunto las de operación que regirán el manejo y distribución de los recursos contemplados para el Fideicomiso; asimismo, se instruye al Auditor Superior del Estado para que realice una adición al Programa General de Fiscalización 2024 a fin de que se incluya una auditoría financiera y de cumplimiento al Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, a través del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública (FIDESSEG). (ELD 16/LXVI-PPA) La presidencia del Congreso turnó dicha propuesta a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 21 de octubre de 2024. Asimismo, en sesión ordinaria celebrada el 30 de abril de 2025, se presentó la propuesta de punto de acuerdo signada por diputados y diputada integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar a la Gobernadora del Estado, Libia Dennise García Muñoz Ledo y a la Secretaria del Nuevo Comienzo Rosario Corona Amador para que consideren a la Coordinadora de la Sociedad Civil (COSOC) y al Poder Legislativo del Estado de Guanajuato en la toma de decisiones sobre el diseño de los lineamientos, estructura, programa y acciones que permitan el financiamiento pertinente, transparente y efectivo a los organismos de la sociedad civil. (ELD 118/LXVI-PPA) La presidencia del Congreso turnó dicha propuesta a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, misma que la radicó el 15 de mayo de 2025. II.2. En reunión de la Comisión en fecha 22 de agosto de 2023 se aprobó como metodología para el análisis y dictaminación de la iniciativa, que la misma se remitiera a la Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado, a la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, a la Auditoría Superior del Estado y a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso del Estado, quienes contarán con un plazo de 15 días hábiles, para remitir los comentarios y observaciones que estimen pertinentes. Igualmente, se estableció un link en la página web del Congreso del Estado, para consulta y participación ciudadana por un término de 15 días hábiles. Se recibieron opiniones, observaciones, propuestas y comentarios de: El Tribunal de Justicia Administrativa, la Consejería Jurídica del Ejecutivo presentó opinión consolidada con la Secretaría de Finanzas, así como de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas de este Congreso del Estado; en el tenor del contenido sustancial siguiente: El Tribunal de Justicia Administrativa refirió que, si bien resulta necesaria la fiscalización del gasto público, la propuesta resulta inconstitucional. La atribución para crear, fusionar, suprimir o liquidar fideicomisos le pertenezca al Gobernador del Estado; lo cual le permite auxiliarse de estos para el impulsar el desarrollo del Estado e impulsar actividades prioritarias . Es claro también que los fideicomisos públicos tienen como beneficios: • Asegurar que los recursos se destinen a un fin u objetivo específico; • Garantizar que un proyecto o iniciativa que requiere de un presupuesto multianual cuente con recursos para poder concluirse; • Son especialmente necesarios para proyectos de infraestructura, que por lo general se construyen en un plazo de varios años; •Permiten resguardar ahorros; • Son herramientas que le dan flexibilidad de operación al gobierno; • Algunos entes públicos que generan ingresos propios, como las universidades públicas, pueden constituir fideicomisos para mantener ahí los recursos. Por lo anterior, limitar esta atribución inherente al ejecutivo, se considera que resultaría en una invasión de competencias y por lo tanto se estaría dando más peso a la función del legislativo del estado. Ya que los fideicomisos se constituyen «para auxiliar al Gobernador del Estado en la realización de actividades que le sean propias» Si bien, la iniciativa en estudio pretende disminuir los riesgos de corrupción y promover que los fideicomisos funcionen bajo «los principios de la responsabilidad gubernamental, así como de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados», este órgano jurisdiccional no considera idóneo modificar o invadir las competencias del Ejecutivo para constituir los fideicomisos públicos. Por su parte, la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas destacó que atendiendo lo establecido en el Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración4 en su artículo 6, fracción IV como <>, se encuentra emitidos y publicados los Lineamientos Generales en Materia de Fideicomisos Públicos Estatales5, los cuales tienen como objeto en su artículo 1 <>; dichos lineamientos tienen alcance como sujetos de su aplicación en su artículo 2, a <>; asimismo, se sujetan normativamente acorde al artículo 3 a <>. Como se advierte de estos lineamientos, esta figura opera bajo un marco normativo amplio aunado a que su uso no es discrecional y requiere acotarse distintos análisis que justifique su uso, de esto, el artículo 6 señala que <>; por lo que bajo lo anterior, acorde al artículo 8 <>; todo lo anterior, permite bajo un análisis de fondo, tomar la decisión adecuada tanto en la constitución, modificación, sustitución o su extinción; asimismo, se regula su administración y operación, sus obligaciones presupuestales y contables, la obligación de su registro, la manera de operar de sus Comités Técnicos; lo que impulsa su control y la trasparencia en su uso. la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato10, señala en su artículo 63, fracción XIII, como facultad del Congreso del Estado <>; no obstante, en ninguno de los dos escenarios, el análisis que se lleve a cabo interviene en el esquema que implica la constitución, reforma o extinción de fideicomisos públicos, dado que no es materia de dicho ejercicio, por ello es que su regulación, se prevé de forma especial en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, en congruencia a que de forma conjunta, el ejercicio presupuestal se conforma de la atribución de establecer los ingresos, determinar el egreso y revisar la cuenta pública, aunado a lo previsto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios , donde se considera esta figura tanto para la administración, la garantía y la ejecución del gasto bajo fines específicos establecidos en el mismo. Hay que tener en cuenta que a nivel estatal el ejercicio de análisis y aprobación que el Congreso del Estado realiza en base a la norma vigente, es un mecanismo que se lleva a cabo en una interacción con los distintos poderes de gobierno, obedeciendo al interés público de la existencia de controles constitucionales que mitiguen los aspectos políticos; al respecto la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido como reflexión los siguiente en la: CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. DETERMINACIÓN DE LAS CUESTIONES MERAMENTE POLÍTICAS. La calificación de un proceso constitucional como político, no tiene una definición a priori, sino casuística, en la medida en que lo político opera con categorías decisionistas de índole subjetiva, basadas sustancialmente en razones de oportunidad. Como manifestación del principio de división vertical de poderes que rige en todo Estado constitucional, deben dejarse a salvo, en el ámbito político, mecanismos, cuya práctica institucionalizada conlleve la realización de los fines que con su establecimiento se pretenden, a saber, el equilibrio de fuerzas y el control recíproco entre los mismos. Así, la definición de cuándo se está frente a una cuestión meramente política puede ser extendida o restringida en función de la progresiva elaboración de la categoría, de manera casuística, dependiendo de las particularidades de cada ordenamiento jurídico. A efecto de tener una cuantificación sobre los recursos que vincula la presente iniciativa, es conveniente referenciar que en la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2023 se encuentran vinculados a esquemas de fideicomisos la cantidad de 2,445.13 millones de pesos, que se conforma de los saldos en bancos e inversiones reportadas por los fideicomisos