Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 423/LXV-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno
- Diputado César Larrondo Díaz - ¡Muchas gracias! Presidente con el gusto de saludarlo, a usted y a toda la mesa, también quiero agradecerle a mi compañera Martha Hernández, que me da la oportunidad de presentarla, compañeras diputadas y compañeros diputados medios de comunicación que nos acompañan público que nos sigue a través de las diversas plataformas a distancia muy buenos días, la vi civilización de las mujeres que emigran el combate a las condiciones que las vulneran y el acceso efectivo a sus derechos es una obligación que tenemos como representantes populares. - Hoy presentamos una propuesta que es un punto de partida en este compromiso y estamos convencidos y convencidas de que deberá repercutir de manera favorable para este sector de la población guanajuatense según datos del Instituto Nacional de Migración y la Secretaría de Gobernación hasta el 2018 las mujeres representaban entre el 20 y el 25% de los flujos migratorios en tránsitos irregular. - Sin embargo a partir de octubre del 2018 se manifestó un cambio en la migración y en el 2019 las mujeres y las niñas representaron el 40% de las personas detenidas en estaciones migratorias en todo el país, de acuerdo con la publicación realizada por la división de población del departamento de asuntos económicos y sociales de las naciones unidas en el 2020 las mujeres migrantes son catalizadoras del cambio ya que promueven normas sociales culturales y políticas positivas dentro de sus hogares y en todas sus comunidades casi la mitad de todas las personas migrantes internacionales del mundo son mujeres o niñas en el 2020 el número de mujeres migrantes superó ligeramente al de hombres migrantes en Europa América del Norte y Oceanía debido en parte a una mayor esperanza de vida de las mujeres que de los hombres lo que demuestra la pluralidad de personas que emigran y es por ello por lo que este fenómeno no puede seguir siendo identificado dirigido y formalizado en torno a que los hombres son los únicos que toman la decisión de emigrar de su lugar de origen y por tanto de ser considerados como los únicos que forman parte del flujo migratorio. - Es por ello que lo que presentamos hoy es una propuesta de fortalecimiento al consejo consultivo de migración órgano permanente y de conformación plural que tiene por objeto brindar asesoría y consulta especializada a la secretaría de la incorporación y consulta especializada a la Secretaría con la incorporación de los 3 municipios que se encuentren en los primeros lugares de flujo poblacional migratorio del estado como parte de las autoridades de primer contacto y más cercano con la ciudadanía. - De igual manera en este fortalecimiento se incorporará el consejo consultivo de se incorporará al Consejo Consultivo de Migración al Instituto para las Mujeres Guanajuatenses con el objeto de que en cada opinión que se tenga por el Consejo Consultivo de Migración o sugerencias al actuar de la Secretaría se tome como un factor preponderante la perspectiva de género y con ello comenzar, a diseñar, aplicar las políticas en materia de migrantes tomado en consideración que el género influye, marcadamente en las motivaciones para migrar los trayectos elegidos y/o la posibilidad de integrarse a un lugar de destino con las particularidades propias de ser mujeres u hombres. - En esta misma propuesta, presentamos la aplicación integral en esta legislación del lenguaje incluyente y no sexista, ya que somos conscientes de que el uso del lenguaje es la forma en que las personas se comunican, transmiten ideas, educan, persuaden, dan puntos de vista y plasman posturas es una herramienta muy poderosa que a lo largo de la historia ha transmitido el mensaje de una hegemonía patriarcal que ha arraigado una desigualdad entre las mujeres y los hombres perpetuando la participación de las mujeres en el ámbito privado y manteniendo la exclusividad de la participación en lo público de los hombres. - La forma de hablar y escribir en nuestro país ha establecido y definido el uso del lenguaje masculino genérico utilizando el lenguaje en masculino para designar a ambos géneros esta ha sido la postura de la real academia española y sobre esta misma se han basado en distintas ocasiones varios dictámenes en este y otros congresos para determinar no utilizar el lenguaje incluyente y no sexista a la redacción de las leyes. - En el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional coincidimos en la importancia de la evaluación de las normas del lenguaje con que se transmiten a la ciudadanía y de su adecuación a la realidad social, de la población guanajuatense. - Por tal motivo es importante que tanto mujeres como hombres se sepan parte de las decisiones de este Congreso que las disposiciones qué se diseñan para regir la convivencia en sociedad le son aplicables sin distinción de género y en respeto al mismo, no generalizando al utilizar artículos que sólo se