Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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Expediente: 176/LXV-PPA

Proposiciones de Punto de Acuerdo

Persona Diputada

LXV
Primer Año de Ejercicio Legal Primer Periodo Ordinario

Suscripción

  • Diputado_redondo_millan_soberanes Ernesto Millán Soberanes
  • ELD 176/LXV-PPA Presentación de la propuesta de punto de acuerdo suscrita por el diputado Ernesto Millán Soberanes integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA a efecto de exhortar al Gobernador del Estado de Guanajuato, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, para que, en ejercicio de sus atribuciones, destituya al secretario de Educación del Estado de Guanajuato; a la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, para que actúe con prontitud en las carpetas de investigación iniciadas en contra de Ernesto N, encargado del kínder José Joaquín Fernández de Lizardi de Silao, Guanajuato; así como a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, para que informe cuantos acompañamientos a víctimas inició por abuso sexual y/o acoso en escuelas.

    Presentación a Pleno Camioncito2

    Presentación a Pleno
    28/07/2022

    - Diputado Ernesto Millán Soberanes - - Muchas gracias Presidenta, saludo con mucho gusto y agrado a mis compañeros diputados, compañeras diputadas y diputados ya hacia rato que no coincidíamos y eso da un mayor gusto, también quiero saludar a los medios que nos acompañan y aquí nos acompañan a través de las redes y a los visitantes que tenemos el día de hoy y si me lo permite mucho orgullo les quiero compartir el día de hoy me acompaña mi pequeña hija ¡muchas gracias! - Una de las principales acciones que deben tomar todos los gobiernos de la de proteger a niñas niños y adolescentes otorgándoles y respetando todos sus derechos los derechos humanos de las niñas niños y adolescentes están protegidos en la Constitución en su artículo 4 en los tratados internacionales que han firmado nuestro país así como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en la que se estipulan y en su artículo1 3 entre otros derechos el derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal el derecho a la protección de la salud y a la educación. - El Estado de Guanajuato cuentan con múltiples leyes que buscan el bien superior de los menores tales como la Ley de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes la Ley para una Convivencia libre de Violencia en el Entorno Escolar para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, el Código Penal y la Ley de Educación para el Estado, entre otras en lo que va del año en las escuelas de guanajuato se han presentado, nada más sesenta denuncias, de acoso sexual, es decir diez al mes, diez denuncias al mes por acoso sexual, esto es un número elevadísimo para estos hechos, que acaban definitivamente con la niñez, mucho está fallando desde la Secretaría de Educación que no saben no han podido o no han querido cuidar a nuestros niños porque los abusos no sólo son de este año vienen ya desde hace tiempo del 2018 al 2022 la SEG, sólo sancionó a 23 maestros por abuso hostigamiento, acoso y abuso sexual a estudiantes de los municipios de Salamanca, San Felipe, San Miguel de Allende, León, Celaya, San José Iturbide, Valle de Santiago, Cortázar, Villagrán, Dolores Hidalgo, Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, Acámbaro, San Luis de La Paz, Comonfort, Coroneo, San Diego de la Unión y en este último mes se sumó tristemente realista mi querido municipio de Silao de la Victoria, pero estos son sólo los que conocemos gracias a los trabajos periodísticos, quién sabe cuántas denuncias más existan y la Secretaría tristemente o ha ocultado, porque es de conocimiento público como por indicaciones del personal de la Secretaría de Educación tan solo tenemos este ejemplo la directora de un plantel en Irapuato quiso calar a una madre cuyo hijo había sido abusado y lo quiso callar con una beca, con una despensa, y para acabarla todavía después de diez días fue cuando acudieron para intentar dar atención a la víctima. - La gestión de Jorge Álvarez Meza y sus alternos ha sido desastrosa sin resultado opaco, sin resultados, opaco, mediocre, trascendente medio por decir algunos calificativos solamente y lo peor es que en uno de los temas de abusos escolares han reaccionado tarde no obligan correctamente los protocolos o no los aplican lo ocurrido en Silao el mes pasado es la gota que debe de derramar el vaso de la ineptitud del secretario una vez, más se tuvo que hacer público el caso para que actuaran tal y como sucedió en Guanajuato, Irapuato y en los otros municipios que ya mencionamos buscan a toda costa ocultar lo que sucede en las escuelas y eso compañeras, compañeros, no lo podemos cumplir como ciudadanos nos debes de doler y enojar lo que ocurre, el caso de Silao, fue el último que conocimos pero estoy seguro que no será el último día que sabremos muy lamentable 6 niñas, 6 niñas, son el caso de un sexual que presentaron que tiene que se presentaron en preescolar José Joaquín Fernández de Lizardi el 24 de junio las mamas de las menores, acudieron al ministerio público para denunciar los hechos. - Esto ante la doble actuación de la dirección de la escuela todo lo que ocurrió en esta escuela es ejemplo de la poca atención el que da la Secretaría a los temas de abuso son muchos los hechos que desencadenaron esta lamentable situación sensores. - El agresor Ernesto N, es pareja sentimental de la Coordinadora de Preescolar Brenda Blancarte, el agresor es becario sin experiencia, y sin antecedentes escolares la incorrecta, aplicación de los protocolos tal y como lo dijo la Secretaria de Gobierno Libia Denisse García, la falta de seguimiento de los docentes por parte de la supervisión escolar, el poco interés de la Secretaría de Educación por saber y conocer a quien ponen frente a un grupo, en esto tienes posibilidad todos el Gobernador Diego Sinhue Rodríguez Coordinadora de Preescolar Brenda Blancarte Vallejo y después de tres años de conocer la existencia de abusos de las escuelas del estado no ha exigido a su Secretario de Educación, acciones firmes y aplicación correcta de los protocolos la Secretaría de Gobierno por no dar puntual seguimiento a los casos y no atender disciplinariamente a las víctimas. - La Procuraduría de los Derechos Humanos por no dar un acompañamiento a todas las víctimas de abuso en las escuelas de supuesto no podía faltar en esto la Fiscalía por no realizar investigaciones propias y expeditas y por supuesto la Secretaría de Educación con todo proteger algo a lo que está obligado por no proteger a las niñas niños y adolescentes de nuestro Estado. - Es por lo anterior que desde el Grupo Parlamentario de Morena ¡exigimos! ¡exigimos! la destitución del Secretario de Educación por su incapacidad de resolver conflictos y por su falta de proteger a las niñas, niños adolescentes que acuden a la escuela la destitución de la persona que decidió que Ernesto N. estuviera frente a un grupo. - Eso es en cuanto al tema de la Secretaría de Educación, sin embargo los casos no terminan ahí desde las acciones legales ante el ministerio público nos topamos nuevamente con la ineptitud corrupción de la Fiscalía General del Estado quienes después de meses de investigación no puede o más bien no quiere ejercer acción penal en contra de los acusadores y las autoridades educativas por omisas y cerca de 60 carpetas iniciadas tan sólo en este año deben de existir, 60 presuntos abusadores deben de estar en una investigación, 60 víctimas deben de estar siendo atendidas y la realidad es que no hay nada en favor de las víctimas que recordemos como ayer escuche escuché unas compañeras, decir, son menores indefensas, indefensos y que por supuesto es nuestro deber protegerlos y buscar el bien superior del menor. - Si el abuso contra los menores no les mueve la consciencia y prefieren ocultar, es claro ejemplo de que las autoridades en el Estado están completamente acabadas y seguimos teniendo un gobernador cayado. - Como diputado Silaoense, pero sobre todo como padre ¡es! que levanto con rabia la voz, y exijo justicia para para los niños y niñas de Silao y de todo el Estado de Guanajuato, y que ya no sigan siendo violentados, que la Secretaría de Educación asume su responsabilidad de cuidar a nuestras niñas, niños y adolescentes, y es por eso que mediante el siguiente exhorto se le exige al Gobernador y se le pide Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, destituya al Secretaría de Educación del Estado de Guanajuato. - Es cuánto.