a septiembre de 2022. De acuerdo con la información del ejecutivo estatal, se encuentran vigentes 24 fideicomisos públicos que se han constituido para el desarrollo de diversos programas y políticas públicas en el Estado, mismos que se han realizado bajo la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato y de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, así como de la normatividad reglamentaria y sus respectivos lineamientos. Los saldos reportados para cada uno de los fideicomisos públicos es el siguiente: La Consejería del Ejecutivo manifestó que no se considera viable la propuesta. Derivado de que el objeto general de la iniciativa es establecer la intervención directa del Congreso del Estado, en la constitución, modificación o extinción y facultad de revocación de los fideicomisos públicos como entidades paraestatales de la administración pública estatal, es oportuno considerar que el principio de división de poderes en las entidades federativas está previsto en el artículo 116, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: «El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo». El primer párrafo del artículo 80 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato dispone que «Para el despacho de los asuntos a cargo del Poder Ejecutivo, el Gobernador del Estado contará con las Dependencias y Paraestatales señaladas en la Ley de la materia, la cual establecerá las atribuciones, forma de organización y facultades de sus Titulares». Siendo que la administración pública paraestatal está integrada entre otros entes, por los fideicomisos públicos, regulados conforme a la Ley. Por tanto, se colige que, en primer término, al Titular del Poder Ejecutivo le corresponde la facultad de organizar la estructura de la administración pública estatal. Ahora bien, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, en términos de lo dispuesto en los artículos 1o y 2o, tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de la Administración Pública del Estado, cuyo ejercicio corresponde al Gobernador del Estado, en apego a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y demás disposiciones jurídicas aplicables. Así, el artículo 67 de la de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato señala que el Gobernador del Estado podrá constituir fideicomisos públicos para impulsar el desarrollo del Estado cuando así lo determine el interés público y previo estudio que lo justifique; por su parte, el artículo 69 de la misma ley establece que los fideicomisos públicos solo podrán constituirse para auxiliar al Gobernador del Estado en la realización de actividades que le sean propias. De ahí, que es claro que los fideicomisos públicos están pensados para auxiliar al Poder Ejecutivo en la consecución de sus políticas públicas o proveerse de los medios suficientes para alcanzarlas. De igual manera, la constitución de estos no representa un acto discrecional, sino que debe encontrarse justificada y estar encaminados a la satisfacción del interés público. Además de encontrarse regulado en su Decreto de creación, el cual establecerá su constitución, función y organización y en el que se contempla su naturaleza jurídica y las bases generales para su funcionamiento, integración de sus órganos de gobierno, y facultades para la emisión de los instrumentos internos necesarios para el respectivo desarrollo de su operación. Relativo a la propuesta de reforma al artículo 78 bis de la LECRP, que de manera general plantea la intervención del Congreso del Estado para la autorización en la constitución, modificación o extinción de los fideicomisos, se reiteran las consideraciones previamente manifestadas, ya que se debe tener en cuenta la vulneración al principio de división de poderes e invasión de las atribuciones que en términos de ley, ejerce el titular el Poder Ejecutivo, en un sistema democrático que atienda el marco de las políticas públicas y priorización de las necesidades sociales en favor de la sociedad guanajuatense. Asimismo, la determinación de la aportación o incremento de recursos públicos a los fideicomisos, se deberá realizar conforme a las políticas públicas estatales, así como a la situación actual de la hacienda pública estatal, la cual es una facultad del Poder Ejecutivo, pues se reitera que el fideicomiso público es un mecanismo para garantizar el eficiente y transparente uso de los recursos públicos, que determina sus fuentes de procedencia y su monto, a través del respectivo presupuesto aprobado en su caso, por la legislatura local. Respecto a la propuesta de reforma al párrafo sexto del artículo en comento se precisa que el Congreso del Estado cuenta con la facultad de intervenir en la revisión del ejercicio de los recursos públicos de los fideicomisos, en términos de lo dispuesto por el artículo 66, segundo párrafo de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, disposición que se encuentra armonizada en el numeral 2, párrafo segundo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, que señala: «La función de fiscalización también comprende los recursos públicos que se destinen y ejerzan por cualquier entidad, persona física o jurídico colectiva, pública o privada y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos, comités, patronatos, consejos o cualquier otra figura jurídica.» Por lo que se refiere al detalle específico que habrán de contener los informes financieros trimestrales de los fideicomisos públicos rendidos al Congreso del Estado, que propone el iniciante en el último párrafo del artículo 78 bis, no se estima viable tal modificación, en virtud de que el artículo 102 decies de la LECRP establece que dichos informes deberán emitirse de conformidad con lo dispuesto por los ordenamientos legales. En este sentido, la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), es el dispositivo específico que regula, entre otros, los criterios generales para la emisión de información financiera de los entes públicos con el fin de lograr su adecuada armonización, y es de observancia obligatoria para las entidades estatales de la administración pública paraestatal, como lo es el caso de los fideicomisos públicos estatales. Además de que la LGCG establece que los entes públicos aplicarán la contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos. II.3. Se elaboró un documento con formato de comparativo, mismo que se circuló a quienes integramos esta Comisión. II.4. El 17 de junio de 2025 se llevó a cabo una mesa de trabajo, en la que participamos los diputado Víctor Manuel Zanella Huerta y Carlos Abraham Ramos Sotomayor y la diputada María del Pilar Gómez Cervantes, integrantes de esta Comisión, personas funcionarias de la Consejería Jurídica del Ejecutivo, del Tribunal de Justicia Administrativa, el Director de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, personal de asesoría de los Grupos Parlamentarios del Partido Morena y del Partido Acción Nacional, así como la Secretaría Técnica, en la que analizamos la iniciativa. II.5. La presidencia instruyó a la secretaría técnica la elaboración del proyecto de dictamen de archivo de la iniciativa y de acuerdo a las propuestas de punto de acuerdo materia del presente dictamen, ello al haber considerado los argumentos vertidos en las opiniones y en la mesa de trabajo, conforme a lo dispuesto en los artículos 94, fracción VII y 272, fracción VIII, inciso e de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, dicho proyecto que fue materia de revisión de las diputadas y los diputados integrantes de esta Comisión dictaminadora. III. Propuesta de punto de acuerdo En la sesión ordinaria celebrada el 24 de octubre de 2024, el Pleno de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos -116 fracción II, párrafo sexto- de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57, 63 -fracción XXVIII- y 66 -fracción IV- de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, fracción II, 3 -fracción I-, 8, 8 Bis y 82 -fracción