Datos Generales del expediente Legislativo Camioncito2

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LXIV
Tercer Año de Ejercicio Legal Segundo Periodo Ordinario

Suscripción

Solicitud formulada por el ayuntamiento de Salvatierra, Gto., a efecto de que se le autorice otorgar en garantía las participaciones que le correspondan a dicho Municipio para el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la suscripción del convenio que celebre con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para incorporar voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social a los trabajadores al servicio del Municipio de Salvatierra, Gto.

Presentación a Pleno Camioncito2

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Recepción en Comisión Camioncito2

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Correspondencias, Minutas, Actas

Dictámenes en Comisión Camioncito2

Dictámenes en Comisión
25/01/2022
Dictamen relativo a la solicitud formulada por el ayuntamiento de Salvatierra, Gto., a efecto de que se le autorice otorgar en garantía las participaciones que le correspondan a dicho Municipio para el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la suscripción del convenio que celebre con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para incorporar voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social a los trabajadores al servicio del Municipio de Salvatierra, Gto.

C. PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E. A la Comisión de Hacienda y Fiscalización de la pasada legislatura le fue turnada para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el ayuntamiento de Salvatierra, Gto., a efecto de que se le autorizara otorgar en garantía las participaciones que le correspondan al Municipio para el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la suscripción del convenio que celebre con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para incorporar voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social a los trabajadores al servicio de dicho Municipio, misma que se recibió como un pendiente legislativo. Analizada la solicitud de referencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 112, fracción VI y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, nos permitimos rendir el siguiente: D i c t a m e n I. Antecedentes: El ayuntamiento de Salvatierra, Gto., en la trigésima tercera sesión ordinaria celebrada el 5 de octubre de 2020, aprobó por unanimidad otorgar en garantía las participaciones que le correspondan al municipio de Salvatierra, Gto., para el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la suscripción del convenio que celebre con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para incorporar voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social a los trabajadores al servicio de dicho Municipio. La solicitud materia del presente dictamen se turnó a la Comisión de Hacienda y Fiscalización de la pasada legislatura, el 24 de mayo de 2021 para efectos de su estudio y dictamen, siendo radicada en la misma fecha. II. Consideraciones: Como ha quedado plasmado, la solicitud materia del presente dictamen, tiene por objeto obtener la autorización del Congreso del Estado para otorgar en garantía las participaciones que le correspondan al municipio de Salvatierra, Gto., para el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la suscripción del convenio que celebre con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para incorporar voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social a los trabajadores al servicio de dicho Municipio. En su momento, la Comisión de Hacienda y Fiscalización de la pasada Legislatura aprobó como metodología para el análisis de la solicitud, remitirla a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, a fin de que realizara el análisis técnico financiero de la misma. Asimismo, y considerando el decreto tipo adjuntado a la misma, en su momento se concluyó que el acuerdo del Ayuntamiento debía considerar además la solicitud a fin de que se autorizara al Ejecutivo del Estado a fungir como obligado solidario del Municipio en el convenio que se celebre con el Instituto Mexicano del Seguro Social, con cargo a los subsidios, transferencias o a las participaciones que en ingresos federales le correspondan al Estado, lo cual era un requisito que debería cumplirse para continuar con el análisis de la solicitud, dado que dicha aceptación era una parte de los elementos que debía considerarse dentro de la emisión del decreto correspondiente y que requiere el Instituto Mexicano del Seguro Social, para el trámite correspondiente. En razón de lo anterior, mediante oficio número 13341, de fecha 21 de junio de 2021, se requirió al ayuntamiento de Salvatierra, Gto., la remisión del acuerdo de Ayuntamiento en el que se autorizara además del otorgamiento en garantía de las participaciones que le correspondan a dicho Municipio para el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la suscripción del convenio que celebre con el Instituto Mexicano del Seguro Social, la solicitud expresa al Ejecutivo del Estado para que compareciera como obligado solidario en el citado convenio, con cargo a los subsidios, transferencias o a las participaciones que en ingresos federales le correspondan al Estado; y una vez obtenido el consentimiento del Poder Ejecutivo del Estado, lo acreditara ante el Congreso del Estado, con el objeto de dar trámite a la solicitud materia del presente dictamen. Sin embargo, dicha información no fue remitida por el anterior Ayuntamiento. La solicitud que nos ocupa se integró en el informe de asuntos pendientes que se dejó a disposición de esta Comisión. Razón por la cual y por acuerdo de esta Comisión tomado el 26 de octubre de 2021, se requirió al ayuntamiento de Salvatierra, Gto., informara si existía interés de dicho Ayuntamiento en que se continuara con el trámite de autorización ante este Congreso con las condiciones originalmente acordadas o bien, si el cuerpo edilicio acordaba dejarla sin efectos, para proceder a su archivo. No obstante, a la fecha no se ha recibido información alguna por parte del ayuntamiento de Salvatierra, Gto., por lo que desprendemos que no existe interés en dar continuidad a la solicitud que nos ocupa. De tal forma, consideramos procedente proponer el archivo definitivo de la referida solicitud, sin perjuicio de que se puedan presentar por el ayuntamiento de Salvatierra, Gto., otras peticiones que tengan el mismo objeto. Por lo anterior y con fundamento en el artículo 204 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, la aprobación del siguiente: A c u e r d o Artículo Único. Se determina improcedente la solicitud formulada por el ayuntamiento de Salvatierra, Gto., a efecto de que se le autorizara a otorgar en garantía las participaciones que le correspondan al Municipio para el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la suscripción del convenio que celebre con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para incorporar voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social a los trabajadores al servicio de dicho Municipio. En consecuencia, se ordena su archivo definitivo. Comuníquese el presente acuerdo al Secretario General del Congreso de Estado, para los efectos conducentes. Asimismo, remítase el acuerdo aprobado junto con sus consideraciones al ayuntamiento de Salvatierra, Gto., para su conocimiento. Guanajuato, Gto., 25 de enero de 2022 La Comisión de Hacienda y Fiscalización Diputado Víctor Manuel Zanella Huerta Diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia Diputado Miguel Ángel Salim Alle Diputado José Alfonso Borja Pimentel Diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández Esta hoja forma parte del dictamen formulado por la Comisión de Hacienda y Fiscalización relativo a la solicitud formulada por el ayuntamiento de Salvatierra, Gto., a efecto de que se le autorizara a otorgar en garantía las participaciones que le correspondan al Municipio.

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