    Piden destitución de funcionario

    Guanajuato, Gto. – El diputado Ernesto Millán Soberanes, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, presentó un punto de acuerdo para exhortar al gobernador del estado, para que, en ejercicio de sus atribuciones, destituya al secretario de Educación del Estado de Guanajuato; a la Fiscalía General, a que actúe con prontitud en las carpetas de investigación iniciadas en contra de Ernesto N, encargado del kínder José Joaquín Fernández de Lizardi de Silao; así como a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato para que informe cuantos acompañamientos a víctimas inició por abuso sexual y/o acoso en escuelas.

    Recepción en Comisión Camioncito2

    Recepción en Comisión
    27/09/2022

    Metodologías Camioncito2

    Metodologías
    11/10/2022

    Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
    SEG - SOLICITUD DE INFORMACIÓN 04/11/2022 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    PRODHEG - SOLICITUD DE INFORMACIÓN 04/11/2022 Rendida en tiempo Ver detalle
    07/03/2023

    OFICIO SOLICITUD DE INFORMACIÓN A LA FGEG PARA EL ESTATUS DEL SEGUIMIENTO

    Estudios, análisis u opiniones Fecha límite de entrega Estatus Documento
    FGEG 31/03/2023 Rendida de forma extemporánea Ver detalle
    Correspondencias, Minutas, Actas

    Dictámenes en Comisión Camioncito2

    Dictámenes en Comisión
    22/08/2023
    Único. Se determina la improcedencia de la propuesta de punto de acuerdo formulada por el Diputado Ernesto Millán, integrante del Grupo Parlamentario MORENA, a efecto de exhortar al Gobernador del Estado de Guanajuato, para que en ejercicio de sus atribuciones, destituya al secretario de Educación del Estado de Guanajuato; a la Fiscalía General del Estado para que actúe con prontitud en las carpetas de investigación iniciadas en contra de Ernesto N., encargado del kínder José Joaquín Fernández de Lizardi de Silao, Guanajuato, así como a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato para que informe cuantos acompañamientos a víctimas inició por abuso sexual y/o acoso en las escuelas. Por lo tanto, se orden su archivo definitivo.