III- de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, ordenó a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato la práctica de una auditoría financiera y de cumplimiento al Poder Ejecutivo del Estado, a través del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato (FIDESSEG), en la que se deberán incluir las operaciones no revisadas por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, correspondientes a los ejercicios fiscales 2020, 2021, 2022 y 2023 del citado fideicomiso, así como una auditoría concomitante a las operaciones realizadas por dicho fideicomiso en el ejercicio 2024, en los términos de las consideraciones de la propuesta de punto de acuerdo de obvia resolución suscrita por las diputadas y los diputados integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la Sexagésima Sexta legislatura. Por lo que se incluyó en el Programa General de Fiscalización 2024. Esta propuesta realizada por el órgano de gobierno del Congreso del Estado y aprobado por el Pleno atendió a las propuestas de punto de acuerdo que se habían realizado relacionadas con el tema del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato (FIDESSEG) y que fueron turnadas a esta Comisión dictaminadora. A esta instrucción del Pleno del Congreso, la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato emitió el informe de resultados, mismo que debe sancionarse por el Congreso en los términos presentados por la Auditoría Superior del Estado y proceder a su aprobación, considerando que no se presenta el supuesto contenido en el artículo 38 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato. IV. Consideraciones de la iniciativa y las propuestas. La iniciativa identificada con el número de expediente legislativo digital 506B/LXV-I señala en su exposición de motivos, de manera sustancial: «La presente iniciativa busca ampliar las facultades de este Congreso para crear, modificar o extinguir fideicomisos y que no siga siendo una atribución exclusiva del Gobernador. Al mismo tiempo, busca fortalecer la rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos de los fideicomisos especificando el contenido mínimo de los informes financieros trimestrales y de cuenta pública respecto a los recursos ejercidos a través de los fideicomisos públicos y empresas de participación estatal. Por su parte, se plantea un régimen transitorio que permita llevar a cabo una auditoría integral al FIDESSEG, comenzar su proceso de extinción, y que este Congreso inicie un proceso de revisión progresiva de los fideicomisos existentes para determinar la pertinencia y necesidad de cada uno.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 290/LXV-PPA que propone solicitar al Gobernador del Estado, a través de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, la comparecencia de la Secretaria de Desarrollo Social y Humano, señala en su exposición de motivos, de manera sustancial: « Las dudas sobre el correcto ejercicio de recursos públicos a través del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato (FIDESSEG), se han venido acumulando conforme pasa el tiempo y se conoce más información sobre el mismo. Sin embargo, esto sólo sucede por la falta de explicaciones claras al respecto que, de darse, permitirían despejar esas dudas o -en su caso- confirmarían irregularidades sobre las cuales hay que rendir cuentas. Desde la falta de documentación suficiente y adecuada para la constitución del fideicomiso, hasta la aprobación de recursos para algunas de las fundaciones con conflictos de interés, e incluso el posible fraude por la falta de ejercicio de recursos públicos, son elementos que constituyen dudas razonables sobre el correcto ejercicio de los recursos públicos y, como tal, ameritarían una investigación integral y exhaustiva por parte de las autoridades administrativas. Lamentablemente, esta posibilidad ha sido cancelada por la mayoría de este Congreso cuando en su momento fue solicitada por parte del Grupo Parlamentario de MORENA y, a la par, fue desechada por el Grupo Parlamentario del PAN. Independientemente de esta necesidad, este Congreso tiene también una responsabilidad de control político y presupuestal que no se agota en los mecanismos de fiscalización tradicionales. Tenemos atribuciones constitucionales útiles para garantizar un correcto ejercicio de recursos públicos que debemos utilizar. En el caso concreto del FIDESSEG sobran motivos para hacerlo, no sólo por las irregularidades que hemos denunciado con anterioridad, sino porque nuestros trabajos de investigación no se han detenido. El pasado jueves 8 de junio, nos trasladamos una vez más al Centro de Rehabilitación Integral de San Miguel de Allende (CRISMA), dependiente de la Fundación Vamos México A.C. y beneficiaria de recursos del FIDESSEG. A diferencia de nuestra visita anterior, ahora ya no había algunos cuartos en obra negra con los trabajos detenidos. Por el contrario, parece ser que, luego de nuestra denuncia, la obra que debió entregarse desde agosto del año pasado ha sido reanudada, posiblemente para evitar cualquier tipo de sanción. Por su parte, la clasificación de la información como reservada por 3 años fue extendida hacia otros elementos del propio fideicomiso. Mediante una solicitud de acceso a la información con folio 111100500150623 del 2 de mayo pedimos 3 elementos de algunas organizaciones beneficiarias del FIDESSEG: • Resumen de actividades realizadas; • Relación de gastos y comprobantes fiscales; y • Reporte fotográfico u otra evidencia documental que acredite el ejercicio de recursos públicos. Lamentablemente, la reserva de información se extendió más allá de las fronteras de lo solicitado. Con fecha 26 de mayo, en nuevas solicitudes de acceso a la información, pedimos adicionalmente: • Convenios de aportación de recursos entre FIDESSEG y todas las organizaciones beneficiarias; • Actas de las sesiones del Comité Técnico; • Nombres de quienes han integrado el Comité Técnico; y • Planes anuales de trabajo desde 2019 a la fecha. Estos elementos también nos fueron negados con el mismo acuerdo de reserva de información número RCT_1139_2023, con lo cual queda claro que estamos ante una reserva acrítica, desproporcionada y absoluta de información relacionada con el FIDESSEG. Esto ha valido para ocultar el contenido de los proyectos financiados, mecanismos de asignación de recursos, contratistas beneficiados, personajes implicados y posibles sobreprecios o redes de conflictos de interés. Pese a que desde este Grupo Parlamentario ya hemos presentado el correspondiente recurso de revisión en contra de la reserva de información, lo cierto es que el tiempo de resolución puede ser extenso. Esto abre una ventana de oportunidad para que, conforme pasa el tiempo sin una revisión puntual del ejercicio del gasto del FIDESSEG, las irregularidades sean atendidas -tanto de forma lícita como ilícita- tal como es el caso de las obras llevadas a cabo en el CRISMA, o como pueden ser la elaboración de actas y evidencias hasta el momento inexistentes. Esta sola posibilidad exige un actuar decidido por parte de esta soberanía para ejercer sus atribuciones de control y así garantizar la vigilancia democrática del gasto público. En este sentido, cabe recordar que la fracción XII del artículo 63 de la Constitución Local otorga a este Congreso la facultad de solicitar al Gobernador la comparecencia de funcionarios del Poder Ejecutivo para que informen sobre asuntos relativos a sus funciones. Asimismo, el artículo 51 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que el Pleno es el órgano máximo de decisión de este Congreso, lo cual le permite tomar acuerdos de carácter vinculante al interior del propio Congreso; así, el Pleno tiene facultad de solicitar a la Junta de Gobierno y Coordinación Política ejercer la atribución que le otorga el artículo 72 en sus fracciones X y XI: X. Ser el conducto para proponer al Pleno la solicitud al titular del Poder Ejecutivo, para que comparezcan los servidores públicos del Poder Ejecutivo para que, informen