![]() |
||||||||||||||||||||
| JULIO 2010 |
|
|||||||||||||||||||
|
FECHA
Julio 07 de 2010 BOLETIN 332/2010 Sesiona la Comisión de Responsabilidades Guanajuato, Gto.- Este día las diputadas y los diputados que integran la Comisión de Responsabilidades sesionaron para iniciar con el proceso de análisis de la solicitud de revocación de mandato en contra del alcalde de Pueblo Nuevo, Leonardo Solórzano Villanueva, así como la promovida en contra de tres regidores del ayuntamiento de ese municipio, Alejandro Rodríguez Guevara, Olga Andrea Durán González y Jorge Alcántara López. Al someterse a aprobación el orden del día, el diputado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo solicitó incluir un punto para tomar acuerdos sobre el carácter de la sesión. Ya en ese punto, con base en el artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Guanajuato (LOPL) -que establece que las reuniones de trabajo de las comisiones serán públicas, pero podrán ser privadas si así lo acuerda la mayoría, considerando la naturaleza del asunto- propuso que a partir del punto quinto la reunión se realizara sólo con la presencia de las y los legisladores y la Secretaría Técnica. La propuesta fue aprobada con cuatro votos a favor y uno en contra del diputado Héctor Hugo Varela Flores. En seguida se dio lectura a los artículos 213 al 216 de la LOPL, en los que se señala el proceso que llevará a cabo la Comisión de Responsabilidades ante una solicitud de revocación de mandato. Artículo 213.- La Comisión de Responsabilidades actuará como sección instructora del Congreso, la cual substanciará la causa de la siguiente forma: I.- Radicará la denuncia y constancias remitidas por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales; II.- Emplazará al denunciado para que en el término de cinco días hábiles manifieste lo que a su interés convenga en relación a la denuncia formulada en su contra y lo requerirá para que designe defensor; III.- Se notificará personalmente a las partes toda actuación que lleve a cabo la Comisión de Responsabilidades. Artículo 214.- Tratándose de desaparición de ayuntamientos, así como de suspensión o revocación de mandato de alguno de sus miembros, se correrá traslado al Ayuntamiento respectivo, para que por conducto de su síndico se manifieste en relación a la denuncia dentro del término de cinco días contados a partir de la notificación. Artículo 215.- La Comisión de Responsabilidades podrá practicar cuantas diligencias considere conducentes para el esclarecimiento de la verdad, dentro del periodo de prueba. Artículo 216.- Recibida la contestación de la denuncia o transcurrido el término concedido al denunciado para tal efecto, la Comisión de Responsabilidades abrirá un término probatorio común al acusado y al acusador, que no deberá exceder de treinta días hábiles, concluido el cual, se pondrá el expediente a la vista de los interesados por el término común de tres días hábiles, para que formulen sus alegatos por escrito, terminado el plazo anterior, la Comisión dentro de los diez días hábiles siguientes, presentará un dictamen, proponiendo el sentido de la resolución que deba adoptar el Congreso, según el caso. El Pleno del Congreso podrá por una sola vez, disponer la ampliación del término probatorio, que en ningún caso será mayor de treinta días hábiles, a solicitud del denunciado o denunciante. El Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guanajuato será supletorio en todo lo conducente al procedimiento que se instruya para declarar la desaparición de un Ayuntamiento o la revocación o suspensión del mandato de alguno de sus miembros, en lo conducente. En caso de que no exista disposición expresa en los ordenamientos legales indicados, la Comisión acordará lo conducente. Finalmente, antes de que la Comisión continuara su sesión de manera privada, se dio lectura artículo 220 de la LOPL que versa de la siguiente manera: Si el Congreso del Estado dicta la revocación del mandato en contra de cualquier miembro de los ayuntamientos, en la resolución correspondiente el propio Congreso decretará la suspensión, ordenando se llame al suplente si se tratare de síndicos o regidores. Si el suspendido fuera el Presidente Municipal, la designación del interino o del sustituto en su caso, se llevará a cabo por el Ayuntamiento. En la sesión estuvieron presentes las diputadas Ana María Ramos Morín y Elvira Paniagua Rodríguez; así como los diputados Héctor Hugo Varela Flores –Presidente de la Comisión-, Diego Sinhué Rodríguez Vallejo y Omar Octavio Chaire Chavero. Rueda de prensa En posterior rueda de prensa, los diputados Héctor Hugo Varela Flores –presidente de la Comisión de Responsabilidades- y Diego Sinhué Rodríguez Vallejo informaron sobre los puntos abordados en la sesión. El diputado Héctor Hugo Varela Flores señaló que este día se radicaron los dictámenes emitidos por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y se ordenó certificar, así como notificar a las partes de las cuales se pide su revocación. Además se habilitó a personal del Congreso para que hagan las notificaciones a nombre de la Comisión. El legislador comentó el acuerdo de realizar una rueda de prensa al término de cada una de las reuniones que se sostengan, a fin de estar dando a conocer de manera transparente el desahogo de estas solicitudes por parte de la Comisión. Varela Flores precisó que se tiene un impedimento de carácter legal, por lo que no se podrá hablar del expediente, sino únicamente informar sobre aspectos de carácter general. Por su parte, el diputado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo dio lectura a los fundamentos por los cuales no se podrán dar detalles del expediente, sino únicamente líneas de carácter general del proceso. Dijo que el artículo 14 de la Ley de Acceso a la Información Pública establece la información que podrá clasificarse como reservada temporalmente por razón de interés público; entre ella, los procedimientos de responsabilidad de servidores públicos, excepto la resolución ejecutoria, por lo que precisó que mientras no se resuelva no se puede dar esa información. Asimismo señaló que también entran en este fundamento los expedientes y la discusión de los asuntos materia de sesión secreta que celebre el Congreso del Estado. Finalmente, el diputado Hugo Varela manifestó que quienes integran esta Comisión actuarán con responsabilidad, de manera imparcial y que en su momento cada uno tendrá la plena libertad de opinar sobre cuál va a ser la propuesta de dictamen que se realizará. A dicha aseveración se sumó el diputado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, quien manifestó que el desahogo de este proceso se hará conforme a derecho, apegados en todo momento a lo que marca la ley. |
||||||||||||||||||||