    Presidencia del Congreso del Estado P r e s e n t e. Las diputadas y el diputado que integramos la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato, recibimos para efecto de estudio y dictamen la propuesta de punto de acuerdo suscrita por formulada por el Diputado Ernesto Millán, integrante del Grupo Parlamentario MORENA, a efecto de exhortar al Gobernador del Estado de Guanajuato, para que en ejercicio de sus atribuciones, destituya al secretario de Educación del Estado de Guanajuato; a la Fiscalía General del Estado para que actúe con prontitud en las carpetas de investigación iniciadas en contra de Ernesto N., encargado del kínder José Joaquín Fernández de Lizardi de Silao, Guanajuato, así como a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato para que informe cuantos acompañamientos a víctimas inició por abuso sexual y/o acoso en las escuelas. Por lo anterior, con fundamento en los artículos 89, fracción V; 109 fracción VI y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, sometemos a la consideración de la Asamblea el presente dictamen, con base en las siguientes: Consideraciones Antecedentes En sesión ordinaria de fecha 28 de julio del año 2022, la presidencia de la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología, para efectos de su estudio y dictamen, la propuesta de punto de acuerdo referido en el proemio del presente dictamen con número de Expediente Legislativo Digital 176/LXV-PPA, con fundamento en el artículo 109 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato. En fecha 11 de octubre del año 2022, la comisión dictaminadora radicó la propuesta de punto de acuerdo en la se acordó realizar solicitudes de información a las personas titulares de la Secretaría de Educación del Estado de Guanajuato, para que informara el avance y seguimiento en el ámbito de su competencia, así como a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado, con la finalidad de que informara cuántos acompañamientos a víctimas inició por abuso sexual y/o acoso en las escuelas durante el año 2022. Por parte de la Secretaría de Educación del Estado de Guanajuato, se informaron las siguientes acciones: A través de la promotora de convivencia escolar de la Delegación Regional IV, con sede en el municipio de lrapuato, la Red de Promoción y Atención a la Convivencia Escolar, se realizaron diversas actividades para el resarcimiento del tejido escolar en el preescolar "José Joaquín Fernández de Lizardi" en el municipio de Silao, Guanajuato, las cuales estuvieron dirigidas a la plantilla docente, madres y padres de familia, así como educandos, siendo las siguientes. Plática con 10 madres y 1 padre de familia con la finalidad de medir el impacto de la situación. • Se trabajó en el tema de autocuidado y prevención de abuso sexual infantil, dando a conocer los indicadores que pueden presentar las y los niños cuando pasan por una situación de posible abuso sexual, acoso o maltrato escolar. • Se sensibilizó en la importancia de la cultura de la denuncia y de generar ambientes seguros para las niñas y los niños, a través de la crianza positiva. • Se pidió a las madres y padres de familia la autorización para trabajar con educandos el tema de autocuidado y prevención de abuso sexual, con la finalidad de que las y los educandos conozcan su cuerpo e identifiquen las partes íntimas y demás cuidado, las madres y padres de familia estuvieron de acuerdo Posteriormente se realizó un taller con 15 educandos, en el cual se abordaron los siguientes temas: • Autocuidado a través del reconocimiento de su cuerpo por medio de dos actividades lúdicas (con títeres y el recurso de la silueta). • Cultura de la denuncia y la creación de ambientes seguros. Las y los educandos estuvieron participando con entusiasmo, no se identificaron educandos con afectación emocional derivada del hecho. El 27 de septiembre del presente año, se realizó la capacitación en materia de protocolos para la detección, prevención y actuación en caso de abuso sexual infantil, acoso escolar y maltrato en las escuelas de educación inicial y básica (Protocolos ASIAEM), dirigida a personal directivo de preescolares alternativos. Por parte del Departamento de Educación en Derechos Humanos, a través del Apoyo Técnico Regional de la Delegación Regional IV, con sede en el municipio de lrapuato, Gto., se atendió la CRU 252/2022, correspondiente al preescolar José Joaquín Fernández de Lizardi con Clave de Centro de Trabajo (CCT) 11DJN1160G, turno matutino, de la siguiente manera: • Se impartió un taller el día 05 de septiembre de 2022, en el que se abordó con las niñas y los niños el tema respecto de la importancia del conocimiento de sus derechos que les permitan desarrollarse de manera libre y armónica durante su niñez, beneficiando a 7 alumnas y 8 alumnos. Del mismo modo, a través del centro de Atención "Aprender a Convivir", se brindó el seguimiento permanente de la Delegación Regional, respecto de la implementación del Protocolo de Atención, bajo la siguiente cronología: ► 27 de junio de 