cuando se discuta o estudie un asunto relativo a las funciones que aquellas ejerzan; XI. Establecer los términos en que se llevarán a cabo las comparecencias de los servidores públicos, en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, así como determinar la duración y el formato de las mismas; Por su parte, el artículo 2 del Decreto Gubernativo 21 vigente, por el que se autorizó la constitución del FIDESSEG establece que este fideicomiso está sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social y Humano. Siguiendo la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, esto supone que le corresponde conocer la operación y evaluar los resultados del FIDESSEG, a la par de que este fideicomiso debe proporcionarle información y datos a la propia SEDESHU. Por lo anterior, la iniciante considera que es necesario solicitar la comparecencia de Libia Denisse García Muñoz Ledo para que explique a esta soberanía la operación, ejercicio y verificación de los recursos públicos del FIDESSEG. Por otra parte, el órgano de vigilancia del fideicomiso tiene la atribución explícita de vigilar la correcta aplicación de recursos que integren el patrimonio del FIDESSEG. Por lo anterior, la iniciante considera pertinente exhortar al órgano de vigilancia del FIDESSEG para intensificar las labores de vigilancia sobre la aplicación de recursos en los proyectos financiados entre 2021 y lo que va de 2023, así como remitir a esta soberanía un informe sobre las actividades de vigilancia llevadas a cabo para cada proyecto financiado entre 2021 y lo que va de 2023. En mérito de lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente propuesta de: ACUERDO Primero. La LXV Legislatura del Estado Libre y Soberano de Guanajuato acuerda solicitar al Gobernador del Estado, a través de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, la comparecencia de la Secretaria de Desarrollo Social y Humano, Libia Denisse García Muñoz Ledo, ante el Pleno, para que informe a esta soberanía sobre la operación y ejercicio de recursos públicos a través del FIDESSEG en el periodo comprendido de 2021 a la fecha. Segundo. La LXV Legislatura del Estado Libre y Soberano de Guanajuato acuerda emitir un atento exhorto al órgano de vigilancia del FIDESSEG para que, en el ámbito de sus atribuciones, intensifique las labores de vigilancia sobre la aplicación de recursos en los proyectos financiados entre 2021 y lo que va de 2023, así como remitir a esta soberanía un informe sobre las actividades de vigilancia llevadas a cabo para cada proyecto financiado entre 2021 y lo que va de 2023.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 16/LXVI-PPA que propone exhortar al poder Ejecutivo, señala en su exposición de motivos, de manera sustancial: « El Fideicomiso de Administración e Inversión para Financiar Obras, Infraestructura, proyectos y Acciones Prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública (FIDESSEG), fue constituido mediante el Decreto Gubernativo número 21, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato (POGED) el 15 de abril de 2019 con la finalidad de cumplir los objetivos del Gobierno del Estado de Guanajuato en cuanto al ejercicio del gasto, destinando un porcentaje del impuesto sobre Nóminas y los Rendimientos Financieros que se generen, para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de desarrollo social y seguridad pública, dando así respuesta a las necesidades de la ciudadanía y fomentando su participación. Posteriormente, el 17 de diciembre de 2019, fueron publicadas en el POEG las Reglas de Operación del FIDESSEG y el 17 de enero de 2022, fue publicado en el POEG, el Decreto Gubernativo número 105, mediante el cual se reformaron diversos artículos del Decreto Gubernativo número 21 del 2019, para -entre otras cosassectorizar el FIDESSEG a la entonces Secretaría de Desarrollo Social y Humano (SEDESHU) y para crearle una Dirección General. Este Fideicomiso ha sido cuestionado en múltiples ocasiones, pues constantemente se han evidenciado diversas irregularidades e inconsistencias en su funcionamiento, pues presuntamente se haya beneficiado a funcionarios públicos o bien, a personas que tienen alguna relación o vínculo con personas militantes del Partido Acción Nacional. Por eso, desde hace años han sido varios los esfuerzos que se han realizado por parte de distintas fuerzas políticas para que se aclare el funcionamiento del Fideicomiso y se transparente el manejo y ejercicio de los recursos públicos que le corresponden. Ejemplo de ello, han sido los distintos exhortos que se han presentado en este Congreso para que se lleven a cabo auditorías de la totalidad de los recursos, funcionamiento y operatividad del FIDESSEG de los ejercicios fiscales correspondientes a los años 2019, 2020, 2021 y 2022. Aquí, destaca que en uno de los exhortos presentados por MORENA el 08 de junio del 2023, se reveló que a través de una solicitud de acceso a la información realizada el 2 de mayo del 2023, en la que se pidió el resumen de las actividades realizadas, relación de gastos y comprobantes fiscales, así como evidencias documentales que acreditaran el ejercicio de recursos públicos destinado a algunas organizaciones en particular durante el periodo comprendido del 2020 al 2023, la Unidad de Transparencia y Archivos del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato manifestó que la información referida a los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023 se encontraba referida como clasificada por un periodo de tres años contando a partir del 10 de mayo del 2023, de acuerdo con el resolutivo emitido por el Comité de Transparencia del Poder Ejecutivo a petición de la Lic. Alma Lilia Akall Picón, Directora General Jurídica de la SEDESHU. Época en la que Libia Denisse García Muñoz Ledo, la actual Gobernadora era la Secretaria de Desarrollo Social y Humano, es decir, que ella fue la responsable de que la información se hubiera clasificado. Tal fue la polémica que se desató al evidenciar la clasificación de esta información que el 21 de junio del 2023 la ahora Gobernadora informó que ya había presentado un oficio a la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo para solicitar que la información sobre el FIDESSEG no sea por 3 años, sino únicamente por el tiempo que durara la auditoría. Sin embargo, ya era tarde y las malas decisiones del Gobierno del que ella formaba parte habían quedado evidenciadas. Es así como entonces ya se sabía de problemas con la transparencia del FIDESSEG, no hasta esta semana cuando la Gobernadora lo reconoció públicamente para justificar su reciente decisión de extinguir el FIDESSEG, misma que ya se veía venir al menos desde el 27 de junio del 2024, cuando el Grupo Parlamentario de Acción Nacional, aprobó un punto de acuerdo de obvia resolución que había sido propuesto por ellos mismos -probablemente por indicaciones del Ejecutivo- para exhortar a la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración a fin de que, en apego a sus facultades previstas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, propusiera llevar a cabo las acciones necesarias para la extinción del FIDESSEG. Aprobación que se dio sin tomar en consideración las peticiones y comentarios de las personas integrantes de diversas organizaciones de la sociedad civil que el día de la discusión de ese Punto de Acuerdo vinieron al Congreso a protestar en contra de la extinción del FIDESSEG. En este sentido, el 27 de junio de 2024, los dirigentes de Coparmex Irapuato-Salamanca, a través de un comunicado, externaron su posición con respecto al FIDESSEG, señalando que dicho Fideicomiso fue el resultado de un acuerdo de voluntades entre el sector empresarial y las autoridades públicas, además de hacer un llamado a las autoridades en el Congreso para contemplar su postura y fomentar el diálogo de las partes para la permanencia del Fideicomiso y su óptima asignación de recurso a través de las Asociaciones Civiles. En este mismo sentido, el pasado 3 de octubre