Datos Generales del expediente Legislativo

Expediente: 336/LXV-I
Persona Diputada
Suscripción
Presentación a Pleno
- Diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia - ¡Muchas gracias! Presidente Buenos días a todas y todos compañeras y compañeros diputados el día de hoy asumo esta tribuna para exponer la presente iniciativa cuyo fin es establecer en la Ley del Trabajo de los servidores públicos al servicio del estado y los municipios la licencia que por luto puedan solicitar por el plazo de 5 días hábiles y con goce de sueldo las personas trabajadoras a las que les haya fallecido su madre su padre su esposo esposa o concubina o concubino sus hijos y hermanos. - Lo anterior conforme a la siguiente exposición de motivos: - El Grupo Parlamentario del PRI en la presente legislatura se ha posicionado siempre en favor del reconocimiento de los derechos humanos presentando propuestas de reforma entre ellas a la Ley del Trabajo al Servicio de los Trabajadores del Estado y los Municipios. - En ese tenor se ha buscado ampliar la licencia de paternidad y la licencia por menstruación para las personas trabajadoras, de este modo la presente iniciativa sigue esa línea de buscar el reconocimiento de los derechos de las personas trabajadoras que les permitan atender una situación extraordinaria sin sufrir un menoscabo en sus prestaciones laborales. - El régimen para la protección de los derechos de los trabajadores ha venido evolucionando y enriqueciéndose día con día la protección de los derechos de los trabajadores cuenta con múltiples instrumentos y mecanismos de exigibilidad; así el catálogo de derechos humanos laborales puede ser muy extenso ya que puede incluir cuatro grandes apartados el que es de interés en la presente propuesta es el correspondiente a aquellos derechos qué se configuran durante el trabajo, es decir durante la relación laboral, en el presente caso del estado o los municipios con la persona trabajadora, ahora bien es sumamente necesario señalar que las necesidades humanas aconsejan postergar en situaciones excepcionales la obligación de trabajar con la finalidad de estar en posibilidad de atender obligaciones que llegan a ser más importantes que el trabajo. - En ese sentido el derecho laboral ha establecido una serie de permisos o licencias que permiten disculpar la obligación de trabajar con el fin de atender por parte del trabajador diversa obligación que no puede ser desatendida; dichas situaciones son excepcionales y dentro de la legislación encontramos la licencia por maternidad, por paternidad, por cuestiones personales, entre otras. - En virtud de lo anterior existe una tendencia internacional y nacional que busca reconocer el derecho a un permiso o licencia por fallecimiento de un pariente del trabajador ascendiente o descendiente en primer grado y colateral, en el mismo grado que ante la excepcionalidad que el trabajador presenta puede ausentarse de sus actividades laborales que le permitan atender las acciones que se derivan del fallecimiento de su familiar en dichas líneas y grados de parentesco. - En esta línea de argumentación la naturaleza jurídica de los permisos y licencias es que se trata de auténticos derechos establecidos por las normas jurídicas laborales que requieren de cumplimiento sin que se trate de dadivas u obsequios los permisos surgen para circunstancias o causas distintas de las suspensivas la naturaleza de las situaciones contempladas en los casos de su suspensión emparenta con casos de imposibilidad sobrevenida mientras que en las interrupciones suelen existir una necesidad ligada aspectos personales del trabajador dentro. - Dentro de este contexto se encuentran las licencias por luto estas se pueden definir como aquellos días que tiene una persona trabajadora para ausentarse por el fallecimiento de sus padres hermanos hijos y cónyuge o concubino; estos permisos ayudan a que los trabajadores no pierdan un ingreso no usen sus días de vacaciones o no intercambien tiempo extra para poder tomar unos días y atender esta necesidad, evidentemente dicha situación de fallecimiento involucra un proceso de duelo que es difícil sobrellevarlo para el trabajador y que constituye una acción extraordinaria que debe de ser atendida sin que se cause un perjuicio en su relación laboral, la propuesta que sé que se pone a consideración busca ampliar la gama de los derechos de las personas trabajadoras. - Mismos que surgen de una situación excepcional que debe de ser atendida inmediatamente ocurrido el deceso del pariente los 5 días hábiles de licencia que se proponen se justifican a razón de que con ellos la persona trabajadora podrá atender de manera inmediata las acciones que corresponden al sepelio del familiar fallecido; así como a realizar los trámites administrativos o judiciales que, de un fallecimiento, se desprende. - Asimismo el goce de sueldo se erige como una prestación que subsidia la situación extraordinaria a la que se enfrenta la persona trabajadora siendo esta la naturaleza del derecho establecido. - Por lo que hace a los grados y líneas de parentesco la propuesta abarca al padre, madre, hijo, hijos, cónyuge o concubina o concubino; así como a los hermanos de la persona trabajadora, es decir con ello se protege el núcleo familiar cercano de esta. - Todos en algún momento de nuestra vida hemos sufrido el fallecimiento de un pariente cercano y hemos tenido que afrontarlo ausentando nos de nuestros quehaceres y labores de nuestro trabajo, todos sabemos los trámites administrativos y judiciales que suelen realizarse y lo pesado que esto puede ser, evidentemente es necesario el tener un espacio de reposo de reflexión y de duelo, que permita afrontar la vida que sigue sin la persona fallecida y qué mejor que la ley establezca esta licencia con goce de sueldo para la persona trabajadora. - Es cuánto.
Pretenden establecer una licencia por el fallecimiento de un familiar
Guanajuato, Gto. – El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa de reforma a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios a fin de establecer una licencia, con goce de sueldo, por el fallecimiento de un familiar.
Recepción en Comisión
Metodologías
Metodología de estudio y dictamen de la iniciativa suscrita por diputada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a efecto de adicionar el artículo 23 Quinquies y el inciso H a la fracción VI del artículo 46 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios.
ELD 336/LXV-I
1. Remitir vía electrónica al Poder Judicial, a la Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado, a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato y a los 46 ayuntamientos quienes contarán con un término de 20 días hábiles, para remitir los comentarios y observaciones que estimen pertinentes.
2. Se establecerá un enlace en la página web del Congreso del Estado donde se acceda a la iniciativa para efecto de consulta y aportaciones ciudadanas.
3. Se integrará un documento que consolidará todas las propuestas emitidas en las consultas por escrito o vía electrónica que se hayan remitido previamente a la Comisión para el análisis de la iniciativa. Dicho documento será con formato de comparativo.
4. Se celebrará una mesa de trabajo para analizar las observaciones remitidas, a través del documento comparativo.
5. Una vez lo cual, se presentará un proyecto de dictamen para que sea analizado en reunión de la Comisión.
Estudios, análisis u opiniones | Fecha límite de entrega | Estatus | Documento | |
---|---|---|---|---|
Poder Judicial del Estado de Guanajuato | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Coordinación General Jurídica del Gobierno del Estado | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento Irapuato | 16/12/2022 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento San Diego de la Unión | 16/12/2022 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento Tarimoro | 16/12/2022 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento Romita | 16/12/2022 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento San Francisco del Rincón | 16/12/2022 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento León | 16/12/2022 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento Celaya | 16/12/2022 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento Doctor Mora | 16/12/2022 | Rendida en tiempo | Ver detalle | |
Ayuntamiento San Luis de la Paz | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Jaral del Progreso | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Jerécuaro | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de San Felipe | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Yuriria | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Moroleón, | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Santa Cruz de Juventino Rosas | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Abasolo | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Comonfort | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle | |
Ayuntamiento de Uriangato | 16/12/2022 | Rendida de forma extemporánea | Ver detalle |
Dictámenes en Comisión
Dictamenes / Decretos