2022: • Se recibió vía llamada telefónica la denuncia de una madre de familia, respecto del caso de presunta violencia escolar en el preescolar José Joaquín Fernández de Lizardi, con CCT 11DJN1160G, ubicado en el municipio de Silao, Gto., asignándole la Cédula de Registro Único (CRU) número 252-2022, señalando como presunto generador de violencia escolar a un docente becario. • Se notificó vía correo electrónico a la Delegación Regional IV con sede en el municipio de Irapuato, por ser la competente, a fin de llevar a cabo la aplicación del Protocolo para la Detección, Prevención y Actuación en casos de Violencia Escolar. • Se asignó la canalización con número 1104-11 DJN1160G, misma que fue notificada a la Secretaría de Salud, a fin de brindar atención médica y/o psicológica a las partes involucradas en los hechos reportados. • Se notificó vía correo electrónico a la Red de Promoción y Atención a la Convivencia Escolar y al Departamento de Educación en Derechos Humanos, para su intervención pertinente. • Se inicia por parte de la Delegación Regional IV, la implementación del Protocolo para la Detección, Prevención y Actuación en casos de Violencia Escolar. ► 28 de junio de 2022. • A través del Oficio DTCyCP-0344-2022, se solicitó a la Dirección General de Consejería Legal, generar las actuaciones en el marco de su competencia, respecto de la posible responsabilidad de las personas trabajadoras involucradas. • A través del oficio DTCyCP-0345-2022, se hizo de conocimiento los hechos reportados a la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, a fin de generar las actuaciones que estimarán pertinentes en el marco de su competencia. ► 27 de julio de 2022. • Se notificó de manera personal el acta de conclusión del Órgano Escolar a las madres de familia. ► 28 de julio de 2022. • Se recibió correo electrónico de parte de Secretaría de Salud, informando las atenciones brindadas. ► 08 de agosto de 2022. • Se recibe correo electrónico por parte de la Delegación Regional IV, por medio del cual, hace de conocimiento la determinación del Organismo Escolar a la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, a efecto de brindar el seguimiento y atención dentro del ámbito de sus atribuciones. ► 16 de agosto de 2022. • Se recibe correo electrónico de parte de la Delegación Regional IV, compartiendo la totalidad del expediente digital que integra la CRU 252- 2022, para la atención procedente por parte del Centro "Aprender a Convivir". ► 05 de octubre de 2022. • Se notifica de manera personal por parte de la Delegación Regional IV, a las madres de familia de los menores, la determinación emitida por la autoridad educativa, concluyendo que el docente involucrado generó conductas constitutivas de violencia escolar de los tipos psicoemocional y sexual en contra de su menor hijo (a), por lo que ha sido separado de manera definitiva. Asimismo, con relación a las trabajadoras involucradas, se resolvió que el actuar de las mismas fue inadecuado, por su omisión, por lo que se aplicaron las sanciones laborales procedentes. Derivado de ello, las autoridades escolares darán seguimiento a la atención de los menores y de los padres de familia, así como estarán al pendiente de su evolución y sano desarrollo. Cabe mencionar que, a la fecha se sigue brindando atención psicológica a los menores involucrados en los hechos, por parte de Secretaría de Salud. Aunado a lo anterior, la Dirección General de Consejería Legal de esta Secretaría de Educación, realizó las siguientes acciones: 1. El encargado del preescolar alternativo involucrado directamente en los hechos fue separado de manera definitiva de su encargo el 24 de junio de 2022, actualmente se encuentra en prisión preventiva, ya que existen varias denuncias penales en su contra, ante la Fiscalía General de Estado de Guanajuato. 2. Se instrumentó Procedimiento de Investigación Disciplinaria Laboral a la Coordinadora de Preescolar Alternativo y a la Educadora Orientadora, a efecto de deslindar la responsabilidad laboral, acreditándose la existencia de la misma por negligencia en la atención oportuna y prioritaria de los hechos de presunta violencia sexual, por lo que el 5 de agosto del presente año, fueron separadas definitivamente de sus cargos. 3. El caso fue turnado al Órgano Interno de Control de la SEG, a efecto de determinar la posible responsabilidad administrativa en que pudieran haber incurrido los ex trabajadores involucrados. Actualmente, la Cédula de Registro Único está concluida y el plantel educativo se encuentra trabajando con normalidad. No se omite señalar que, esta Secretaría no es parte en la carpeta de investigación que se tramita ante la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, ni ante alguna otra instancia y/o dependencia, por lo cual, se ha tratado de dar el seguimiento ante ellas, sin embargo, han sido renuentes al no otorgar información a esta Secretaría. Por ello, esta Secretaría ha dado seguimiento ante esa autoridad a través de las madres y padres de familia involucrados. Finalmente, se