de 2024, Roberto Novoa Toscano, en su calidad de Presidente del Consejo Coordinador Empresarial de León, en el que se encuentran asociaciones como AMEXME, APIMEX, CANACINTRA, CANACO, CANADEVI, CICEG, CICUR, CMIC y COPARMEX envió una carta a la Secretaria del Nuevo Comienzo del Gobierno del Estado, la Mtra. María del Rosario Corona Amador, para hacer de su conocimiento la preocupación que tiene el sector empresarial por el número de solicitudes que se encuentran en espera de la aprobación del Comité Técnico del FIDESSEG. Tal como se lee en la carta, de la información obtenida por las fundaciones que presentan solicitudes de apoyo al Comité Técnico, “FE Guanajuato” cuenta con 48 proyectos por un monto de $313,58.895., mientras que “Actuando por Guanajuato” son 24 proyectos por un monto de $124’497,112. Por lo que se estaría hablando de un total de 72 proyectos por un monto total de $438,087.007, que sólo esperan la aprobación del Comité Técnico. Igualmente, señaló que con datos preliminares de ambas fundaciones, se tiene conocimiento de que están en proceso de validación, proyectos que rondan los 600 millones de pesos que se sumarán a los que ya están listos para la aprobación del Comité, por lo que concluye el escrito solicitando que la emisión de una convocatoria para que sesione el Comité Técnico del FIDESSEG en aras de atender los rezagos señalado. Recientemente, el viernes 11 de octubre, la titular de la Secretaría del Nuevo Comienzo, Rosario Corona, se enfrentó al rechazo del sector empresarial, quienes abandonaron una reunión que tendrían para revisar temas relativos al FIDESSEG, debido a la falta de diálogo y cumplimiento de los compromisos adquiridos en el Fideicomiso e incluso acusaron de haber padecido amedrentamientos. No obstante, lo anterior, el 14 de octubre del 2024, se publicó a través del portal de boletines un comunicado en el que se reiteró la intención por parte del Ejecutivo para la extinción del FIDESSEG, proponiendo en su lugar la creación de la Subsecretaría de Fortalecimiento a OSC, que según traerá consigo una nueva forma de operar, en la que presuntamente se busca economizar gastos y distribuir el recurso de forma óptima. Lo cual derivaría en una pretensión por eliminar cualquier rastro de ejercicio y uso de recurso efectuado a través del FIDESSEG, y con ello el poder ser sujetos a una auditoría. Es decir, nuevamente se propone hacer el mismo error que ya se cometió en este Congreso -pero ahora desde el Ejecutivo-, extinguir el Fideicomiso que busca destinar un porcentaje del impuesto sobre Nóminas y los Rendimientos Financieros que se generen para la financiación de obras, infraestructura, proyectos y acciones sociales prioritarias, dando así respuesta a las necesidades de la ciudadanía y fomentando su participación. Sin escuchar a la ciudadanía y sin tomarles en consideración. Claro que el FIDESSEG tiene debilidades que necesitan corregirse y cuestiones que se deben mejorar, no solamente para evitar que caiga en vicios e intereses políticos y personales que alienten o favorezcan actos de corrupción, sino también para hacer eficiente su funcionamiento y, sobre todo, hacer de él un fideicomiso efectivo, que verdaderamente cumpla con los objetivos por los cuales se creó: beneficiar a la sociedad, pero la solución es eso; mejorarlo, fortalecerlo, no extinguirlo, porque su propósito es bueno, lo malo es la ejecución y eso tiene solución. En este tema, preocupa especialmente que la ahora gobernadora del estado, quien era parte del Comité Técnico ocupando la Secretaría Técnica, pretenda extinguir dicho Fideicomiso con el argumento de que -ahora sí- se busca tomar decisiones que se acerquen al propósito de ayudar a las causas más nobles de la sociedad, lo cual inevitablemente lleva a preguntarse bajo qué valores y principios estaban operando a través del Fideicomiso. Y esto además preocupa, pues resulta alarmante que quién encabezó la Secretaría encargada de operar el FIDESSEG, ahora se muestre a favor de exterminar la vía por la cual miles de personas a través de Organizaciones de la Sociedad Civil se veían beneficiadas. Máxime si tomamos en consideración los múltiples intentos poco fructíferos por auditar de forma íntegra el ejercicio del Fideicomiso que se han presentado en el pleno del Congreso y que ella misma obstaculizó al clasificar la información relativa al tema que era solicitada mediante la Plataforma Nacional de Transparencia en ejercicio del derecho al acceso a la información. La situación es clara, la extinción no es la solución. En Movimiento Ciudadano consideramos que la solución para darle viabilidad a los proyectos presentados por Organizaciones de la Sociedad Civil no es la desaparición del FIDESSEG o la creación de una nueva subsecretaría que solo aumentaría la burocracia estatal, sino mejorarlo y fortalecerlo. Por eso, creemos que lo pertinente es, en primer lugar, mantener la existencia del FIDESSEG porque en él están representados los acuerdos construidos entre el sector empresarial, el sector profesional, las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades guanajuatenses. En segundo lugar y, a manera de alternativa, se debe buscar la conciliación con los distintos sectores de la sociedad civil implicados a efectos de llegar a acuerdos que hagan factible perfeccionar la forma en la que opera actualmente el Fideicomiso, y en este sentido, adecuarlo y complementarlo con las propuestas contempladas en los lineamientos para el Fortalecimiento y Gestión de Recursos de Organizaciones de la Sociedad Civil propuestos esta misma semana por el Gobierno del Estado, en aras de optimizar el manejo y gestión de los recursos destinados a Organizaciones de la Sociedades Civiles, sin que esto implique la desaparición del FIDESSEG. Por último, pero no menos importante, en apego a los principios de transparencia y rendición de cuentas, es urgente auditar el ejercicio de los recursos públicos que ha administrado el FIDESSEG, con el objeto de esclarecer su uso, en su caso, detectar las irregularidades y determinar si existen responsabilidades de carácter administrativo, civil o penal que deban atenderse. Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente Punto de: ACUERDO PRIMERO. La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, efectúa un respetuoso exhorto al Poder Ejecutivo para que, a través de la Secretaría del Nuevo Comienzo cancele la extinción del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato (FIDESSEG) y en su lugar, lo fortalezca y mejore adecuándolo y complementándolo con las modificaciones operativas propuestas en su nuevo modelo llamado Fortalecimiento y Gestión de Recursos de Organizaciones de la Sociedad Civil, mediante la adopción de una postura de diálogo continuo y permanente con el sector empresarial así como con las Organizaciones de la Sociedad Civil, con el fin de establecer en conjunto las reglas de operación que regirán el manejo y distribución de los recursos contemplados para el Fideicomiso. SEGUNDO. La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, con fundamento en lo dispuesto en los artículo 63, fracción XXVIII y 66, fracción IV, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, y por el artículo 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, instruye al Auditor Superior del Estado para que realice una adición al Programa General de Fiscalización 2024 a fin de que se incluya una auditoría financiera y de cumplimiento al Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, a través del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública (FIDESSEG), en la que se deberá revisar el 100% de las operaciones correspondientes a los ejercicios fiscales 2020, 2021, 2023 y 2024 del Fideicomiso, la cual deberá iniciar dentro de los quince días hábiles siguientes a la aprobación por el Pleno del Congreso del Estado.» La propuesta de punto de acuerdo identificada con el número de expediente legislativo digital 118/LXVI-PPA que propone exhortar a la Gobernadora del estado