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FECHA Oct. 15 de 2009
BOLETIN 025/2009

Aprueba la LXI Legislatura las recomendaciones salariales para los integrantes de los Ayuntamientos


Guanajuato, Gto.- El Pleno de la LXI Legislatura aprobó esta mañana el Acuerdo que contiene la Recomendación sobre los montos máximos de las remuneraciones de los integrantes de los ayuntamientos del estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal del año 2010.

En síntesis, y considerando las dificultades económicas actuales, que demandan al sector público en todos sus ámbitos implementar políticas internas de racionalidad y austeridad en el gasto público, el Congreso del Estado propone a los ayuntamientos no aumentar las remuneraciones para los alcaldes, síndicos y regidores, manteniendo la recomendación para el 2010 en los mismos términos que los recomendados para el ejercicio 2009.

En la exposición de motivos del Acuerdo, suscrito por los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, el Congreso del Estado refrenda su pleno respeto y reconocimiento a los municipios en el ejercicio de sus potestades en materia presupuestaria y puntualiza que dicho Acuerdo es una recomendación que no impone derechos u obligaciones para los destinatarios, aunque es innegable que está investido de sentido social.

La remuneración de los integrantes de los Ayuntamientos es un derecho constitucional, pero debe ceñirse a los criterios de racionalidad, austeridad, disciplina del gasto y la situación socioeconómica de cada Municipio, se señala en el documento.

Añade que, en vísperas de la formulación de los presupuestos de egresos municipales para el ejercicio fiscal 2010, es oportuno convocar a los ayuntamientos a la reflexión sobre el tema de las remuneraciones, a la luz de políticas internas de racionalidad y austeridad del gasto público, orientando en mayor medida su aplicación a la prestación de los servicios públicos.

La aprobación de este Acuerdo tiene sustento jurídico en el artículo 81 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Para su formulación se aplicó la técnica de la administración de sueldos y salarios y se analizaron variables objetivas, tales como los indicadores socioeconómicos de los municipios, sus indicadores de eficiencia administrativa o de gestión pública, los relativos a la racionalidad, austeridad y disciplina del gasto y la responsabilidad de la función.

El Acuerdo precisa que los montos máximos de las remuneraciones están constituidos de manera bruta y sobre base mensual y no incluye la percepción del Fondo de Ahorro para el Retiro por la parte que corresponde al erario público.

Asimismo, se exhorta a los ayuntamientos que mantienen remuneraciones mayores a las recomendadas a ceñirse a las presentes recomendaciones. Asimismo, a aquellos que han acatado dichas recomendaciones, a que permanezcan en los mismos términos en virtud de velar por el interés público y bajo los criterios de racionalidad y austeridad.

Por último, las y los diputados de la LXI Legislatura exhortan a todos los ayuntamientos a que continúen anteponiendo los intereses colectivos sobre sus legítimos derechos.