Datos Generales del expediente Legislativo

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Suscripción
Presentación a Pleno

Recepción en Comisión
Metodologías
Dictámenes en Comisión

C. PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E. A la Comisión de Hacienda y Fiscalización de la pasada legislatura le fue turnada para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el ayuntamiento de Celaya, Gto., a efecto de que se autorizara a la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado la reestructuración en plazo, manteniendo el monto original de la línea de crédito contratada con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, para el proyecto de ampliación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales o la contratación de una nueva línea de crédito revolvente e irrevocable, misma que se recibió como un pendiente legislativo. Analizada la solicitud de referencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 112, fracción VI y 171 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, nos permitimos rendir el siguiente: D i c t a m e n I. Antecedentes: El ayuntamiento de Celaya, Gto., en la décima séptima sesión ordinaria celebrada el 17 de mayo de 2019, aprobó por mayoría solicitar autorización para la suscripción del segundo convenio modificatorio del contrato de prestación de servicio número CEAG-JUMAPA-CELAYA-OP-008-15, de fecha 30 de enero de 2009 (CPS), celebrado por la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, Gto., y la empresa denominada Ecosistemas de Celaya, S.A. de C.V., para efectos de: a) Ampliar la capacidad de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la ciudad de Celaya, Gto., en 250 litros por segundo considerando su capacidad actual; b) Ampliar el plazo del contrato de prestación de servicios en 240 meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor del segundo convenio modificatorio; y c) Modificar la contraprestación actual del CPS, a fin de cubrir los montos de inversión, operación y mantenimiento de las obras de ampliación que realice la empresa. Asimismo, se acordó solicitar autorización para la reestructuración en plazo, manteniendo el monto original de la línea de crédito de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, Gto., contratada con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo (BANOBRAS), para el proyecto de ampliación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), o la contratación de una nueva línea de crédito revolvente e irrevocable con cualquier institución acreditante del Sistema Financiero Mexicano (ambas figuras (reestructuración o contratación de una nueva línea de crédito) mediante un proceso competitivo de conformidad con la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y demás leyes aplicables. Así como para la suscripción del convenio de apoyo financiero con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo (BANOBRAS) en su carácter de institución fiduciaria en el fideicomiso número 1936, denominado Fondo Nacional de Infraestructura. La solicitud materia del presente dictamen se turnó a la Comisión de Hacienda y Fiscalización de la pasada legislatura, el 27 de junio de 2019 para efectos de su estudio y dictamen, siendo radicada el 18 de julio del mismo año. II. Consideraciones: Como ha quedado plasmado, la solicitud materia del presente dictamen, tiene por objeto obtener la autorización del Congreso del Estado para la reestructuración en plazo, manteniendo el monto original de la línea de crédito de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, Gto., contratada con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo (BANOBRAS), para el proyecto de ampliación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), o la contratación de una nueva línea de crédito revolvente e irrevocable, hasta por la cantidad de $25'353,586.19 (veinticinco millones trescientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y seis pesos 19/100 m.n.), a precios de mayo de 2010, actualizable conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor por un plazo de 240 meses contados a partir de inicio del inicio de vigencia del segundo convenio modificatorio para que garantice la contraprestación que se pactará en el segundo convenio modificatorio al contrato de prestación de servicios número CEAG-JUMAPA-CELAYA-OP-008-15, de conformidad a las leyes aplicables. Como antecedente de la solicitud materia del presente dictamen es de señalar que mediante el Decreto número 85, expedido por la Sexagésima Primera Legislatura y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 15 de octubre de 2010 se autorizó a la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, Gto., para que contratara con instituciones nacionales de banca múltiple o de desarrollo, un crédito en cuenta corriente, contingente e irrevocable, hasta por la cantidad de $25’353,586.19 (veinticinco millones trescientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y seis pesos 19/100 m.n.), a precios de mayo de 2010, cantidad equivalente a seis meses de la contraprestación incluyendo el Impuesto al Valor Agregado que se genere por el pago de dicha contraprestación, pactada en el contrato de prestación de servicios celebrado por dicho organismo y la empresa ganadora de la licitación pública nacional número 40322001-002-08, actualizable conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor; más las cantidades que se requieran para el pago de accesorios financieros, impuestos, comisiones e intereses. Dicho crédito se destinaría a cubrir posibles faltantes de liquidez en el pago de las obligaciones derivadas de la contraprestación que se generara a cargo de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, Gto., con motivo de la inversión para la construcción, equipamiento y puesta en operación del proyecto, servicios de operación, conservación y mantenimiento de la planta de tratamiento de