y a la Secretaria del Nuevo Comienzo, señala en su exposición de motivos, de manera sustancial: «Desde 2021 el Grupo Parlamentario de MORENA ha seguido las acciones desarrolladas en el Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato (FIDESSEG). El 15 de abril de 2019 fue creado el FIDESSEG con el objetivo de financiar y apoyar proyectos relacionados con el desarrollo social y la seguridad pública en Guanajuato. La bolsa económica del fideicomiso surge con el 0.3 del impuesto a la nómina que para 2025 asciende a cerca de 945 millones de pesos. Hemos aportado pruebas de la opacidad con que se condujo la administración del Fideicomiso, sobre todo en los primeros años, llegando incluso a presentar denuncias penales sin que existan hasta la fecha avances sustantivos al respecto. En términos legislativos hemos presentado varios exhortos y el más reciente fue el del 15 de octubre de 2024 en donde solicitamos que la Gobernadora del Estado, Libia Dennise García Muñoz Ledo, presentara lineamientos, estructura, programa y acciones que permitiesen el financiamiento a los organismos de la sociedad civil en diálogo y consenso con las propias organizaciones, el empresariado y este Poder Legislativo1. Tomadas del exhorto del año pasado, se reproducen a continuación algunas de las razones que traemos a colación en el contexto de nuestro interés para que en la reestructuración actual del FIDESSEG o como se denomine en el futuro, se consideren las opiniones no sólo del gobierno estatal y del empresariado sino de las propias organizaciones de la sociedad civil pues hemos denunciado irregularidades que apuntan hacia una posible red de corrupción conformada por algunos funcionarios públicos y militantes partidistas. Entre éstas, resaltan las siguientes expresadas en este pleno: 1. La constitución del fideicomiso sin estudio previo que lo justificara; 2. La falta de aclaración respecto al destino de 164.9 millones de pesos; 3. La falta de planes anuales de trabajo; 4. La aprobación de 43.9 millones de pesos a una asociación en cuyo consejo directivo está el hermano de uno de los miembros del Comité Técnico; 5. La aprobación de 15.5 millones de pesos para la Fundación Vamos México dirigida por Marta Sahagún y Vicente Fox sin que exista certeza del adecuado uso de los recursos públicos; y 6. La aprobación de 1.8 millones de pesos para una asociación dirigida por quien formó parte del primer Comité Técnico del FIDESSEG. El Grupo Parlamentario de Morena realizó una extensa investigación documental y de campo y exhibió fotografías, documentos e indagaciones financieras sólidas sobre la ausencia de transparencia y el uso indebido de los recursos públicos sin que alguna institución gubernamental respondiera. Tal había sido el desorden de los recursos, saltándose al comité responsable y a las reglas de operación, sobre todo en el tiempo de la pandemia, que se prefirió guardar un silencio originado por la ausencia de argumentos de defensa. El día 2 de mayo de 2023, desde el Grupo Parlamentario de MORENA se llevó a cabo una solicitud de acceso a la información con folio 111100500150623, mediante la cual se solicitó información respecto a los recursos destinados a algunas de las organizaciones mencionadas. En respuesta a la misma, notificada el día 12 de mayo de 2023, la Unidad de Transparencia y Archivos del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato señaló lo siguiente: […] Respecto a los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023, se refiere que la información se encuentra clasificada como reservada, clasificación que fue confirmada mediante resolutivo número RCT_1149_2023, emitido por el Comité de Transparencia del Poder Ejecutivo. Del resolutivo mencionado, se desprende que el supuesto proceso de auditoría notificó su inicio el viernes 28 de abril de 2023, esto es, 1 día hábil antes de la solicitud de acceso a la información por medio de la cual se requirió la información. Adicionalmente, se refiere a que dicho procedimiento se llevó a cabo conforme al “Plan de Trabajo 2023”, sin embargo, el sitio web de la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas no se encontró, dentro del listado anual de auditorías 2023, ningún procedimiento al FIDESSEG de forma directa, ni a la Secretaría de Desarrollo Social y Humano a la cual se encontraba sectorizado. Derivado de lo anterior, desde el Grupo Parlamentario de MORENA se impugnó la determinación de reservar por 3 años la información relativa al ejercicio de los recursos del FIDESSEG mediante un recurso de revisión presentado el día 2 de junio de 2023. La clasificación de esta información no sólo atentaba contra el derecho a la información, sino que carecía de la debida fundamentación y motivación, vulnerando así los principios de máxima publicidad y disponibilidad de la información. Además, señalamos que había tres elementos de la clasificación que van en sentido contrario a lo referido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato, pues los artículos 60 y 61, en relación con el artículo 75 fracción II, señalan que no podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de información relacionada con actos de corrupción. Es claro que el supuesto inicio de un procedimiento de auditoría en los términos en que se argumentó no es justificación suficiente para que se reservara de forma absoluta la información solicitada. Ante tal cerrazón y observando la complicidad de los órganos responsables de la trasparencia solicitamos un amparo que fue resuelto a nuestro favor. Y la respuesta al amparo de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano fue un aviso el martes por la tarde, que estaba a disposición la información el jueves siguiente de 10.00 a 11.00 de la mañana para revisar la información. En una hora tendríamos que investigar la información de tres años: prácticamente una burla, no para este grupo parlamentario sino para toda la ciudadanía. Adicionalmente, presentamos una denuncia penal por actos de corrupción en 2023, sin embargo, el avance en la investigación es inexistente por la conocida complicidad de la Fiscalía General del Estado con el gobierno estatal. La historia reciente es muy conocida, la gobernadora Libia Dennise García Muñoz Ledo Diego decide extinguir el FIDESSEG3, con la tolerancia del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sin considerar la opinión de los organismos de la sociedad civil, ni del empresariado, lo que provocó manifestaciones y descontentos que continúan hasta hoy. La inconformidad del sector empresarial ha tomado cauces judiciales y mediante dos amparos han logrado, con el primero detener la extinción del FIDESSEG y con el segundo impedir la realización de la reunión del Comité Técnico cuyo propósito era la modificación de las reglas de operación del Fideicomiso. Por su parte, 102 organismos de la sociedad civil se han integrado en la Coordinación de Organismos de la Sociedad Civil (COSOC) y hasta ahora solo habían sido considerados para recibir información proveniente del sector empresarial, y no fue sino hasta el pasado viernes que la Secretaría del Nuevo Comienzo estableció comunicación con esta agrupación para iniciar un diálogo formal. Vale la pena señalar la pluralidad de la composición de la COSOC, que es apartidista y que su propósito no es ser sólo escuchadas o ser receptoras de información de un proceso que actualmente se desarrolla sin su importante punto de vista sino tomar parte de las decisiones, objetivo muy loable y pertinente pues cuando se habla de participación de la sociedad civil esta se queda en acciones cosméticas si no se le incorpora como actores capaces de decidir el rumbo de las decisiones importantes. Como bien lo señala Olvera La sociedad civil no es un actor colectivo y homogéneo. En su aspecto movimiento, la sociedad civil es un conjunto heterogéneo de múltiples actores sociales con frecuencia opuestos entre sí que actúan en diferentes espacios públicos y que por regla tienen sus propios canales de articulación con