refieren al género masculino. - La Ley para la Protección y Atención del Migrante y sus Familias está dirigida a la población en general es una disposición que puede ser consultada directamente por la ciudadanía su aplicación no requiere de un conocimiento experto en la materia de derecho por ello es indispensable que su lenguaje sea accesible y que logre identificar tanto a mujeres como a hombres como personas beneficiarias de su contenido, la iniciativa que presentamos plantea una propuesta de uso del lenguaje incluyente y no sexista en la Ley para la Protección y Atención del Migrante y sus Familias del Estado de Guanajuato, aplicando en lugar del comúnmente utilizado el lenguaje androcéntrico sustantivos, epicenos, para designar tanto a una persona de género masculino, como femenino, e independientemente del género, gramatical del sustantivo asignado. - Por lo que se presenta una situación de las referencias androcéntricas por el uso de palabras que se refieren tanto a mujeres como a hombres sin necesidad de hacer referencia al género, comenzando por la denominación de la ley para que se identifique a las personas migrantes y no sólo a los migrantes, es la idea de esta ley, que sea personas migrantes, como el tema que hoy se atiende también como con las personas con discapacidad, no discapacitados, creo que hoy el lenguaje ya es diferente ¡verdad! dada entrada con ello y visibilizar a todas las personas en esta localidad. - En mérito de lo anterior quienes somos integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional sometemos a la consideración de esta asamblea la propuesta de reforma a la Ley para la Protección y Atención del Migrante y sus Familias del Estado de Guanajuato, por su atención muchas gracias.
Buscan incentivar el lenguaje inclusivo y la paridad de género en temas de migración
Guanajuato, Gto. – El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional presentó una iniciativa de reforma a la Ley para la Protección y Atención de las Personas Migrantes y sus Familias del Estado de Guanajuato, con la finalidad de aplicar el lenguaje inclusivo y no sexista en dicha ley, así como adicionar aspectos al concepto de migrante, se actúe con perspectiva de género y que formen parte del Consejo Consultivo de Migración tres municipios del Estado que se encuentren en los primeros lugares de flujo poblacional migratorio.
Recepción en Comisión
Metodologías
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
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AYUNTAMIENTO DE YURIRIA | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de San Diego de la Unión | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Doctor Mora | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Romita | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Coroneo | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Apoyo a la Función Edilicia de León | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Tarimoro | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Santa Cruz de Juventino Rosas | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Moroleón | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Coroneo | 25/05/2023 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Irapuato | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
La directora de lo Normativo de dicho ayuntamiento del Ayuntamiento de Irapuato | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Celaya | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de San Luis de la Paz | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Santiago Maravatío | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Comisión para la Igualdad de Género | 25/05/2023 | No rendida | ||
Ayuntamiento de Apaseo el Grande | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Abasolo | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Jaral del Progreso | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Cortazar | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Uriangato | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Santa Catarina | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Coordinadora General Jurídica del Gobierno del Estado | 25/05/2023 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión
Dictamenes / Decretos
Consecutivo | Parte | No. publicación | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | PO | Transitorios |
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1298 | SEGUNDA PARTE | 136 | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | PO | 2 |
Fecha | Estatus |
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Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. | |
Artículo Segundo. La incorporación del Instituto para las Mujeres Guanajuatenses y de las tres personas representantes de los tres municipios con mayor incidencia de población migrante al Consejo Consultivo de Migración, deberá realizarse en la sesión próxima «ordinaria o extraordinaria de dicho Consejo», posterior a la entrada en vigor del presente Decreto. |