aguas residuales y de la red de agua tratada, o cualquier otra obligación de pago a su cargo y, en su caso, para cubrir las comisiones, accesorios financieros, impuestos e intereses que se generaran por su disposición. En su momento, la Comisión de Hacienda y Fiscalización aprobó como metodología para el análisis de la citada solicitud, remitirla a la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, a fin de que realizara el análisis técnico financiero de la misma. Asimismo, se solicitó a la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración del Estado la opinión respecto a la solicitud y su intervención como como deudor subsidiario de las obligaciones crediticias en la reestructuración de una línea de crédito. De igual forma, el Director General de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, Gto., solicitó al Secretario de Finanzas, Inversión y Administración su pronunciamiento en relación a que el Ejecutivo del Estado siguiera fungiendo como garante en la modalidad de deudor subsidiario de las obligaciones crediticias en la reestructuración de una línea de crédito para la ampliación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de Celaya. En razón de lo anterior, el Subsecretario de Finanzas e Inversión de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración del Estado, mediante oficio número 1020/2019, de fecha 5 de agosto de 2019 remitió la opinión respecto a la solicitud materia del presente dictamen, concluyendo que el Gobierno del Estado en el crédito participó bajó la figura de deudor subsidiario, sin embargo dicha figura no se encuentra contemplada en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios ni en su normatividad complementaria, razón por la cual se determinó que el Estado a través de dicha Secretaría no será garante de la obligación, considerando además que la solicitud tiene un alcance distinto que limitaría la capacidad financiera del Estado. Posteriormente, el Director General de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, Gto., a través del oficio número 480/DG-EXT/2019, de fecha 6 de septiembre de 2019 informó que se encontraban a la espera del pronunciamiento de la Dirección de Financiamiento y Asistencia Técnica Centro Sur del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S. N. C., a fin de determinar la viabilidad jurídica y las condiciones para determinar alguna propuesta de reestructuración o refinanciamiento en su caso de la línea de crédito formalizada a través de contrato de apertura de crédito de fecha 11 de noviembre de 2010, hasta por la cantidad de $25’353,586.19 (veinticinco millones trescientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y seis pesos 19/100 m.n.), a precios de mayo 2010, actualizable conforme al Índice de Precios al Consumidor; por lo que solicitó la suspensión temporal del análisis de la solicitud hasta contar con el pronunciamiento de BANOBRAS. La solicitud materia del presente dictamen se integró en el informe de asuntos pendientes que se dejó a disposición de esta Comisión. Razón por la cual y por acuerdo de esta Comisión tomado el 26 de octubre de 2021, se requirió al ayuntamiento de Celaya, Gto., informara si existía interés de dicho Ayuntamiento en que se continuara con el trámite de autorización ante este Congreso o bien, si el cuerpo edilicio acordaba dejarla sin efectos, para proceder a su archivo. No obstante, a la fecha no se ha recibido información alguna por parte del ayuntamiento de Celaya, Gto., por lo que desprendemos que no existe interés en dar continuidad a la solicitud que nos ocupa. De tal forma, consideramos procedente proponer el archivo definitivo de la referida solicitud, sin perjuicio de que se puedan presentar por el ayuntamiento de Celaya, Gto., solicitudes que tengan el mismo objeto. Por lo anterior y con fundamento en el artículo 204 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, la aprobación del siguiente: A c u e r d o Artículo Único. Se determina improcedente la solicitud formulada por el ayuntamiento de Celaya, Gto., a efecto de que se autorizara a la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, Gto., la reestructuración en plazo, manteniendo el monto original de la línea de crédito contratada con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, para el proyecto de ampliación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales o la contratación de una nueva línea de crédito revolvente e irrevocable con cualquier institución acreditante del Sistema Financiero Mexicano. En consecuencia, se ordena su archivo definitivo. Comuníquese el presente acuerdo al Secretario General del Congreso de Estado, para los efectos conducentes. Asimismo, remítase el acuerdo aprobado junto con sus consideraciones al ayuntamiento de Celaya, Gto., para su conocimiento. Guanajuato, Gto., 25 de enero de 2022 La Comisión de Hacienda y Fiscalización Diputado Víctor Manuel Zanella Huerta Diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia Diputado Miguel Ángel Salim Alle Diputado José Alfonso Borja Pimentel Diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández Esta hoja forma parte del dictamen formulado por la Comisión de Hacienda y Fiscalización relativo a la solicitud formulada por el ayuntamiento de Celaya, Gto., a efecto de que se autorizara a la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado la reestructuración de la línea de crédito contratada con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, para el proyecto de ampliación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales o la contratación de una nueva línea de crédito.
Dictamenes / Decretos
| Consecutivo | Parte | No. publicación | Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | PO | Transitorios |
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| Dictamen firmado | Decreto / Acuerdo firmado | 0 |
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