los sistemas político y económico… Si bien teóricamente el concepto de sociedad civil no resuelve el problema de la interrelación con los sistemas, lo cierto es que en los desarrollos teóricos más acabados queda claro que la necesidad de un Estado de Derecho y de instituciones estables que protejan los espacios de acción sociales. El Grupo Parlamentario de Morena, en su momento, votó en contra de la desaparición del FIDESSEG, no porque lo avalara en cuanto a su origen, estructura, decisiones y financiamiento sino porque con la extinción también desapareció la posibilidad de entregar cuentas claras de los 3 mil millones de pesos ejercidos. La mejor forma de no entregar cuentas claras es su extinción, sobre todo en el contexto ya conocido de opacidad con que obró el mencionado fideicomiso y que la misma gobernadora ha reconocido. La falta de transparencia no es atribuible a la gran mayoría de los organismos de la sociedad civil que legítimamente y desde hace años realizan tareas relacionadas con la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos de la población en condiciones de precariedad. El llamado de atención está dirigido a quienes tomaron decisiones poco transparentes y a organismos que no rindieron cuentas claras sobre un dinero público que, habrá de subrayarse, no es ni del gobierno ni del empresariado, aunque el primero tenga responsabilidad en su buena administración y el segundo haya contribuido a la creación del FIDESSEG. El Grupo Parlamentario de Morena ha estado en contacto con algunas ONG y con empresarios interesados en el tema por lo que, en este punto de acuerdo, además de recuperar esta oprobiosa historia, tiene por objeto encontrar alternativas de solución que la propia gente ha esbozado. Si el FIDESSEG no respondió al principio de trasparencia y efectivo servicio a los organismos de la sociedad civil, hay que escuchar las propuestas de la ciudadanía que se podrían sintetizar en cuatro puntos torales: Primero. Financiamiento claro, trasparente y equitativo a los organismos de la sociedad civil que cumplan los requisitos diseñados de forma conjunta entre gobierno, Poder Legislativo, organismos de la sociedad civil y empresariado. La rendición de cuentas es un componente indispensable para el buen ejercicio de las finanzas públicas. Segundo. Requisitos claros y tramitación ágil al acceso de financiamiento, de modo que no se distraiga en cuestiones administrativas los recursos que deben ser destinados al cumplimiento de los objetivos de las organizaciones. Tercero. La participación de los organismos de sociedad civil, gobierno, empresariado y Poder Legislativo en la toma de decisiones del destino y montos asignados. Cuarto. La creación de una estructura para la formación y aumento de las capacidades organizativas de los grupos de la sociedad civil que lo requieran. Desde el grupo parlamentario de morena seguiremos insistiendo en la necesidad de trasparentar los recursos públicos ejercidos a través del fideicomiso y en seguir apoyando la participación de las organizaciones de la sociedad civil en la toma de decisiones. Así mismo, esperamos que los jueces federales resuelvan a la brevedad el fondo de los amparos para que fluya con prontitud el financiamiento a los organismos de la sociedad civil. Las diferencias entre el gobierno estatal y los organismos empresariales no pueden seguir dilatando las decisiones que hasta ahora han entorpecido las acciones de los organismos de las organizaciones sociales. En mérito a lo anteriormente expuesto presentamos la siguiente propuesta de: ACUERDO Único. La LXVI Legislatura del Estado Libre y Soberano de Guanajuato acuerda emitir un atento exhorto a la Gobernadora del Estado, Libia Dennise García Muñoz Ledo y a la secretaria del Nuevo Comienzo Rosario Corona Amador para que consideren a la Coordinadora de la Sociedad Civil (COSOC) y al Poder Legislativo del Estado de Guanajuato en la toma de decisiones sobre el diseño de los lineamientos, estructura, programa y acciones que permitan el financiamiento pertinente, transparente y efectivo a los organismos de la sociedad civil.» V. Consideraciones de la Comisión Dictaminadora. Uno de los tópicos más interesantes de la agenda pública es el del reconocimiento, promoción, financiamiento y regulación de las asociaciones civiles. Se trata de un tema polifacético que ha recibido una profusa atención. El ámbito de oportunidad de las asociaciones civiles es muy elevado si se tiene presente que lo que se está buscando, en gran medida, es dar cauce a un proceso de redefinición en la satisfacción de ciertas necesidades sociales con base en políticas públicas. Pero no de cualquier tipo de políticas, sino de unas de tipo dinámico, más transparentes, participativas y descentralizadas en las que los agentes sociales puedan tener cabida para expresarse e incidir en su desarrollo. Este es el motivo por el que se hace tanto hincapié en la importancia que para el sector revisten políticas públicas del gobierno. Se busca que las mismas armonicen el actuar de todos los actores involucrados, y fundamentalmente, de las asociaciones civiles, de tal forma que éstas cumplan también una función de “empoderamiento social” además de la asistencia social; capaciten a sus directivos y recursos humanos de tal forma que les permita cumplir de mejor manera sus objetivos (v.gr. acceder a financiamiento público o privado; sea este último nacional o internacional) e inviertan mayores recursos en educación y concientización social, entre otros. Esta caracterización sigue, en parte, la llamada definición “estructural-operativa” de L. Salomon y H. K. Anheider generalizada en la literatura sobre la materia . El sector no lucrativo [Non-profit Sector] para estos autores tiene los siguientes rasgos comunes: a) Organizaciones: están institucionalizadas en alguna medida. Lo que es relevante aquí es que posean una realidad institucional y algún tipo de estructura. Normalmente deben constituirse por medios legales; aunque es cierto que existen ciertos países donde ello no es posible. b) Privadas: están separadas institucionalmente del gobierno. Son privadas en el sentido de que su estructura no está al servicio ni dentro del aparato del Estado. Ello no significa que no puedan recibir recursos del gobierno para llevar a cabo su función social. c) No reparten beneficios entre sus directivos: los ingresos que generan no se reparten entre sus miembros. Si bien las organizaciones sin fines de lucro pueden acumular ganancias; las mismas deben utilizarse para satisfacer los fines para las que fueron creadas. Su razón de ser no radica en generar ganancias. No están guiadas por consideraciones u objetivos económicos. d) Autónomas: tienen control de sus actividades y gobierno. Este tipo de organizaciones deben ser autónomas. Sus procesos y actividades deben estar regidos por procedimientos internos de gobierno, y deben gozar de un grado de autonomía significativo. e) Voluntarias: tienen un componente significativo de trabajo no remunerado. Para ser incluidas en el sector no lucrativo, las organizaciones deben acogerse al concepto de “voluntariado” en su acepción más amplia. Otro tema fundamental es el referido a la financiación de este tipo de organizaciones. Como se sabe, las fuentes de financiamiento pueden provenir tanto del sector público como del sector privado, en este sentido es que en la iniciativa de Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2019 , se estableció la orientación del gasto de los recursos en torno a los ejes de gobierno estratégicos prioritarios, derivado de ello, se expidió el Decreto Gubernativo número 21, por el que se autorizó la constitución del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública para el estado de Guanajuato (FIDESSEG). El citado decreto fue reformado con el diverso Decreto Gubernativo número 105, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 11, Cuarta Parte, del 17 de enero de 2022, con el cual: i) cambió la sectorización del FIDESSEG, a la