informa que por parte de esta dependencia la cuestión reactiva quedo debidamente concluida, sin embargo, se continúa atendiendo en la restauración del tejido social en conjunto con otras dependencias de la Administración Pública Estatal.” Por parte de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado, se informó el desglose de las atenciones que dio durante el periodo de tiempo del 1 de enero al 14 de octubre del año 2022, por abuso sexual y/o acoso en las escuelas, referidos en la siguiente tabla: Con base en lo anterior en reunión de la Comisión dictaminadora de fecha 07 de marzo del año 2023, se acordó solicitar a la Fiscalía General del Estado informara el avance y seguimiento en el caso de los abusos del Kínder José Joaquín Fernández de Lizardi en el Municipio de Silao, Guanajuato. En atención a dicha solicitud la Fiscalía General del Estado informó lo siguiente: “En primer término, se patentiza el deber y la visión institucional de respeto, promoción y observancia irrestricta a los derechos de las personas víctimas del delito, primordialmente en aquellos casos de alta sensibilidad social y que involucran grupos en condición de mayor riesgo de vulnerabilidad, particularmente en el caso que nos ocupa, al de Niñas y Niños, en aras de brindar atención con enfoque especializado y acorde a los estándares y al marco normativo internacional, nacional y local aplicable en la esfera de atribuciones que nos atañe, concretamente para la investigación y persecución de los delitos que corresponden al Ministerio Público del fuero común. Asimismo, es de apuntar que acorde a lo señalado en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y 11 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato (CPEG), la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función. Enmarcados en tal premisa, la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, atendiendo a su particular ámbito competencial y al principio de legalidad, patentiza su compromiso en aras de garantizar el Estado de Derecho y el respeto a las prerrogativas de las personas involucradas en las investigaciones penales, y en lo especifico, tratándose de víctimas del delito, de conformidad a lo contemplado en el Apartado C del Artículo 20 de la CPEUM, en el Apartado A del numeral 10 de la CPEG, en lo dispuesto en la Ley General de Víctimas, en el Código Nacional de Procedimientos Penales y demás andamiaje normativo especializado, acorde a las circunstancias del caso y capacidad fáctico-jurídica institucional. En tal sentido, en el contexto de la gestión que se atiende, es de señalar que en el ámbito de responsabilidad de esta Fiscalía General, se ha actuado conforme a derecho, brindando la atención y consecución jurídica con base en las circunstancias imperantes, respeto a las reglas y principios del proceso penal. a las prerrogativas de los sujetos del procedimiento y a las formalidades constitucional y legalmente establecidas, para la debida substanciación de las investigaciones, tal como se precisa en anexo que adjunto al presente se remite bajo el tratamiento y la reserva inherentes, en función de las disposiciones legales en la materia, solicitando se actúe en consecuencia. …. ANEXO. En relación con lo planteado y bajo el contexto apuntado en el oficio de cuenta, de manera excepcional y en lo pertinente, atentos a las condiciones específicas, al estadio procedimental y a las normas aplicables, se precisa que, en las investigaciones conducentes, con fundamento en las disposiciones que rigen en la materia cuya observancia nos vincula y da certeza del debido ejercicio de atribuciones, la autoridad ministerial, con base en las diligencias, actos de investigación y diversos datos de prueba acopiados, ejercitó en su momento acción penal ante la autoridad jurisdiccional competente -inclusive al boletín institucional de fecha 02 de agosto de 2022, mediante el que se dio cuenta de la detención y vinculación a proceso del probable responsable, ante la naturaleza del tema y el interés e impacto social del mismo-; otorgándose asimismo a la par, la prosecución y substanciación ministerial correspondiente.” Posteriormente la presidencia de esta Comisión Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura con fundamento en los artículos 94 fracción VII y 272 fracción VIII inciso e) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato instruyó a la Secretaría Técnica para que elaborara el proyecto de dictamen, mismo que fue materia de revisión por quienes integran esta comisión. Análisis de la propuesta La proponente manifestó en la parte expositiva del acuerdo lo siguiente: “Una de las principales acciones que deben de tomar todos los gobiernos es la de proteger a los niños, niñas y adolescentes, otorgándoles y respetando todos sus derechos. Los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, están protegidos en la Constitución Política en su artículo 4, en los tratados internacionales que ha firmado nuestro país, así como en la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en la