SEDESHU; ii) se reformaron las fracciones II, VIII y XI, del artículo 5, a efecto de fortalecer al FIDESSEG en su operación iii) se posibilita cuente con una Dirección General con las atribuciones que se establezcan en el contrato constitutivo del fideicomiso y demás disposiciones aplicables; y iv) se permite las sesiones virtuales y establecen las condiciones para sesionar bajo dicha modalidad. El Fideicomiso tiene por objeto constituir y administrar un patrimonio autónomo, destinado a financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de desarrollo social y seguridad pública para el estado de Guanajuato. Posteriormente, se publicaron las Reglas de Operación del FIDESSEG, en el ejemplar del Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 251 Tercera Parte del 17 de diciembre de 2019; luego, en el ejemplar 55 Tercera Parte del 18 de marzo de 2022, se publicó por parte de la otrora Secretaría de Desarrollo Social y Humano el acuerdo modificatorio a las reglas de operación del citado fideicomiso. Luego, mediante el Decreto Gubernativo 7 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 213, tercera parte de fecha 23 de octubre de 2024, mediante el cual se autorizó la extinción del citado fideicomiso, la cual no ha culminado al haber sido controvertido el referido decreto gubernativo mediante tres juicios de amparo indirecto que se encuentran sub judice, en dos de ellos esta soberanía tiene la calidad de autoridad responsable al haber sido vinculada por los juzgados federales del conocimiento, luego, a partir de que la norma no ha cobrado eficacia jurídica al mediar suspensiones de los órganos jurisdiccionales del orden federal, que si bien ordenan el mantenimiento y funcionamiento del Fideicomiso no establecen un impedimento para que se actualicen las disposiciones jurídicas del Fideicomiso, esto es; el decreto que autorizó su constitución, el contrato del fideicomiso y sus reglas de operación a fin de garantizar el cumplimiento de su objeto y fines y en consecuencia posibilitar que un mayor número de asociaciones civiles, puedan postular proyectos en beneficio de la sociedad guanajuatense a la que, de acuerdo a la vocación de cada una de ellas, representan. Como parte de las acciones encaminadas a dar continuidad al FIDESSEG en estricto apego a las consideraciones y resoluciones interlocutorias de los órganos judiciales que conocen de los juicios de amparo indirecto, en las que ya se ha advertido la necesidad de rediseñar su estructura y forma de funcionamiento para su optimo funcionamiento, el Poder Ejecutivo ha emitido el Decreto Gubernativo 22 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 65, segunda parte de fecha 1º de abril de 2025, mediante el cual se modificó la conformación del Comité Técnico del Fideicomiso. De manera particular se ha observado por este Poder Constituido que en la parte considerativa de la interlocutoria dictada en el juicio de amparo 1210/2024-VI del índice del Juzgado Noveno de Distrito se determinó respecto a la conformación del Comité Técnico: “que otorga igual cantidad de votos a representantes gubernamentales y privados (cinco secretarías y cinco representantes de los Consejos Coordinadores Empresariales) plantea un desequilibrio en la toma de decisiones. Conforme a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato y los Lineamientos Generales en Materia de Fideicomisos Públicos, el control de los recursos públicos debe estar en manos de entidades gubernamentales.” Y continúa mencionando la interlocutoria citada que, “el diseño facilita que actores privados, como los Consejos Coordinadores Empresariales, adquieran una influencia significativa en decisiones públicas esenciales, lo que representa un riesgo de captura de políticas públicas. Por ello, es fundamental que estas decisiones se mantengan bajo la gestión de entidades gubernamentales, ya que el control estatal garantiza en mayor medida la observancia de los principios de imparcialidad, transparencia y rendición de cuentas, como lo establecen la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato y los Lineamientos Generales en Materia de Fideicomisos Públicos.” Bajo ese contexto administrativo y judicial del Fideicomiso se ha reclamado dentro de la secuela procesal de los diversos juicios de amparo indirecto, la posibilidad de modificación del marco regulatorio del fideicomiso, comprendiendo la reforma contenida en el Decreto Gubernativo 22 así como de aquellos actos futuros que impliquen una modificación a las reglas de operación, no obstante que no existe una imposibilidad jurídica para tal efecto, pues las facultades para reformar el FIDESSEG han quedado a salvo en las propias interlocutorias, sin que a la fecha exista una determinación en sentido contrario. Aunado a las determinaciones judiciales, los resultados de la auditoría al Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, a través del FIDESSEG, correspondiente a los ejercicios fiscales 2020, 2021, 2022, 2023, así como una auditoría concomitante a las operaciones de dicho fideicomiso en el ejercicio 2024, realizada por parte de la Auditoria Superior del Estado de Guanajuato, también motivan a realizar un rediseño regulatorio respecto al funcionamiento del Fideicomiso. En el escenario actual quienes integramos esta Comisión de Hacienda y Fiscalización estimamos que el Gobierno del Estado pugna para que ante las determinaciones judiciales que ordenan mantener el Fideicomiso en funcionamiento; este lo haga bajo un marco regulatorio actualizado, acorde a las necesidades sociales que garantice la eliminación de todo riesgo de actualización de conflictos de interés en los diversos actores que forma parte de la estructura o tienen participación en el FIDESSEG; así como para propiciar la existencia de mecanismos efectivos de transparencia y rendición de cuentas. Además, la adecuación de las reglas de operación del Fideicomiso debe propiciar la ejecución de aquellos proyectos a cargo de organizaciones de la sociedad civil que resulten idóneos para cumplir con los fines del FIDESSEG, y sobre todo que tengan un impacto en beneficio del desarrollo social. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 171 y 204 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, las diputadas y los diputados que integramos estas Comisiones Unidas dictaminadoras, sometemos a la consideración del Pleno del Congreso del Estado de Guanajuato, el siguiente proyecto de ACUERDO: Artículo Primero. La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado exhorta al Poder Ejecutivo del Estado para que, en uso de sus atribuciones modifique las reglas de operación del Fideicomiso de Administración e Inversión para financiar obras, infraestructura, proyectos y acciones prioritarias en materia de Desarrollo Social y Seguridad Pública para el estado de Guanajuato (FIDESSEG), con el objeto de que un mayor número de asociaciones civiles estén en aptitud de postular proyectos para su financiamiento en condiciones de equidad. Comuníquese el presente Acuerdo a la Gobernadora del Estado, así como a la Secretaría del Nuevo Comienzo, para su atención. Artículo Segundo. Se considera improcedente la iniciativa formulada por la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, a efecto de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato y de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, en la parte correspondiente a la reforma y adición al artículo 78 Bis del segundo ordenamiento. (ELD 506B/LXV-I). En consecuencia, se ordena su archivo definitivo. Comuníquese el presente acuerdo a la Secretaría General del Congreso del Estado para los efectos conducentes. Guanajuato, Gto., 20 de junio de 2025 La Comisión de Hacienda y Fiscalización Víctor Manuel Zanella Huerta Diputado Presidente Karol Jared González Márquez Diputada Vocal Angélica Casillas Martínez Diputada Vocal Carlos Abraham Ramos Sotomayor Diputado Vocal María del Pilar Gómez Enríquez Diputada Secretaria

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