que se estipula en su artículo 13 entre otros derechos: el derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal, el derecho a la protección de la salud y a la educación. El estado de Guanajuato cuenta con múltiples leyes que buscan el bien superior de los menores tales como la Ley de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes, ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el estado de Guanajuato y sus municipios, el código penal y la ley de educación del estado, entre otras. El común denominador de estas leyes es que buscan hacer de nuestra sociedad una sociedad libre de violencia, que protege a todos por igual y que pretenden el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes. Una de las peores atrocidades que se pueden hacer en contra de un menor es abusar de él o ella sexual o moralmente y es aún peor cuando este abuso lo realiza alguien que se supone debe de cuidar de ellos, ya sea en casa o en la escuela, en este último Guanajuato está reprobado. En lo que va del año, en las escuelas de Guanajuato, se han presentado 60 denuncias por acoso sexual, es decir 10 al mes, un número elevadísimo para estos hechos que acaban con la niñez. Algo, más bien, mucho está fallando desde la Secretaría de Educación que no saben y no han podido cuidar a nuestros niños, porque, los abusos no son solo este año, vienen ya desde hace tiempo, del 2018 al 2022 la SEG solo sancionó a 23 maestros por abusos, hostigamiento, acoso y abuso sexual a estudiantes de los municipios de Salamanca, San Felipe, San Miguel de Allende, León, Celaya, San José Iturbide, Valle de Santiago, Cortazar, Villagrán, Dolores Hidalgo, Guanajuato, Acámbaro, San Luis de la Paz, Comonfort, Coroneo y San Diego de la Unión, y este mes se sumó Silao, pero estos son solo de los que conocemos gracias a los trabajos periodísticos, quien sabe cuantas denuncias más existan y la Secretaria lo oculta. Porque es de conocimiento público, como por indicaciones de personal de la Secretaría de educación, la directora de un plantel en Irapuato quiso callar a una madre cuyo hijo había sido abusado, con una despensa y una beca, sí una beca y por cierto acudieron 10 días después de que se realizó la denuncia. La gestión de Jorge Hernández Meza y sus subalternos ha sido desastrosa, sin resultados, opaca, intrascendente, mediocre por decir algunos calificativos solamente, y lo peor es que en los temas de abusos escolares han reaccionado tarde, no aplican correctamente los protocolos o no los aplican, lo ocurrido en Silao el mes pasado, es la gota que derrama el vaso de la ineptitud del secretario, una vez más se tuvo que hacer público el caso para que actuaran, tal y como sucedió en Guanajuato, Irapuato y todos los demás municipios, buscan a toda costa ocultar lo que sucede en las escuelas. Como ciudadanos nos debe doler y enojar lo que ocurre, el caso Silao fue el último que conocimos, pero estoy seguro no será el último del que sabremos. 6 niñas 6, son los casos de abuso sexual que se presentaron en el preescolar José Joaquín Fernández de Lizardi, el 24 de junio las mamás de las menores acudieron al Ministerio Público para denunciar los hechos, esto ante la nula actuación de la dirección de la escuela, todo lo que ocurrió en esta escuela es ejemplo de la poca atención que da la secretaría a los temas de abuso. Son muchos los hechos que desencadenaron esta lamentable situación 1. El agresor Ernesto N, es pareja sentimental de la coordinadora de preescolar Brenda Blancarte. 2. El agresor es becario, sin experiencia y sin antecedentes escolares 3. La incorrecta aplicación de los protocolos, tal y como lo dijo la Secretaría de Gobierno Libia Denisse García. 4. La falta de seguimiento de los docentes por parte de la supervisión escolar. 5. El poco interés de la secretaría de educación por saber y conocer a quien ponen frente a grupo. En esto tienen responsabilidad todos el gobernador Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, quien después de 3 años de conocer la existencia de abusos en las escuelas del estado no ha exigido a su secretario de educación acciones más firmes y aplicación correcta de protocolos, la secretaría de gobierno por no dar puntual seguimiento a los casos y no atender multidisciplinariamente a las víctimas, la procuraduría de derechos humanos por no dar acompañamiento a todas las víctimas de abuso en escuelas, la fiscalía por no realizar investigaciones prontas y expeditas, y por supuesto la secretaría de educación por no proteger a los niños, niñas y adolescentes. Es por lo anterior que desde el grupo Parlamentario de Morena exigimos la destitución del Secretario de Educación, por su incapacidad de resolver conflictos y proteger a los niños, niñas y adolescentes que acuden a la escuela, y la destitución de la persona que decidió que Ernesto N, estuviera frente a grupo. Eso es en cuanto al tema de la Secretaría de educación, sin embargo, los casos no terminan ahí, desde las acciones legales ante el Ministerio Público, nos topamos nuevamente con la ineptitud y corrupción de la fiscalía general del estado, quienes después de meses de investigación no pueden, o más bien no quieren ejercer acción penal en contra de los abusadores y de las autoridades educativas por omisas, 60 carpetas iniciadas tan solo este año deben de existir, 60 presuntos abusadores deben de estar en investigación, 60 víctimas deben de estar siendo atendidas, y la realidad es que no hay nada en favor de las víctimas, que recordemos son menores indefensos y que nuestro deber es protegerlos y buscar el bien superior del menor. Si el abuso contra menores no les mueve la conciencia y prefieren ocultar, es claro ejemplo de que las autoridades del estado están completamente. …” Quienes integramos la comisión dictaminadora consideramos que es elemental velar en todo momento por la mayor protección de los derechos a las niñas, niños y adolescentes, en particular el derecho a una vida sin violencia, explotación o abuso de cualquier tipo. Los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes están previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en las demás leyes aplicables, esencialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (publicada el 4 de diciembre de 2014), la cual reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos entre ellos a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral y a una vida libre de violencia y a la integridad personal. En ese orden de ideas, el proponente en las consideraciones del documento hace referencia sobre los casos de abuso sexual que se presentaron en el preescolar José Joaquín Fernández de Lizardi del municipio de Silao, Guanajuato. La Ley General de Educación en su artículo 73, establece la obligación de las autoridades educativas, para que en la impartición de educación se tomen medidas que aseguren al educando la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad y derechos. Asimismo los docentes y el personal que labora en los planteles de educación deberán estar capacitados para tomar las medidas que aseguren la protección, el cuidado de los educandos y la corresponsabilidad que tienen al estar encargados de su custodia, así como protegerlos contra toda forma de maltrato, violencia, perjuicio, daño, agresión, abuso, trata o explotación sexual o laboral. En caso de que los docentes, el personal que labora en los planteles educativos, así como las autoridades educativas, tengan conocimiento de la comisión de algún hecho que la ley señale como delito en agravio de los educandos, lo harán del conocimiento inmediato de la autoridad correspondiente. En armonización con la Ley referida, la legislación estatal establece las atribuciones a cada una de las autoridades obligadas de aplicarla, señalando entonces cada una de las acciones que deberán ejecutar diversas secretarías pertenecientes al Ejecutivo del Estado, tales como la Secretaría de Educación, la de Desarrollo Social y Humano, la de Salud, y de igual forma aquellas acciones de la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. En relación al primero de los puntos de acuerdo y con la información remitida por la Secretaría de Educación del Estado de Guanajuato se destaca que en fecha 27 de junio del año 2022 se recibió la denuncia del caso, asignándose la Cédula de Registro Único (CRU 252-2022), con la cual inició el seguimiento y atención a la misma dando avisó a la Delegación Regional IV en el municipio de Irapuato con al finalidad de aplicar el Protocolo para la Detención Prevención y Actuación en casos de Abuso Sexual Infantil, acoso escolar y maltrato en las escuelas de educación inicial y básica , lo anterior en cumplimiento a lo señalado en el capítulo V de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la violencia en el Estado de Guanajuato , aplicable para los casos de violencia cometida, entre otros, contra las niñas, niños y adolescentes y los jóvenes, con servicios especializados para su atención y protección. En ese orden de ideas se dio aviso a la Secretaría de Salud con la finalidad de brindar atención médica y psicológica a las partes involucradas en los hechos reportados, en cumplimiento a las atribuciones señaladas en el artículo 36 de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la violencia en el Estado de Guanajuato y su reglamento , así como a la Red de Promoción y Atención a la Convivencia Escolar y al Departamento de Educación en Derechos Humanos y a la Fiscalía General del Estado, para la intervención correspondiente, de conformidad al artículo 40 de la Ley para una Convivencia Libre de la Violencia en el Entorno Escolar para el Estado de Guanajuato y sus Municipios . Del seguimiento relatado por la autoridad educativa, se desprende que en fecha 05 de octubre del año 2022, se notificó por parte de la Delegación Regional IV, a las madres de familia de los menores la determinación emitida por la autoridad educativa, concluyendo que el docente involucrado generó conductas constitutivas de violencia escolar con el aviso a la autoridad competente, esto para el caso de que se tipifique en su caso con los supuestos establecidos en el Código Penal del Estado de Guanajuato , en su título tercero, De los Delitos contra la Libertad Sexual. En ese orden den ideas por parte de la Dirección General de Consejería Legal, de conformidad a sus atribuciones en el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación , se realizaron las acciones administrativas correspondientes, tales como la separación definitiva tanto del encargado del preescolar y presunto responsable, así como a la Coordinadora de Preescolar Alternativo y a la Educadora Orientadora por negligencia en la atención oportuna y prioritaria de los hechos. Aunado a lo anterior, es importante señalar que entre las facultades que refiere el artículo 77 de la Constitución para el Estado de Guanajuato , al Gobernador del Estado, se encuentra la de nombrar y remover libremente a todos los funcionarios y empleados del Poder Ejecutivo, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la propia Constitución Local o en la Leyes. En ese orden de ideas establece la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato en el párrafo primero del artículo 17 que los titulares de las Secretarías serán nombrados por el Gobernador del Estado, a reserva del titular de la Secretaría de Transparencia y Rendición de cuentas quien a propuesta del Gobernador del Estado requiere la ratificación de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado. En tales condiciones no es atendible la propuesta del punto de acuerdo primero que se pretende en relación a exhortar al Gobernador del Estado la remoción del titular de la Secretaría de Educación, en virtud a ser facultad libre del Gobernador del Estado el nombramiento y remoción de los titulares de la Secretarías que integran la administración pública centralizada. En cuanto al segundo de los puntos de acuerdo de los proponentes respecto a la actuación de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, quienes integramos esta comisión consideramos ha quedado sin materia. La anterior determinación deriva de la información remitida por dicha autoridad en el Anexo, en el que se desprende el ejercicio de la acción penal ante la autoridad jurisdiccional competente otorgándose asimismo a la par, la prosecución y substanciación ministerial correspondiente, tal y como también se hizo de conocimiento en el boletín institucional emitido por la Fiscalía . En relación con el punto tercero referidos por el proponente, y de lo informado por parte de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato se desprende el desglose de las atenciones que dio durante el periodo de tiempo del 1 de enero al 14 de octubre del año 2022, por abuso sexual y/o acoso en la escuela en atención psicosocial, asesorías y quejas en dichos rubros, tal y como le fue solicitado y en los términos que se pretende en la propuesta de punto de acuerdo. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 171 la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, quienes integramos la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura, consideramos improcedente las propuestas de punto de acuerdo, en razón a que ya se encuentran debidamente atendidos los objetivos de la misma, toda vez que el Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de Educación del Estado, dio atención a los casos denunciados en el Kinder José Joaquín Fernández de Lizardi en el municipio de Silao de la Victoria, Guanajuato, en contra de Ernesto N. en cumplimiento a la normativa aplicable y en coordinación con la Fiscalía General del Estado y la Procuraduría de Derechos Humanos en el ámbito de sus respectivas competencias, protegiendo el derecho que tienen las niñas, niños y adolescentes a una vida libre de violencia, por lo que nos permitimos proponer a la Asamblea la aprobación del siguiente: ACUERDO Único. Se determina la improcedencia de la propuesta de punto de acuerdo formulada por el Diputado Ernesto Millán, integrante del Grupo Parlamentario MORENA, a efecto de exhortar al Gobernador del Estado de Guanajuato, para que en ejercicio de sus atribuciones, destituya al secretario de Educación del Estado de Guanajuato; a la Fiscalía General del Estado para que actúe con prontitud en las carpetas de investigación iniciadas en contra de Ernesto N., encargado del kínder José Joaquín Fernández de Lizardi de Silao, Guanajuato, así como a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato para que informe cuantos acompañamientos a víctimas inició por abuso sexual y/o acoso en las escuelas. Por lo tanto, se orden su archivo definitivo. Guanajuato, Gto., 22 de agosto de 2023 La Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Cultura Firma electrónica Dip. María de la Luz Hernández Martínez Presidenta Firma electrónica Dip. Armando Rangel Hernández Secretario Firma electrónica VOTO EN CONTRA Dip. Yulma Rocha Aguilar Vocal Firma electrónica Dip. Lilia Margarita Rionda Salas Vocal Firma electrónica VOTO EN CONTRA Irma Leticia González Sánchez Vocal

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